Pese al incumplimiento del Estado de Guatemala, de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 2021, en la que establece que se violaron los derechos a la libertad de expresión, a la igualdad ante la ley y a participar en la vida cultural de los pueblos indígenas, las autoridades indígenas y la junta directiva de la radio comunitaria Uqul Tinamit decidieron abrir de nuevo la emisora radial, en San Miguel Chicaj, Baja Verapaz.
Por Diego Petzey
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, (Corte IDH) resolvió, el 6 de octubre de 2021, que el Estado violó los derechos a la libertad de expresión, a la igualdad ante la ley y a la participar en la vida cultural de los pueblos indígenas, maya Kaqchikel, de Sumpango, Sacatepéquez; Achi, de San Miguel Chicaj, Baja Verapaz; y el Mam, de los municipios Cajolá y Quetzaltenango; y Todos Santos Cuchumatán, Huehuetenango.
La sentencia de la Corte otorgó medidas de reparación y ordenó al Estado de Guatemala a resarcir de manera integral los daños que ocasionó a los cuatro pueblos indígena y ordena, en su resolución, medidas de restitución, satisfacción y las garantías de no repetición.
Representantes de las radios indígenas comunitarias señalaron que el gobierno guatemalteco y sus instituciones no tienen la voluntad política para cumplir lo resuelto por la Corte Interamericana.
El proceso seguido por la Corte IDH es conocido como el “Caso pueblos indígenas maya Kaqchikel de Sumpango y otros Vs. Guatemala” en el que se determinó que las autoridades estatales guatemaltecas allanaron las emisoras radiales “Ixchel” y “Uqul Tinamit” y confiscaron sus equipos de transmisión. Durante los operativos fueron capturados Anselmo Xunic Cabrera, coordinador voluntario de la radio Ixchel; y Bryan Cristhofer Espinoza Ixpatá, trabajador voluntario de Uqul Tinamit, quienes fueron procesados penalmente. La CIDH resolvió que estas acciones son ilegítimas y restringieron la libertad de expresión, contrarias a la Convención Americana, por lo que la Corte concluyó que Guatemala es responsable por la violación de ese derecho.
“Nosotros decidimos reabrir la radio comunitaria”
Mientras tanto, a 160 kilómetros de la ciudad de Guatemala, la frecuencia radial 106.3 FM, de la radio indígena comunitaria: “Uqul Tinamit”, volvió a transmitir el pasado 4 de agosto, al servicio de la población Achi, del municipio de San Miguel Chicaj en Baja Verapaz, después de estar silenciada por más de diez años.
Para la población fue una fiesta, porque la emisora radial fue un esfuerzo que inició hace 22 años por un grupo de jóvenes que crearon un medio de comunicación para el pueblo Achi y se había convertido en un medio querido por toda la población.
Noé Ismalej, coordinador general de Uqul Tinamit, dijo que a pesar de la incertidumbre sobre el cumplimiento y el respeto de la sentencia de la CIDH, por parte del Gobierno, las autoridades indígenas ancestrales y la junta directiva de la radio decidieron reabrir la emisora radial.
“Ahora la radio está funcionando desde la casa de una persona de la comunidad y con equipo radial prestado”, comentó Ismalej. A corto plazo tienen previsto iniciar un proceso de formación en radio y comunicación para la juventud Achi.
En la actividad de inauguración participó el alcalde Municipal, autoridades departamentales.
La lucha inició desde que se fundó la radio
Para que la emisora radial volviera a funcionar, el personal de la radio y las autoridades indígenas Achi realizaron una lucha de más de diez años, que comenzó después de que la emisora radial fuera allanada y clausurada por el Ministerio Público (MP), el 8 de mayo de 2012.
La primera acción fue exigir la liberación de Bryan Cristhofer Espinoza lxpatá, un locutor Achi, que fue capturado por la Policía Nacional Civil (PNC), porque durante el allanamiento él transmitía su programa radial. Luego de su captura, la comunidad juntó dinero para pagar la fianza, según lo relató Ismalej.
