Search
Close this search box.

Abogados: estados de excepción se usan para reprimir y no para tutelar derechos

COMPARTE

Créditos: Aj Ral Ch’och’.
Tiempo de lectura: 3 minutos

Por Regina Pérez

Desde 1996, cuando se firmó la Paz, los gobiernos han implementado al menos dos estados de excepción por año, basándose en una Ley de Orden Público que data de 1965, anterior a la actual Constitución. De acuerdo con abogados, las diferentes administraciones han hecho un uso desmedido de los estados de excepción, como ocurre actualmente, para limitar los derechos de la población bajo distintos argumentos.

La asociación Juristas Por Guatemala realizó el conversatorio: “La implementación de los estados de excepción en Guatemala”, donde la abogada Gabriela Contreras y el abogado Oswaldo Samayoa analizaron su implementación y el contexto actual en el que rige un estado de prevención decretado por el gobierno del presidente Alejandro Giammattei, con el argumento de detener los contagios de COVID-19.

Ante la implementación de un estado de prevención para tutelar derechos de la salud, Samayoa cuestionó la confianza en este tipo de medidas como una respuesta efectiva, ya que hay incoherencias al respecto.

El año pasado cuando el gobierno decretó un estado de calamidad, para atender la emergencia de la COVID-19, Samayoa hizo notar que hubo más capturas de personas que no cumplían con las restricciones que diagnósticos. 

No se buscó procurar la atención de la salud sino obedecer al presidente. Esa lógica me hace pensar que el estado de excepción no es útil, porque lo que hace es recobrar la memoria autoritaria del Estado y su enfoque no es la gestión de un conflicto a partir de la protección de los derechos, indicó.

De acuerdo con Samayoa, eso se explica por la tradición de quienes han ocupado la presidencia y por el Estado militarizado y poco coherente con los Acuerdos de Paz.

Visión militarizada

La abogada Gabriela Contreras recordó que la Ley de Orden Público, que data de 1965, entraña una visión militarizada respecto de los estados de excepción, ya que corresponde a un periodo contrainsurgente.  

Según la jurista, en Guatemala el uso de estados de excepción es exagerado y se han utilizado con diferentes escenarios, como el de la seguridad y abordaje de fenómenos criminales, para detener la movilidad humana, en este caso las caravanas que han llegado de Honduras, para abordar conflictos agrarios y la pandemia.

Aquí lo que observamos es un uso desmedido de los estados de excepción cuando no hay otras políticas públicas u otras medidas que ayuden al Estado a resolver adecuadamente estos problemas, dijo.

Por su parte, Samayoa señaló que no se puede hablar de estados de excepción como se venía conociendo en los años 60, 70 y 80 que estaban bajo una visión antisubversiva.

Ese esquema militarizado de los estados de excepción debe ser abandonado totalmente y, es un esquema que encuentra una nueva doctrina de seguridad democrática que busca establecer la posibilidad de que se proteja a la persona y sus derechos, indicó.

Según el abogado, el modelo de estados de excepción pierde su vigencia y ahí surge un problema porque que no hay una evolución de la Ley de Orden Público a la Constitución de 1985.

Otro problema es de tipo cultural e institucional, ya que las instituciones del Estado al no cambiar la normativa, no cambian los modelos de abordar la inseguridad o protección estatal. No se ajustan al programa político y constitucional de los derechos humanos y siguen operando bajo la misma lógica de militarización, para enfrentar cualquier tipo de amenaza, indicó.

Por último, Samayoa dijo sospechar de la conveniencia de algún sector para que no se reforme el modelo de estados de excepción, porque esto puede costar dinero. “Hay alguien que necesita usar el estado de excepción para controlar ciertos territorios en beneficio propio, que necesite controlar para paso de drogas, trasiego de armas o tráfico de personas o para expulsar a personas sin consulta previa y poder aprovechar bienes”.

Durante el conversatorio se hizo referencia que en 2017 hubo un esfuerzo para promover una nueva ley de orden público, iniciativa que ya está aprobada en su tercer debate en el Congreso y que tiene dictamen favorable.

En Guatemala, según la Ley de Orden Público, rigen cinco estados de excepción: el estado de prevención, de alarma, el de calamidad pública, el de sitio y el de guerra.

COMPARTE