Créditos: Rony Morales
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La jueza es una de las operadoras de justicia criminalizadas por haber autorizado los convenios de colaboración eficaz de Odebrecht, que sirvieron para llevar a la justicia a funcionarios señalados de corrupción. Pero que ahora, son cuestionados por el MP de Consuelo Porras.

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió de forma definitiva un amparo solicitado por la Fiscalía de Asuntos Internos y ordenó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) conocer nuevamente la solicitud de antejuicio que presentó el Ministerio Público (MP) contra la jueza de mayor riesgo “A”, Claudette Domínguez, por haber autorizado los convenios de Odebrecht, caso en el que también se ha criminalizado a exfiscales anticorrupción.

La resolución implica que se deja sin efecto la resolución emitida por la anterior CSJ, que rechazó, sin entrar a conocer, la petición para investigar a la jueza. Ahora, será el nuevo pleno de magistrados que analice nuevamente el antejuicio.

La fiscalía se opuso al rechazo del antejuicio argumentando que su petición no podía ser denegada, porque había suficientes elementos para que el juez pesquisidor estableciera la coincidencia de indicios racionales contra la jueza, por la posible comisión de delitos.

“No analizó contextualmente los elementos de investigación preliminar que sustentan las diligencias de antejuicio, siendo que en el presente caso se aportó suficiente información, datos útiles y elementos de convicción que permiten determinar que el antejuicio pudo incurrir en ilícitos penales; no obstante, la autoridad objetada realizó, en forma errónea, un pronunciamiento de fondo valorando los elementos aportados, basándose en que no le compete intervenir en los asuntos que son competencia de jueces y magistrados…”, alega el MP.

La jueza durante el desarrollo de una audiencia en el Juzgado de Mayor Riesgo “A”. Foto Juan Rosales

El requerimiento para investigar a la juez Domínguez lo realizó la Fiscalía de Asuntos Internos porque consideró que pudo incurrir en los delitos de prevaricato y abuso de autoridad, al haber autorizado la realización de la audiencia en las que se aprobaron los acuerdos de colaboración eficaz con los representantes de la empresa brasileña.

La tesis de investigación preliminar del MP, que criminaliza a la jueza y a los exfiscales del caso, se contradice con la resolución de la propia presidencia de la CSJ, que fue la que ordenó a la fiscalía y a la jueza la realización de la diligencia por videoconferencia de Marcos de Cerqueira Lima Machado, Luiz Antonio Mamery y Eduardo Oliveira Gedeón.

CC respalda al MP

La Corte de Constitucionalidad dio la razón al MP y al emitir su fallo le otorgó el amparo definitivo. La decisión obligaría a la nueva CSJ a dar trámite al antejuicio y designar a un pesquisidor para que investigue y emita un informe con una recomendación de retirar o mantener el antejuicio de Domínguez.

Uno de los argumentos de la CC para amparar al MP, fue que la CSJ no fundamentó las razones por las que no entró a conocer la petición de retiro de inmunidad contra la jueza Domínguez. Por esa razón, ahora ordena emitir una nueva resolución.

“La conclusión a la que arriba esta Corte no interfiere en la decisión que compete únicamente a la autoridad cuestionada, en tanto no prejuzga acerca de la procedencia o no de la admisión a trámite de las diligencias de antejuicio. En consecuencia, el único efecto derivado de este fallo, al dejar en suspenso la resolución reclamada, será que la autoridad cuestionada, en ejercicio de la función que constitucionalmente le compete, examine en forma completa y objetiva las diligencias de antejuicio, emitiendo nuevo pronunciamiento conforme a su propio análisis del caso en el que decida si es viable o no su admisión a trámite”, ordena la CC.

Jueza realizó audiencia por orden de CSJ

El “hecho criminal” que el MP atribuye a la juzgadora fue haber autorizado que se realizara por videoconferencia desde Brasil, la audiencia en la que fueron autorizados los convenios de colaboración eficaz de los empresarios brasileños.

Sin embargo, en un oficio del 1 de septiembre del 2017, consta que fue la CSJ que instruyó a la juzgadora la realización de la audiencia en previa coordinación con el ente investigador y que la misma se efectuara por videoconferencia.

“La juez debe instruir al MP para que realice el trámite correspondiente, para realizar la audiencia de primera declaración por medio de videoconferencia, en la que debe constar la presencia e identidad de los testigos y que no estén sometidos a coacción y que la declaración que prestan la realizan libremente”, ordena la CSJ.

Asimismo, autorizó que se coordinara con la Dirección de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Esa autorización derivó de una petición previa de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), que era dirigida por Juan Francisco Sandoval.

Un caso de criminalización

Esta investigación de corrupción transnacional tuvo un giro con el cambio de autoridades en el MP. Se dejó de perseguir a los actores vinculados en la presunta transacción anómala, y se inició la persecución contra quienes habrían descubierto e investigado el caso.

Según la FECI y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), una presunta estructura criminal liderada por el entonces ministro de Comunicaciones, Alejandro Jorge Sinibaldi Aparicio, hizo cobros ilegales a cambio de realizar los desembolsos a las entidades contratistas. Estos cobros, según la investigación, consistían en porcentajes que iban desde el 5% al 15%. Una de las entidades que tenía contratos con el Ministerio de Comunicaciones era la constructora Norberto Odebrecht S.A.

Por haber hecho esa investigación también el MP persigue al exjefe de la FECI, quien tiene orden de captura autorizada por el Juzgado Cuarto Penal. Así como a los exfiscales que estuvieron encargados de la pesquisa.

La Sala Segunda de Mayor Riesgo, que ya había rechazado impugnaciones en el mismo sentido y confirmó las audiencias de anticipo de prueba, en una resolución cambió de criterio y dejó sin validez esos acuerdos por supuestas irregularidades. Esta semana también fueron anulados otros acuerdos de colaboración eficaz.

En relación al fallo de la CC, el exfiscal Juan Francisco Sandoval opinó: “Como todo lo actuado por el MP es contradictorio. Cuando me criminalizaron por el caso Odebrecht dijeron que yo había atentado contra la buena fe de la jueza Claudette Domínguez. Posteriormente, para tener cierto sustento de la farsa que montaron les fue necesario plantear antejuicio contra la jueza Domínguez”.

La jueza se sumaría a los casos de Miguel Ángel Gálvez, Erika Aifán, Carlos Ruano y Pablo Xitumul, quienes enfrentaron solicitudes de antejuicio por casos de criminalización, pero tuvieron que dejar la judicatura y salir al exilio para resguardar su integridad.

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