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Créditos: Prensa Comunitaria.
Tiempo de lectura: 7 minutos

 

El proceso conocido como Diario Militar, en el que expolicías y militares retirados son acusados por delitos de desaparición forzada en contra de 195 opositores políticos, está detenido. Miguel Ángel Gálvez, juez contralor del caso, enfrenta una denuncia promovida por una organización paraestatal que lo acusa, entre otros delitos, de prevaricato y podría perder su inmunidad. Familiares de desaparecidos han recorrido un largo camino para encontrar justicia y sostienen que, aunque se intente detener el proceso, seguirán adelante. 

Por Javier de León Villatoro

Dos décadas después de que inició el proceso del Diario Militar, un documento de inteligencia en el que se registra la desaparición forzada de 195 opositores políticos, y después de que nueve expolicías y militares en situación de retiro fueran enviados a juicio en mayo de este año, el juez Miguel Ángel Gálvez está pendiente de presentar las pruebas de descargo en un proceso de desafuero, que podría decidir el futuro del caso.

La audiencia programada para el miércoles 24 de agosto fue suspendida por una declinatoria presentada ante el juez pesquisidor, Roaldo Isaías Chávez Pérez, quien también conoció el proceso de retiro de antejuicio de Erika Aifán, la exjueza del juzgado de Mayor Riesgo D, que ahora está en el exilio.

Esta no ha sido la única querella presentada en contra de Miguel Ángel Gálvez. El abogado del coronel Jacobo Esdras Salán Sánchez también presentó una denuncia contra el juzgador, que, por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia rechazó in limine, el 17 de agosto, de 2022. El coronel Salán Sánchez fue enviado a juicio, el 6 de mayo de 2022, por los delitos de desaparición forzada, asesinato, asesinato en grado de tentativa y delitos contra los deberes de la humanidad en el caso del Diario Militar.

El proceso del Diario Militar, que inició el 27 de mayo de 2021, está detenido desde que la Fundación contra el Terrorismo, presentó una denuncia para que se le retire la inmunidad al juez Gálvez, por los supuestos delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, prevaricato y detenciones ilegales con circunstancias agravadas en forma continuada. La denuncia se centra en la aplicación de la prisión preventiva que Gálvez ordenó en contra de altos exfuncionarios señalados de delitos de corrupción en 2015.

El caso del Diario Militar, como se le conoce, es el más reciente de los procesos penales de justicia de transición que iniciaron en Guatemala tres años antes de la firma de la paz y en los que se ha juzgado a militares, exparamilitares y policías por graves violaciones de derechos humanos durante la guerra.

Los ataques en contra de jueces y juezas que han resuelto importantes sentencias en casos de justicia de transición también lo son en contra de un sistema de justicia. El trabajo que por 10 años han venido desarrollando los juzgados y tribunales de alto riesgo se debilitará si el juez pesquisidor Chávez Pérez recomienda el retiro de antejuicio al juez Miguel Ángel Gálvez, tal y como ocurrió con el desafuero de la exjueza Erika Aifán.

Algo similar le sucedió al juez Pablo Xitumul, presidente del Tribunal de Mayor Riesgo C, a quien la Corte Suprema de Justicia le retiró la inmunidad el 9 de febrero de este año, por la denuncia que un policía puso en su contra. Xitumul fue parte del tribunal que condenó, en 2013, a 80 años de prisión al general José Efraín Ríos Montt, por el delito de genocidio; también sentenció a 15 años y seis meses a la exvicepresidenta Roxana Baldetti por los delitos de fraude, asociación ilícita y mal manejo de recursos públicos en el caso denominado “Agua Mágica”.

El juez Gálvez Aguilar resolvió el pasado 6 de mayo, después de leer una resolución que le llevó varios días, que de los 15 militares y expolicías detenidos, nueve enfrentarán un juicio oral y público.

