Resolución de CC beneficia a implicados en investigación sobre elección de Cortes

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Créditos: Prensa Comunitaria. Corte de Constitucionalidad
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

La Corte de Constitucionalidad suspendió la prueba clave que se utilizó para evidenciar vicios en la elección de las Cortes en 2020. La CC valida provisionalmente la decisión asumida por la Sala Primera de Mayor Riesgo, que dejó sin validez la declaración de la colaboradora eficaz del caso Comisiones Paralelas 2020.

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó la apelación solicitada por el Ministerio Público (MP), que busca reactivar el acuerdo de colaboración que fue autorizado por el Juzgado de Mayor Riesgo “D” y que sirvió para develar la investigación contra abogados, jueces y magistrados que habrían participado en la manipulación de la elección de Cortes en 2020.

La declaración que se mantiene suspendida es la de Olga del Rosario Alfaro Pineda, quien también figura como sindicada, y su testimonio fue clave para que la FECI que dirigió Juan Francisco Sandoval, identificara la presunta estrategia irregular utilizada para la votación en la integración de nóminas enviadas al Congreso de la República.

En la resolución, la propia Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) reclama que la Sala de Apelaciones, al haber suspendido el acuerdo de colaboración, vulneró los derechos de “defensa y tutela judicial efectiva”, así como el debido proceso.

“Lo resuelto por la autoridad reprochada no tiene congruencia con las actuaciones procesales porque en todo momento se le dio cumplimiento a la normativa que regula la colaboración eficaz, por lo que las decisiones objetadas contenidas en los actos reclamados no encuentran asidero legal que les den soporte y carecen de debida fundamentación; b) el actuar de la autoridad cuestionada constituye una variación del proceso y permite sostener que se restringió y limitó el ejercicio de la acción penal y todo lo contenido en la Ley Contra la Delincuencia Organizada”, alegó la FECI.

La Fiscalía también argumentó que la exjueza Erika Aifán aprobó el convenio de colaboración con estricto apego a las normas e hizo una adecuada fundamentación al dictar su decisión. “La Sala increpada no expresó ningún pronunciamiento que tuviera sustento legal, por lo que se evidencia que se apartó de la normativa procesal aplicable al caso concreto, lo que provocó la vulneración a los derechos del debido proceso y debida tutela judicial”, agregó el ente investigador.

CC y la Sala favorecen a los procesados en la investigación

Pese a lo argumentado por el MP, la CC resolvió mantener la protección provisional que la sala de mayor riesgo otorgó a Estuardo Gálvez, Jennifer Candelaria Dell’Acqua Lima de Zenteno y Juan Salvador Soto Hernández, con lo que se suspendió el acuerdo de colaboración.

“Respecto al argumento señalado por los apelantes en cuanto a que el a quo no expresó los motivos por los cuales estimaba que no era viable otorgar el amparo provisional y que no precisó por qué no concurrían los supuestos contenidos en el artículo 28 ibidem, es meritorio señalar que hacer un pronunciamiento más extenso respecto a las circunstancias tomadas en cuenta para el otorgamiento o denegatoria del amparo provisional, implicaría dilucidar el quid iuris del asunto en las etapas preliminares del proceso de amparo siendo la fase procesal oportuna para ello al momento de dictarse la sentencia respectiva, sin que lo anterior implique ausencia de análisis de las circunstancias que motivan la decisión que se asume”, falló la CC.

Juez retira caso de mayor riesgo

 

Las resoluciones de la Sala y la CC no son las únicas dictadas en favor de los acusados, ya que en audiencia celebrada este martes, el juez de mayor riesgo “D”, Juan José Jiménez, resolvió a favor del exrector de la USAC, Murphy Paiz, y ordenó el retiro del expediente del juzgado especializado en casos de alto impacto. Eso implica que Gestión Penal designe a otro juzgado de menor o igual categoría para que se encargue del proceso.

El juez justificó su decisión en que no ubicó la resolución que ordenó la conexión del expediente, cuando este estuvo a cargo de la exjuez Aifán. El juez que declaró con lugar la solicitud de Paiz es el mismo que fue denunciado ante el MP por supuestamente intentar favorecer con medidas sustitutivas al exministro de Comunicaciones, José Luis Benito.

Lea más detalles acá:

Denuncia anónima alerta sobre supuesta intención de dejar en libertad a exministro José Luis Benito

Una investigación que no avanzó 

En 2020, una investigación de la FECI determinó la posible comisión de actividades criminales que buscaban la influencia indebida en el proceso de selección de magistrados para la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y magistraturas de Salas de la Corte de apelaciones, así como otros tribunales de igual categoría.

El MP pudo obtener varios indicios, entre ellos la existencia de una lista de candidatos previamente consensuada y de la cual el Congreso de la República debería elegir a magistrados de las salas de la Corte de Apelaciones.

Así mismo, se recabó información relacionada con la existencia de reuniones previas y posteriores a la votación desarrollada en el seno de la comisión de Postulación para magistraturas de las salas.

En la primera fase de este expediente judicial, un grupo de personas; entre exrectores de la USAC y exintegrantes de la Comisión de Postulación están ligados a proceso penal, pero, el caso desde la salida del exfiscal Juan Francisco Sandoval en julio de 2021 y la exjueza Aifán, el proceso no avanzó.

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