Créditos: Jorge De León
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Esto podría ser un disuasivo más que se esté dando para las personas que quieran migrar. Migrar es un derecho y no migrar también lo es, pero implica tener una vida digna pero eso no se da nunca, Julia González, coordinadora de la Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala (MENAMIG).

Por Simón Antonio Ramón

Siete casas de atención a personas migrantes en tránsito y solicitantes de refugio en el país corren el riesgo de cerrar, de continuar vigente el artículo 101, del Acuerdo de la Autoridad Migratoria 7-2019, que obliga a estos centros autorizados por el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), a compartir información de las y los migrantes a quienes brindan atención.

El artículo contradice lo establecido el Código de Migración, decreto 44-2016 a criterio del Grupo Articulador de Sociedad Civil en Materia para Guatemala.

El Instituto Guatemalteco de Migración es el responsable de crear, formular y supervisar la política migratoria creada por la Código Migración, que preside el vicepresidente, Guillermo Castillo y lo integran el director del IGM, Ministerio de Relaciones Exteriores (MINEX), Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MINTRAB), Ministerio de Gobernación (MINGOB) y el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala (Conamigua).

El artículo 101 del Acuerdo 7-2019 obliga a las casas de migrantes a generar tres tipos de información de quienes requieran acogida: documento de identificación personal, datos biográficos y biométricos y estudio médico, psicológico, económico y social, que deben enviar de manera periódica al IMG. “Las entidades referidas deberán remitir en formato electrónico de forma diaria a la Subdirección de Atención y Protección de Derechos Fundamentales de los Migrantes, los informes y datos de las personas migrantes que tengan a su cargo”, indica el artículo denunciado.

La Conferencia Episcopal de Guatemala (CEG) manifestó su inconformidad con la información que requiere el artículo 101 y pone en riesgo el servicio al no cumplirse con el reglamento que contradice al Código de Migración, aprobado en 2016. “Este servicio está seriamente en riesgo debido a las exigencias establecidas por el Estado guatemalteco en el marco del proceso de registro de albergues”, denuncia en un comunicado de prensa publicado el 27 de enero.

“Expresamos aquí nuestra inconformidad en cuanto a lo exigido, ya que consideramos que nuestras Casas del Migrante deben mantenerse como un servicio de caridad respetuoso y gratuito, la aplicación estricta de la normativa impediría el mismo y nos obligaría a clausurarlas”, planteó la CEG.

El Grupo Articulador de Sociedad Civil, integrada por varios organizaciones de la sociedad civil, pidió a la Autoridad Migratoria, que revisen el artículo, porque consideran incoherente el artículo 101 del Código de Migración en el que establece que la protección que debe dar el Estado tiene que ser sin discriminación.

“Esto podría ser un disuasivo más que se esté dando par que las personas que puedan migrar, porque migrar es un derecho, no migrar también es un derecho, pero implica tener una vida digna pero eso no se da nunca”, dijo Julia González, coordinadora de la Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala (MENAMIG).

Los servicios de acogida y refugio para la población migrante no solo lo hace la iglesia sino también organizaciones, según la abogada Jennifer Chávez de la (PMH) “Casas del migrante como tal, hay siete a nivel nacional y hay espacios de atención específicamente de la iglesia, además hay otras organizaciones que tienen espacios de protección”, afirmó la abogada.  “La iglesia no se está negando al registro sino al compartir la información que ni el Estado tiene la obligación de requerir para poder brindar un servicio”, aseguró la abogada.

Cinco de las casas del migrante y una para solicitantes de refugio están bajo la responsabilidad de la Pastoral de Movilidad Humana (PMH) de la Conferencia Episcopal de Guatemala (CEG) y de la Misión de San Carlos Scalabrini en Guatemala. Dos están ubicadas en la ciudad de Guatemala, una en la zona 1 y otra en la zona 12; una en el Ceibo y otro en Santa Elena, Petén; una en Entre Ríos, Izabal; una más en Esquipulas, Chiquimula; un en Ixcán, Quiché y una en el municipio de Ayutla, Tecún Umán, San Marcos.

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