Congreso aumenta las penas de prisión y las multas por robo de energía eléctrica

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Créditos: Congreso de la República
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

Diputados de oposición argumentaron que el decreto penaliza a una organización campesina y favorece a empresas de distribución de energía eléctrica.

Por Isela Espinoza

Con 105 votos a favor, 21 en contra y 34 ausentes, los diputados aprobaron este miércoles el decreto 8-2023, que contiene reformas al Código Penal y a la Ley Contra la Delincuencia Organizada. En este se establecen sanciones y multas que van de Q10 mil hasta Q100 mil y de cuatro a ocho años de prisión por el hurto, instalación o conexión ilegal de energía eléctrica y agua.

Aunque el Congreso resalta en sus redes sociales que las reformas “garantizarán el buen uso y protección de los servicios de utilidad, energía eléctrica, agua, gas, entre otros”, diputados que se opusieron a las enmiendas resaltaron que el nuevo decreto beneficia a empresas que distribuyen la energía eléctrica y castiga a los pobladores que deben pagar montos altos o el mal servicio prestado en sus comunidades.

Crédito: Fotograma Congreso

Previo a la votación final, el diputado del distrito de Retalhuleu, Edwin Lux, resaltó que las sanciones son severas. “No estoy en contra de que se sancionen las ilegalidades, en el caso de la energía eléctrica, pero sí estoy en contra de que hagamos leyes unidireccionales. Esta ley pareciera haber sido pedida por todas las empresas distribuidoras y solo venga a castigar al usuario”, dijo Lux quien presentó enmiendas a los artículos reformados.

El diputado resaltó los atropellos que sufre el usuario cuando hay cortes generalizados de energía eléctrica que duran hasta tres meses. “También deberíamos penalizar la mala prestación del servicio lo que implica atentar la vida contra muchos ciudadanos”, comentó.

En tanto, la diputada Vicenta Jerónimo, del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), también se opuso a la aprobación del decreto y en su razonamiento enfatizó que este decreto favorece a “empresarios mafiosos que día a día saquean los pueblos” y vulnera los derechos humanos y constitucionales de la población y organizaciones comunitarias afectadas. Mientras, la diputada exponía sus razones se le apagó el micrófono. Minutos antes, la legisladora denunció que no le habían dado la palabra cuando lo solicitó.

Bernardo Arévalo de la bancada Semilla, por su parte, señaló su voto en contra ya que es innecesaria porque actualmente en el país no existe un problema de “falta de instrumentos legales para perseguir el delito del robo de fluido eléctricos”, en referencia a que el artículo 249 del Código Penal lo establece.

“Es una propuesta populista que se está instrumentalizando en época electoral para tratar de distraer la atención y criminalizar a las víctimas del pésimo servicio eléctrico en regiones del país donde no llega, con excesos de cobros. Este Congreso debería estar debatiendo las medidas necesarias para resolver el problema de la falta de fluido eléctrico que sufre el 10 por ciento de la población del país”, indicó Arévalo.

¿Qué penaliza el decreto 8-2023?

El decreto, que reforma el 17-73 del Código Penal y el decreto 21-2006 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, considera grupo delictivo organizado y organización criminal a quienes roben o atenten contra los servicios que menciona entre estos, la energía eléctrica.

Crédito: Fotograma Congreso

Entre las sanciones y multas que aumentó se encuentra el de hurto de fluidos. Quien lo hiciera será sancionado con prisión de cuatros años y una multa de Q10 mil. Además, quien formará parte de un grupo organizado sustraiga o conecte ilícitamente la instalación o conexión de energía eléctrica, agua o gas será sancionado con prisión entre cuatro a ocho años y una multa de Q100 mil.

Mientras, sobre el hurto de conexiones ilegales desde una red de distribución final hacia algún punto de suministro será sancionado con prisión de cinco a ocho años y una multa de Q5 mil a 10 mil.

Por otro lado, también castiga a quien se beneficie económicamente del cobro del suministro sin estar autorizado con penas de cinco a 10 años con multas de Q10 mil a Q50 mil. Además, quien, con violencia, de forma ilícita, impida o ponga en peligro la seguridad o el funcionamiento de los servicios públicos, tendrá una sanción de tres años de prisión.

“Se está castigando a los usuarios que han sufrido los abusos de la empresa eléctrica. Esta ley es de carácter represivo, lo que se deja venir es la represión de las personas que defienden sus derechos ante la distribuidora de energía eléctrica”, denunció el diputado Walter Félix, de URNG- Maíz.

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