Ocho meses después del arresto de Espinoza Ixpatá, el 15 de enero de 2013, se dictó sentencia condenatoria en su contra, mediante un procedimiento abreviado y fue declarado responsable de la comisión del delito de hurto, vinculándolo con la explotación ilegal de la frecuencia radioeléctrica. Según el personal de la radio, el sistema de justicia obligó a Espinoza Ixpatá a declararse culpable de los cargos, aduciendo que esta sería la única salida a la situación en que se encontraba.
Las acciones en contra de la emisora no finalizaron con la sentencia condenatoria. Tres años después, el 20 de abril de 2016, la radio comunitaria fue allanada por segunda vez por la policía y nuevamente confiscaron todo el equipo de trabajo y de transmisión.
Los ataques en contra de la emisora radial se remontan a 2004, cuando por vez primera fue denunciada por la Cámara de Radiodifusión de Guatemala. Esta acción habría sido avalada por radios comerciales que operaban en San Miguel Chicaj.
Ismalej relató: “después del allanamiento de 2012, empezamos a buscar apoyo sobre la situación de la radio y nos dimos cuenta que no éramos los únicos y con ayuda de otras organizaciones decidimos iniciar un proceso legal. Prácticamente para hacer realidad la radio comunitaria ha sido una lucha permanente desde su inicio”.
Fue de esta manera que quienes dirigen la radio encontraron apoyo en la Asociación Sobrevivencia Cultural, la Asociación Mujb’ab’l Yol Encuentro de Expresiones, la Asociación de Abogados Mayas de Guatemala, Cultural Survival Inc. y la Clínica de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas, de la Escuela de Derecho, de la Universidad de Suffolk de Estados Unidos, que presentaron una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el 28 de septiembre de 2012, a favor de cuatro pueblos indígenas que operaban sus propias radios comunitarias y a quienes el Estado de Guatemala había allanado y clausurado.
Nueve años después de ese encuentro, el 6 de octubre de 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una sentencia a favor de la radio Ixchel del pueblo Kaqchikel de Sumpango, Sacatepéquez; la radio Xob’il Yol Qman Txun del pueblo Mam, de Todos Santos Cuchumatán, Huehuetenango, la radio X Musical del pueblo Mam de Cajolá, Quetzaltenango y la radio Uqul Tinamit. La CIDH encontró al Estado de Guatemala como responsable de violar los derechos de los cuatro pueblos indígenas y sus radios comunitarias.
No existe voluntad política para cumplir la sentencia
En una citación realizada por las Bancadas Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) y del Movimiento Político Winaq, el 29 de agosto de este año, funcionarios de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), de la Procuraduría General de la Nación (PGN), de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) y de la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos (COPADEH), indicaron que de todas las medidas otorgadas a favor de los cuatro pueblos indígenas solamente se ha cumplido una, la publicación de la sen
Para el cumplimiento del resto de medidas podrían pasar muchos años; el gobierno de Guatemala debió publicar la sentencia de la CIDH en el Diario Oficial y en otro medio de mayor circulación a nivel nacional, sin embargo, esto no se ha cumplido y el plazo establecido por la CIDH venció el 17 junio de este año.
Al inicio de la citación, el diputado Walter Félix, de la URNG, expresó que las cámaras empresariales se han dado el lujo de decir que las radios comunitarias son piratas y que el Ministerio Público ha perseguido a estas radios, porque según ellos, están robando frecuencias radiales.
Según el diputado Félix, la legislación guatemalteca no se ha actualizado para que las radios comunitarias puedan acceder a las frecuencias y pareciera, dijo, que no existe la voluntad política de quienes están frente a las instituciones de gobierno para que la sentencia de la Corte IDH avance.
“Tenemos una normativa que favorece a los grandes monopolios, a los grandes propietarios de los medios de comunicación, con eso los pueblos indígenas nunca van a tener acceso a las frecuencias y esa legislación sigue pendiente”, declaró el diputado.
