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Créditos: Alexander Valdéz
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

Un Juzgado de Trabajo había ordenado la reinstalación de Beny Obdulio Román Chanquín, actualmente procesado por irregularidades en la transmisión de resultados de la primera vuelta de las elecciones generales de 2019.

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) dejó sin efecto la resolución emitida por el Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, que había ordenado reinstalar al exdirector de informática del Tribunal Supremo Electoral (TSE),  Beny Obdulio Román Chanquín, destituido y procesado por irregularidades en la transmisión de resultados de las elecciones del 2019.

La CC analizó un recurso planteado por el TSE, que se opuso a la reinstalación de Román Chanquín. “La autoridad cuestionada no tomó en cuenta los argumentos vertidos en apelación, obligando a reinstalar a un funcionario, sin tomar en consideración los elementos probatorios aportados al evacuar la audiencia que le fuera conferida, los cuales demuestran que existe causa justificada para la remoción”, alegó.

“El cargo de ‘Subdirector de Informática’, de conformidad con el artículo 15, del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo del TSE, en forma expresa está regulado como un cargo de confianza y, por lo tanto, de libre remoción y nombramiento, argumentos que no tomó en consideración la Sala reprochada al emitir el primer acto reclamado y de igual forma, al resolver los remedios procesales que fueron declarados sin lugar”, argumentó el TSE.

Juzgado y Sala ordena reinstalación

La Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social confirmó la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, que declaró con lugar la solicitud de reinstalación promovida por Román Chanquín contra el TSE y, como consecuencia, ordenó su inmediata reinstalación en el puesto de trabajo que venía desempeñando o en otro de igual o mejor categoría.

El exsubdirector de informática enfrenta, actualmente, un juicio en el Tribunal Quinto de Sentencia Penal, junto a Gustavo Adolfo Castillo González. Los extrabajadores del TSE fueron capturados el 7 de agosto de 2019, cinco días antes de la segunda vuelta, que ganó Alejandro Giammattei. Ese día, la Fiscalía de Delitos Electorales explicó que estas personas pudieron haber cometido el delito de incumplimiento de deberes y destrucción de registros informáticos.

CC revoca la resolución 

Al analizar el planteamiento del ente electoral, la CC decidió aceptar los argumentos vertidos y por esa razón decidió revocar el fallo que avaló la reinstalación del trabajador en la institución.

“Todo lo considerado evidencia la existencia de agravio que lesionó los derechos y garantías constitucionales del TSE y que debe ser reparado por esta vía, razón por la que, el amparo deviene procedente, y habiendo resuelto en diferente sentido el a quo, es procedente revocar el fallo conocido en grado por las razones consideradas, y como consecuencia, dejar en suspenso en forma definitiva los actos reclamados, debiendo emitir la Sala cuestionada, un nuevo pronunciamiento de fondo, tomando en cuenta lo acá considerado”, resolvieron los magistrados.

Es decir, los magistrados dejaron sin efecto la primera resolución y ordenaron a la Sala de Apelaciones que avaló la reinstalación, a que analice nuevamente el caso y emita una nueva decisión, de acuerdo a los aspectos mencionados por la CC.

Un proceso penal activo 

Las irregularidades detectadas por el Ministerio Público (MP) se conocieron durante la transmisión de resultados de la primera vuelta. La investigación determinó que el programa utilizado para generar los datos, duplicó los resultados que aparecían de las casillas 11 a la 16 y los de la 21 a la 26.

Desde el día de las votaciones, hubo señalamientos contra el TSE, ya que no cuadraban las actas digitadas con lo que aparecía en el sistema. Mientras que en otros casos se repetían los datos.

Durante el proceso de revisión de actas electorales, una comisión del TSE y de fiscales informáticos de las diferentes agrupaciones políticas confirmaron las irregularidades en la suma de los votos emitidos y que luego fueron digitalizados.

Los propios acusados reconocieron las fallas en el sistema informático y, justificaron que ello había sido informado previamente al pleno de magistrados de aquel momento. El MP incluso presentó antejuicio contra los togados, pero la CSJ no aceptó para su trámite la solicitud de retiro de inmunidad.

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