Por Ramón Cadena
Se está atacando y persiguiendo a la población Maya Q´eqchi’. Los crímenes relacionados con esta persecución son extremadamente graves; de carácter internacional. El Sistema de Justicia de Guatemala es incapaz de investigar los hechos, ya que no hay voluntad política de hacerlo. La Justicia ha sido cooptada por el crimen organizado. Se ha dado un Golpe de Estado en contra del Poder Judicial y desde hace ya más de dos años el Congreso de la República no elige a las y los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, ni a los magistrados o magistradas de Salas de Apelaciones, incumpliendo la sentencia del 6 de mayo de 2020 de la Corte de Constitucionalidad, Expediente 1169-2020.
El Ministerio Público está dirigido por una persona que responde a los intereses personales de quien la nombró, es decir, a los intereses de Alejandro Giammattei; además, la misma Jefa del Ministerio Público, es una persona sin escrúpulos, incluida en la llamada “lista Engel” del Gobierno de EUA por corrupta. En El Estor, municipio del departamento de Izabal, la empresa transnacional CGN PRONICO explota níquel y para hacerlo, contamina el Lago de Izabal; destruye la forma de vida de pescadores de la zona y de las personas que viven en dicha región. Contamina el ambiente, lo cual provoca el aumento del calentamiento global del planeta Tierra, hasta convertirla en una antorcha de fuego y coadyuva a su destrucción lenta y masiva. La Corte Penal Internacional debe investigar todos los crímenes de trascendencia internacional que el Estado de Guatemala y la CGN provocan en El Estor, departamento de Izabal.
Se trata de un ataque indiscriminado en contra de población civil. Que se da en el contexto de un Estado de sitio desproporcionado, ilegítimo e innecesario. El Estado y sus autoridades defienden los intereses de la empresa CGN PRONICO, en lugar de defender a su población; establece un estado de sitio aplicando la Ley de Orden Público aprobada al inicio de la década de los sesentas, ley que es incompatible con el Estatuto de Roma y con la Convención Americana sobre Derechos Humanos; establece un Estado de sitio, con el objetivo principal de perseguir y reprimir al Pueblo Q´eqchi’, porque éste no quiere la explotación minera en su territorio, ya que afecta el medio ambiente, la vida y la salud en sus comunidades.
De esta forma violenta y autoritaria, el Estado de Guatemala asegurará un resultado favorable para la empresa CGN PRONICO en la consulta comunitaria cuyo proceso ha iniciado. ¡Cómo no va a asegurar un resultado a favor de los intereses de la CGN PRONICO! Si la implementa con artimañas que necesariamente conducen al “fraude de ley” y con el territorio y la población bajo su control y absolutamente militarizados gracias a un estado de sitio innecesario.
La consulta comunitaria ordenada por la Corte de Constitucionalidad, que debería permitir determinar con certeza si las comunidades afectadas quieren o no que se implemente dicho proyecto, que debería ser previa, libre e informada según el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT; que debería ser de buena fe, imparcial y justa, ha perdido toda la credibilidad del pueblo de El Estor; es una consulta autoritaria que no admite posiciones contrarias al negocio y lucro de la explotación de níquel y que la mayoría de la población guatemalteca rechaza, ya que la mentira, el engaño, la exclusión y el racismo prevalecen en dicho proceso. La CPI debería iniciar una investigación objetiva y rápida.
Promover únicamente la participación de las comunidades que están a favor del negocio de la explotación de níquel en Izabal, sin importar el daño que se pueda causar al ambiente y así manipular la decisión final, sin oposición, sin votos en contra, es una consulta inaceptable, que no reúne los estándares internacionales requeridos para que una consulta sea aceptada como de buena fe, previa, libre e informada. Una vez más está presente el fraude de ley, tan necesario en un régimen autoritario. Y una vez más se incumple una sentencia de la Corte de Constitucionalidad que manda a practicar dicha consulta de buena fe. Mediante el Estado de sitio, las autoridades persiguen eliminar a la oposición política; éste y la consecuente limitación de derechos, permite al Estado reprimir a la población, cometer crímenes perversos, catalogados como gravísimos por la Comunidad Internacional. La Corte Penal Internacional debe investigar estos crímenes de trascendencia internacional, ya que la Justicia nacional no quiere, ni puede hacerlo.
Recientemente, pudimos ver las fotografías de un amplio contingente policial protegiendo camiones de la CGN PRONICO. Pudimos recibir testimonios de pobladores escondidos, refugiados en la montaña. Para lograr su cometido de favorecer a una empresa como la CGN PRONICO, el Estado de Guatemala tuvo que implementar un Estado de sitio innecesario, ilegal y fundamentado en una ley obsoleta. El Estado de sitio lleva implícito el uso excesivo de la fuerza y la violación a los derechos humanos. Tanto las autoridades del Estado de Guatemala, como las de la CGN PRONICO van tras algo grande, algo muy valioso que se encuentra en el territorio Maya Q´eqchi’. Y, por ello, hay que garantizar el despojo. Aunque sea necesario matar a seres humanos; militarizar el territorio; o movilizar a casi todos los efectivos de la PNC. La Corte Penal Internacional debe iniciar una investigación para aclarar los hechos. La Justicia guatemalteca no quiere, ni puede hacerlo.
Porque no tiene la más mínima voluntad política de investigar a los verdaderos responsables. Salvo la Justicia que imparten algunos jueces independientes, honestos e imparciales como Yassmín Barrios, Pablo Xitumul o Ericka Aifán, podemos afirmar que en Guatemala vivimos sin justicia. Lamentablemente, está cooptada por el crimen organizado; vivimos bajo el imperio de una Corte Suprema de Justicia de facto. La Corte Penal Internacional debe investigar la represión que se vive en El Estor, departamento de Izabal. Los tribunales nacionales no quieren o no pueden hacerlo.
De lo contrario, una vez más los Pueblos Indígenas de Guatemala y los miembros de la sociedad civil, quedaremos sin la protección que la Justicia debe brindar a nuestros derechos y seguiremos siendo víctimas de la creciente impunidad. Los efectos del Estado de sitio en El Estor deben ser investigados por la Corte Penal Internacional para que se conozca la verdad y para lograr la persecución, captura, enjuiciamiento y eventual sanción de todos los autores materiales o intelectuales de los crímenes de trascendencia internacional cometidos en dicho territorio; para sentar un precedente y que nuestra historia de represión quede enterrada definitivamente y no vuelva a repetirse nunca más.
Ramón Cadena
Guatemala, 15 de noviembre de 2021