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Créditos: Waqib Kej
Tiempo de lectura: 2 minutos

Rechazamos una amnistía general por violaciones a los derechos humanos

L as víctimas del conflicto armado interno y las organizaciones sociales rechazamos enérgicamente las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional que se discuten en el Congreso de la República. Repudiamos las malas intenciones de la Junta Directiva del Congreso y de diputados sin escrúpulos que buscan aprobar una amnistía general para todos los criminales responsables de las graves violaciones a los derechos humanos que se cometieron durante el conflicto armado interno.

La iniciativa de ley 5377 propone que en un plazo de 24 horas queden libres todas las personas que han sido condenadas por crímenes del conflicto armado interno y que se cierren todas las investigaciones en curso. Esto representa una clara violación al derecho de las víctimas a la verdad y la justicia, y pone en riesgo la integridad de las víctimas, testigos, fiscales y jueces que han participado en los casos.

Foto: Waqib Kej

La Ley de Reconciliación Nacional es resultado de los Acuerdos de Paz y establece que los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura y otros delitos de trascendencia internacional NO SON OBJETO DE AMNISTÍA. Además, en varias sentencias la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ha ordenado al Estado de Guatemala abstenerse de aprobar amnistías por este tipo de crímenes porque son condenados por el derecho internacional.

La Corte de Constitucionalidad en repetidas ocasiones ha establecido la prohibición de otorgar amnistía a los responsables de genocidio, masacres, desaparición forzada, violencia sexual y delitos contra los deberes de humanidad, siguiendo la Ley de Reconciliación Nacional y el derecho internacional. Tal como ha resuelto en los casos de Choatalum, Genocidio, Dos Erres, Sepur Zarco, Plan de Sánchez, y otros.

En caso de aprobar estas reformas, el Congreso de la República estaría violando el Artículo 46 de la Constitución sobre la preminencia de los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos sobre el derecho interno, y caería en el delito de desobediencia por no acatar las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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