Ramiro Alejandro Rodríguez Escobar, director ejecutivo de la COPADEH, dijo en esa reunión que la institución que representa, coordina con las diferentes instituciones gubernamentales el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH, agregó que ha cumplido en compartir la información para el cumplimiento de la sentencia, así mismo indicó que han sostenido reuniones con algunos diputados del congreso sobre la propuesta del proyecto de ley denominada “5965 ley reguladora de radios comunitarias”.
Rodríguez Escobar fue cuestionado por el diputado Félix sobre la nueva iniciativa de ley, ya que existe otra iniciativa, la 4087, impulsada por las mismas radios comunitarias desde hace diez años. Esta iniciativa avanzó en el pleno del Legislativo y cuenta con aprobación en segunda lectura. Según el diputado la iniciativa de ley 4087 es la que tiene mayor avance y es la que se acopla a la sentencia de la Corte IDH.
La iniciativa de ley que propone el oficialismo favorece al monopolio radial
De acuerdo con el diputado, la nueva iniciativa de ley que impulsa la COPADEH y algunos diputados, pretende beneficiar, otra vez, a las grandes corporaciones radiales, ya que, el Ministerio Público está esperando una modificación del tipo penal que están utilizando para criminalizar a las radios comunitarias.
“Ahora hablan de hurto y hurto de fluidos, esos dos tipos penales no son aplicables a las radios comunitarias ya que las frecuencias radiales nos son un fluido y no se puede hablar de hurto, porque no son un bien inmueble, entonces en ese mismo criterio, es que el Ministerio Público quiere que se modifique el tipo penal”, aseguró Félix.
En cuanto a la SIT, el superintendente Marco Antonio Paten Ruiz; y el gerente jurídico, Mynor Rodrigo Aragón, indicaron que gracias a la sentencia de la Corte IDH, ahora tienen una definición clara sobre las radios comunitarias, porque la legislación guatemalteca no las definía. Según los funcionarios, ellos siguen indicaciones y la definición sobre las radios comunitarias es un punto de iniciativa importante y que las radios religiosas no entran en la definición de radios comunitarias.
Por último, Ana Lucia Campos Meléndez y Yesenia Yasmin Gonzales Gudiel, de la Unidad de Asuntos Internacionales de la PGN, dijeron que la institución que representan no tiene como su competencia el cumplimiento de la sentencia, sin embargo, afirmaron que la institución tiene bajo su responsabilidad la supervisión del cumplimiento de la sentencia y que tienen como plazo el 17 de diciembre de este año para presentar los avances del cumplimiento ante la Corte IDH.
¿Qué dice la sentencia de la Corte?
En cuanto a las medidas de restitución, la Corte IDH, determinó que los cuatro pueblos afectados deberán ser compensados económicamente por concepto de daños materiales, ya que sus equipos de producción y transmisión radial fueron confiscados.
Para las medidas de satisfacción ordenó al Estado de Guatemala hacer lo necesario para que en el plazo de un año los cuatro pueblos indígenas afectados, puedan operar nuevamente sin ninguna interferencia o persecución penal. También fijó, que en un plazo de seis meses, el Estado guatemalteco debería publicar en el Diario Oficial el resumen de la sentencia elaborado por la Corte IDH y en otro diario de amplia circulación a nivel nacional y en los idiomas mayas de los cuatro pueblos afectados.
Para las garantías de no repetición la corte resolvió que Guatemala debe adecuar las normativas internas para el Reconocimiento legal de la radio comunitaria y acceso efectivo de los pueblos indígenas a frecuencias radioeléctricas. Así mismo, ordenó que el Estado deberá abstenerse inmediatamente de enjuiciar criminalmente por el delito de hurto a los individuos que operan emisoras de radio comunitarias indígenas.
Se agrega que, en el plazo de un año, Guatemala deberá eliminar las condenas y cualquiera de sus consecuencias, dictadas contra las personas miembros de comunidades indígenas por el uso del espectro radioeléctrico. Por último, la Corte IDH determinó que el Estado deberá otorgar indemnizaciones compensatorias por cada pueblo afectado y también asumir las costas y gastos legales durante todo el proceso.