Ese mismo día Ricardo Méndez Ruiz, presidente de la Fundación contra el Terrorismo, se presentó a la audiencia final de la etapa intermedia. Dos días después, escribió en una de sus redes sociales que “empeñaría su palabra” para ver al juez “preso” o “exiliado”.

El 11 de mayo, la Fundación contra el Terrorismo presentó ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una solicitud para que se le retirara al juez Gálvez su derecho de antejuicio. Un mes después, la mayoría del Pleno de magistrados dio trámite a la petición y designó a Zonia de la Paz Santizo, vocal II de la sala Tercera de la Corte de Apelaciones, como jueza pesquisidora, quien a partir del 15 de junio tendría 60 días para recomendar a la CSJ si se le retiraba o no la inmunidad al juzgador. Sin embargo, la jueza se excusó de conocer el caso argumentando que tiene amistad con Gálvez.

El 25 de julio, la Corte de Constitucionalidad (CC) no aceptó un amparo presentado por Miguel Ángel Gálvez en el que argumentaba que la resolución de la CSJ había sido “apresurada” y con descuidos de forma y fondo.

El empedrado camino de la justicia

En el proceso del Diario Militar, que inicio hace más de 13 meses, se siguen presentando una serie de acciones dilatorias por parte de la defensa de algunos de los militares acusados, que pueden catalogarse como litigio malicioso y que buscan separar al juez Gálvez del caso.

Durante las audiencias de primera declaración del 2 y 9 de junio de 2021, los abogados del coronel Jacobo Esdras Salán Sánchez y del sargento mayor José Daniel Monterroso Villagrán, dijeron que Gálvez se había referido de forma “irrespetuosa en contra de los militares” utilizando términos “ideológicos”.

“No soy militar, soy civil. Nunca he sido militar, ni me simpatiza serlo”, “los militares eran los verdaderos subversivos” y “los militares fueron los que rompieron el orden constitucional”, fueron los fragmentos de varios audios presentados por los abogados para intentar que se nombrara a otro juez en sustitución del titular del juzgado B de Mayor Riesgo.

Pese a ello, el juez Harold Pérez la Sala Segunda de Apelaciones para procesos de Mayor Riesgo, consideró que la intención de apartar al juez Gálvez, del caso del Diario Militar, carecía de sustento legal.

El 16 de mayo de 2022, y por segunda ocasión, el abogado Eddy Herrera, defensor del coronel Jacobo Esdras Salán Sánchez, presentó una denuncia ante el Ministerio Público en contra del juez Gálvez por enviar a juicio al militar y no resolver varias peticiones efectuadas a lo largo de la audiencia intermedia. La denuncia señala a Gálvez de la posible comisión de los delitos de prevaricato, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, resolución contradictoria a la Constitución y violación a la Constitución. Hasta la fecha no se conocen más detalles sobre esta denuncia.

Pero esta estrategia legal para entorpecer el proceso, no ha sido la única forma para intentar detener el caso del Diario Militar. Tampoco es una forma nueva, se ha visto en otros casos de justicia de transición.

Por ejemplo, en octubre de 2021, la fiscal general Consuelo Porras trasladó a Hilda Pineda, a la sección que investiga delitos contra turistas.

Y, el 30 de junio de 2022, justo en la fecha en que se conmemora en Guatemala el Día del Ejército, Pineda fue destituida del MP. Bajo la dirección de Pineda, la Fiscalía tuvo a su cargo algunos de los casos paradigmáticos en la historia reciente del país: el del Genocidio del pueblo maya ixil, el de las mujeres de Sepur Zarco, donde fueron condenados dos militares guatemaltecos acusados de las violaciones sexuales; y el caso Molina Theissen, donde se juzgó a cuatro altos mandos militares por la desaparición del niño Marco Antonio Molina Theissen y por las violaciones en contra de Emma Guadalupe, su hermana. Ese mismo día del ejército, la fiscal Elena Gregoria Sut Ren, durante una de las audiencias del caso del Diario Militar, denunció haber recibido amenazas y seguimiento de vehículos sin placas, por lo que el 11 de julio, La Corte Interamericana de Derechos Humanos le otorgó “medidas urgentes”.

