Cierran investigación penal por espionaje contra exministro Acisclo Valladares

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Créditos: eP. Exministro Acisclo Valladares.
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La investigación penal por espionaje contra el exministro Acisclo Valladares Urruela fue archivada por resolución de la Sala Tercera de Apelaciones, previamente el juez séptimo Fredy Orellana, ordenó enviarla a un juzgado de menor rango, ya que según él, se trataba de delitos menos graves.

Por Alexander Valdéz

La investigación que surgió por un supuesto espionaje realizado por Acisclo Valladares Urruela, ministro de Economía del gobierno de Jimmy Morales, será archivada por orden de la Sala Tercera de Apelaciones, que ordenó al Ministerio Público (MP) no continuar con la pesquisa al exfuncionario.

La resolución obedece a una apelación analizada por los magistrados Jaime Amílcar González, Zonia de la Paz y Edith Pérez, quienes la declararon con lugar y ordenaron que el caso se dilucide en el ámbito privado, es decir, la investigación penal no podrá continuar.

La defensa de Valladares Urruela apeló la resolución del juez séptimo penal Fredy Orellana, quien también dictó una resolución favorable para el exministro, ya que se declaró incompetente para conocer el proceso y lo trasladó a un Juzgado de Paz Penal.

Las decisiones benefician al exministro, quien actualmente enfrenta una condena en Estados Unidos por lavado de dinero y tiene vigente una orden de captura en Guatemala, ya que no podrá ser investigado por la vía penal en relación con este segundo caso por supuesto espionaje.

La decisión de los magistrados se tomó pese a que, en 2019, el MP y la CICIG señalaron que las acciones encuadraban en revelación de información confidencial o reservada, que es delito de acción pública.

Contra ese fallo, el MP tampoco presentó impugnación, lo que dejaría firme la decisión de los magistrados.

Sala: el MP no está facultado para intervenir

A criterio de la Sala, en relación a este expediente que vincula al exministro, el MP no está facultado para ejercer la persecución penal y considera que no hay una afectación a los “bienes jurídicos del orden público”.

“El procedimiento para los juicios por delitos de acción privada se inicia mediante: la acción penal promovida en querella por el querellante exclusivo directamente ante el Tribunal se Sentencia, por tratarse de controversia entre particulares en donde no hay afectación a bienes jurídicos del orden público no hay intervención del MP, más que la necesaria a criterio del tribunal de sentencia competente para el juicio el que lo acordará y enviará el expediente al Ministerio Público para una investigación preliminar, de no ser así el Ministerio Público no está habilitado para Intervenir en este tipo de juicios”, falló la Sala.

Los magistrados también resolvieron considerando que los argumentos de Valladares eran suficientes y valederos para aceptar su solicitud. “La naturaleza de los hechos y la calificación jurídica de los tipos penales en los que se han encuadrado los hechos, el competente para conocer de los mismos es el tribunal de Sentencia por medio del procedimiento específico para Juicios de Acción Privada, mismo que deberá promover directamente la parte agraviada conforme el procedimiento establecido”, concluyó.

Juez Fredy Orellana falló a favor del exministro

El juez séptimo penal Fredy Orellana, previo a que la Sala declarará que el MP no es competente para ejercer la persecución penal contra Valladares, emitió una resolución que también favorecía al exfuncionario, debido a que el caso no seguiría en uno de Primera Instancia Penal, sino en un Juzgado de Paz Penal; que conoce delitos menos graves.

En esa decisión, Orellana se declaró incompetente para seguir a cargo del expediente abierto por el MP. “Destaca que no es competente para seguir conociendo por considerar que corresponde a delitos menos graves. En cuanto al incidente de incompetencia estima el Juez que debe declararse sin lugar porque al no ser delitos de acción privada, la falta de acción queda sin materia”, según indican los antecedentes del recurso legal.

El juez Orellana es quien envió a juicio al fundador de elPeriódico, Jose Rubén Zamora, además, autorizó órdenes de captura contra abogados y exfiscales que investigaron casos de corrupción.

Una investigación que nunca avanzó 

En 2019, cuando la CICIG dejó el país, publicó la investigación que trabajaba contra el exministro. Dicho expediente fue entregado al MP que ya dirigía la fiscal general Consuelo Porras.

Según la CICIG en conjunto con la FECI, realizaron un allanamiento, registro y secuestro de documentos en el edificio Albero, específicamente en el apartamento Villa 12, ubicado en la 25 Avenida, 1-65 de la Zona 15 capitalina.

“Como resultado de la diligencia se logró la obtención de indicios relevantes y significativos que permiten inferir la práctica de seguimientos, escuchas e intervenciones de teléfonos celulares sin la debida orden judicial por parte de funcionarios de la empresa telefónica TIGO, cuyos resultados eran reportados al señor Acisclo Valladares Urruela”, informaron.

La CICIG aseguró que dentro de los indicios recolectados en el allanamiento se cuenta con los documentos, los cuales luego de ser analizados permitieron establecer que varios miembros de un partido político de oposición y personas particulares, fueron sometidos a seguimientos y escuchas telefónicas sin orden judicial, “configurando un caso típico de espionaje ilegal”.

El espionaje fue en contra de integrantes del partido político Movimiento Semilla, Niels Erichsen Vargas, María Fernanda Toriello Molina y Miklos Nagy Deak.

En 2022, el exministro aceptó los cargos que Estados Unidos hizo en su contra por el delito de conspiración para participar en una transacción monetaria en comercio extranjero por medio de una institución financiera, delito por el cual fue condenado.

El exfuncionario al volver al país deberá enfrentar a la justicia por el caso “Red de Poder, Corrupción y Lavado de Dinero”. Dentro del proceso penal que se sigue en su contra por la posible comisión de asociación ilícita y lavado de dinero.

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