Créditos: Narciso Marcos
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La justicia llegó nueve años después para la periodista comunitaria Norma Sancir. Un juez de Chiquimula condenó al excomisario Ceferino Salquil Solval y a las policías Olga Leticia Segura y Mirna Marleny Agustín a 3 años y 9 meses de prisión conmutables, por el delito de abuso de autoridad, por la detención ilegal de la periodista en septiembre de 2014, mientras ella realizaba su trabajo periodístico en el municipio de Camotán.

Por Regina Pérez *

En el Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Chiquimula todo estaba listo la mañana de este miércoles 31 de enero para escuchar el veredicto del juez Jorge Douglas Ochoa. Periodistas, observadores de derechos humanos, mujeres y estudiantes de periodismo se encontraban en la sala donde culminó el juicio por la detención ilegal de la periodista Norma Sancir, hecho ocurrido el 18 de septiembre de 2014.

La periodista Sancir, quien por más de nueve años impulsó su caso en diferentes juzgados, esperaba una sentencia condenatoria en contra del excomisario y las agentes policías acusadas. “Es una situación de justicia, no es por venganza, es para que se respete la libertad de expresión y a las y los periodistas comunitarios”, manifestó.

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A 9 años de su detención, la periodista comunitaria Norma Sancir espera justicia

“Ha sido un desgaste económico, emocional, físico por las veces que hemos tenido que presentarnos y el desgaste de la familia”, comentó Sancir antes de conocer la sentencia del juez Ochoa.

Mujeres mayas y estudiantes de periodismo del Centro Universitario de Oriente (CUNORI) se acercaron a Sancir para darle su apoyo y expresar su solidaridad previo a escuchar la sentencia contra las personas acusadas. En la sala también se encontraban observadores de Brigadas de Paz y de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH).

La sentencia en contra del excomisario Salquil y las dos mujeres policías Segura y Agustín fue de 3 años y 9 meses de prisión conmutables por abuso de autoridad, los cuales fueron rebajados en su tercera parte, lo que significa que la condena es de 2 años y 6 meses de prisión. El excomisario fue señalado en su calidad de autor y las agentes por cómplices en el delito. “No podemos alegar ignorancia o desuso de la ley”, señaló el juez Ochoa al emitir su fallo.

Tras conocer el veredicto, la periodista comunitaria manifestó su satisfacción por esta sentencia. “Ha sido un proceso largo y sabemos que la última palabra la tenía el juez. Con todas las pruebas presentadas por la defensa, el MP, lo que esperaba es que hubiera una sentencia condenatoria. Estoy satisfecha, han sido 9 años de buscar justicia”, indicó.

Un veredicto que reconoció el periodismo comunitario

Alrededor de las 11 de la mañana, el juez ingresó a la sala de audiencias y comenzó a dar su argumentación, en la cual dio valor probatorio a lo declarado por testigas y testigos, entre periodistas, defensores de derechos humanos y el chofer del mototaxi que transportó a Norma Sancir.

Uno de los puntos que el juez reconoció fue que la periodista fue detenida de manera ilegal. “Se constata que la agraviada estaba presente en el lugar cubriendo una nota periodística y que fue aprehendida sin ningún caso de flagrancia”, señaló.

El juzgador tomó en cuenta la declaración de Sancir, la cual llamó coherente y precisa en relación a los hechos que ocurrieron ese día. El 18 de septiembre de 2014, Sancir acudió a realizar la cobertura debidamente identificada como periodista.

El juez también dio valor probatorio a los dictámenes periciales prestados por los peritos, entre ellos el del periodista Haroldo Shetemul, quien presentó un “Peritaje sobre el periodismo comunitario y la libertad de expresión”.

Según el juez Ochoa, los derechos de libertad de prensa y de expresión no pueden ser restringidos, ya que constitucionalmente se le da esa facultad a las personas que hacen periodismo y las comunidades a las que informan, en este caso a Sancir y a la comunidad a la que transmitía se le vedó el derecho a estar informada.

Otro testigo a quien mencionó fue a Joel Abelardo García León, chofer del mototaxi quien llevó a Norma al lugar donde ocurría el desalojo, quien recuerda que ella iba identificada con su chaleco y su carné de prensa.

Nelton Rivera, coordinador de corresponsales de Prensa Comunitaria, declaró que Sancir fue designada para cubrir esa nota periodística en su función como periodista comunitaria. Al no saber nada de Norma Sancir comenzaron los protocolos para saber qué había pasado con ella y comentó que por otras personas y denuncias se enteraron que había sido detenida ilegalmente por realizar su trabajo mientras reporteaba.

“Se constata que la agraviada sí trabajaba para un medio de comunicación comunitario y que ese día se constituyó al lugar a cubrir esa nota”, señaló el juez.

Otro testigo que fue tomado es el periodista Edwin Paxtor quien narró sobre la llegada de Sancir al puente Jupilingo, ya que él le había pedido que le compartiera material periodístico, debido a que no pudo llegar a la cobertura. Tras su detención, Paxtor se comunicó de manera telefónica con el comisario Salquil a quien conocía para comentarle que Norma era periodista y que no estaba involucrada en las manifestaciones.

“Es muy importante esta declaración porque con ello se constata que la autoridad policial tuvo conocimiento desde que la agraviada iba identificada con su chaleco, gafete, pero aun así, aunque no hubiera llevado chaleco, un gafete que la identificara y aunque no hubiese sido conocida por una autoridad policial de la localidad, la información que el testigo brinda en relación a la comunicación que tuvo con el jefe Salquil Solval para hacer de su conocimiento que se había consignado a una periodista, por esa circunstancia se considera elemental darle valor probatorio a esa declaración”, indicó el juez.

El juez también señaló que la aprehensión de la periodista Sancir se realizó pese a la preeminencia de su labor, que no está decretada caprichosamente sino que está establecida en convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos que el Estado de Guatemala ha suscrito y ratificado para cumplirse y que están desarrollados en el artículo 35 de la Constitución.

“Ganó la libertad de expresión”

Al salir de la sala de audiencias, Sancir dijo estar satisfecha por la sentencia, ya que han sido 9 años de buscar justicia. “Ganó la libertad de expresión, se hizo justicia y se ha reconocido el trabajo de los periodistas comunitarios”, indicó.

El objetivo de llevar este proceso hasta este momento es evidenciar que todas y todos tenemos derechos, podemos ejercer la libertad de prensa y de expresión y que ningún funcionario público puede utilizar su autoridad para abusar y vulnerar este derecho que no es solo de los periodistas sino de la población para que esté informada, agregó.

La abogada defensora de Sancir, Jovita Tzul, manifestó que se trata de una sentencia esperanzadora. “Nos llena de alegría la forma en que el juzgador resolvió, por el contenido de la sentencia donde se hace un reconocimiento al periodismo comunitario, a la libertad de prensa, a los derechos de los pueblos indígenas y principalmente a las mujeres periodistas”, afirmó la abogada.

El 5 de febrero será la audiencia para conocer las medidas de reparación a favor de Sancir, tras el fallo en la que los abogados buscarán medidas transformadoras para el sistema, para evitar que hechos como este se vuelvan a repetir.

*Con información de Narciso Marcos

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