A la destitución de la fiscal Pineda se agregan el hostigamiento y denuncias contra integrantes del equipo de la Fiscalía de Derechos Humanos. El 8 de junio, la fiscal Sut Ren fue denunciada por la Oficina Nacional de Prevención contra la Tortura por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad, tortura y simulación de delito. En la denuncia se lee que se le acusa por “una evidente persecución ilegal y selectiva, simulando delitos que no estaban tipificados al momento de los supuestos hechos, violentando así principios constitucionales y garantías procesales”.

Los denunciantes se refieren específicamente a crímenes perpetrados durante la década de 1980 como la desaparición forzada que, de acuerdo a sus argumentos, no existían en la legislación guatemalteca en los años referidos.

Esta acción también incluye a Claudia Paz y Paz, exfiscal general y jefa del MP (2010-2014). La abogada actualmente es directora del Programa para Centroamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

A las solicitudes de antejuicio, los amparos y el debilitamiento institucional se suman las iniciativas legislativas que, con un lenguaje jurídico confuso, buscan justificar la violación a la Constitución o, distorsionando la ley, pretenden amnistiar a militares acusados de graves violaciones a los derechos humanos durante la guerra en Guatemala.

La más reciente fue presentada el lunes 11 de julio, bajo el nombre de “Ley de Fortalecimiento para la Paz”. La misma intenta dejar sin efecto “la responsabilidad penal y la extinción de la pena, por amnistía, absoluta e incluyente a favor de todas las personas que hayan incurrido por acción u omisión, en el ejercicio de sus cargos como miembros del Ejército de Guatemala y demás fuerzas de seguridad del Estado”, durante los primeros años de la década de 1960 hasta su conclusión con la firma de la paz, el 29 de diciembre de 1996.

El argumento central de esta propuesta, presentada por Manuel Conde Orellana del Partido de Avanzada Nacional (PAN); Boris España Cáceres de TODOS y tres diputados más vinculados al oficialismo, es que delitos como la desaparición forzada y el genocidio no estaban tipificados en la legislación nacional cuando se cometieron.

Sin embargo, la Ley de Reconciliación Nacional, de 1996, establece que estos dos delitos no pueden ser amnistiados y que tampoco se puede extinguir la responsabilidad para quien haya sido condenado por este delito o por quien esté siendo acusado de haberlo cometido. El Código Penal, en su artículo 201 TER lo dice con claridad: “se considera permanente en tanto no se libere a la víctima”, en otras palabras, mientras no se sepa lo que ocurrió con cada una de las personas desaparecidas el delito se sigue cometiendo.

A esta iniciativa le antecede la presentada en septiembre de 2021 por el diputado y actual presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, Antonio Arenales Forno, del partido VALOR bajo el número 5920, “Ley de Consolidación de la Paz y la Reconciliación”, que también busca evitar responsabilidad penal “por todos los delitos cometidos durante el enfrentamiento armado interno”.

Tres años antes, un grupo de legisladores encabezados por los entonces diputados Fernando Linares Beltranena y Estuardo Galdámez; Javier Hernández y Manuel Conde Orellana presentaron la iniciativa 5377, para incorporar reformas a la Ley de Reconciliación Nacional. Pero en febrero de 2021, la Corte de Constitucionalidad resolvió de forma definitiva un amparo contra el Congreso por considerar que la propuesta era “inviable”.

De esa magnitud ha sido la respuesta que sectores conservadores, señalados de pertenecer a redes de corrupción, militares acusados de graves de violaciones a los derechos humanos y sus familiares han impulsado para evitar que se someta a la justicia a quienes perpetraron graves delitos en contra de la sociedad guatemalteca.

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