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Decreto ley para “proteger a la familia” atenta contra los derechos de las mujeres

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Créditos: Juan Rosales.
Tiempo de lectura: 4 minutos

La diputada Lucrecia Mack considera que la Ley Para la Protección de la Vida y la Familia, aumenta el estigma, discriminación, intolerancia, discursos y crímenes de odio en personas que no se identifican como heterosexuales. El abogado constitucionalista Oswaldo Samayoa señala que la normativa viola el reconocimiento de la igualdad, la libertad de expresión y el derecho de definir con libertad la preferencia sexual. 

Por Diego Petzey

La noche del pasado 8 de marzo, 101 diputados aprobaron la iniciativa de ley 5272 denominada: “Ley Para la Protección de la Vida y la Familia”, que posteriormente se conoció como decreto 18-2022. En su contenido establece que uno de sus objetivos contempla la protección del derecho a la vida, el derecho a la familia, la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer, la libertad de conciencia y de expresión, así como el derecho de los padres a orientar a sus hijos en temas de educación sexual.

Total de diputados que votaron a favor y en contra del decreto 18-2022. Y la cantidad de diputados que estuvieron ausentes.

Durante la sesión, la diputada Lucrecia Hernández Mack, del partido Semilla, advirtió que la iniciativa de ley considera básicamente a quienes no son heterosexuales como “personas anormales” y que esta situación podría aumentar el estigma, discriminación, intolerancia, discursos y crímenes de odio.

Hasta octubre del año pasado el Observatorio por Muertes Violentas de la Red Nacional de la Diversidad habría contabilizado 28 crímenes por prejuicios hacia personas de la diversidad sexual.

Fotograma. La diputada Lucrecia Hernández Mack durante su intervención en la aprobación.

La diputada Hernández también mencionó que la referida ley implica que existan suficientes ginecobstetras para aplicar el aborto terapéutico, ya que se necesitarían tres de ellos para aprobarlo y salvar la vida de una mujer, sin embargo en Guatemala no hay suficientes especialistas.

“En ningún centro de salud, en ningún centro de atención permanente (CAP) van a encontrar ustedes más de un médico haciendo turno o dando atención del parto, eso significa que vamos a estar poniendo en peligro la vida de mujeres, porque no se tiene como sistema de salud suficiente personal especializado para atender esta iniciativa de ley”, agregó.

Para la diputada, el decreto 18-2022 presenta varias inconstitucionalidades, irrespeta y viola el derecho a la libre expresión del pensamiento y la libertad de credo. También dijo que a las familias hay que protegerlas con acceso a salud, educación, viviendas e ingresos dignos, entre otras.

Por su parte, el abogado Oswaldo Samayoa considera que la aprobación de esta ley tiene varias implicaciones para la sociedad guatemalteca: la primera, de tipo jurídico constitucional, porque el decreto 18-2022 va en contra del avance que tiene la Constitución vigente, en cuanto al reconocimiento de la igualdad y a los derechos inherentes. La segunda, atenta contra uno de los derechos inherentes de la persona, reconocidas por la constitución: su libertad de expresión y a definir libremente su preferencia sexual.

Foto: Juan Rosales.

Para el abogado, el decreto aprobado define qué es un núcleo familiar o quiénes son o no las personas heterosexuales, ya coloca en desventaja a las personas de la comunidad LGTBIQ+, porque presenta un posible rasgo de discriminación, al denominarlos como una minoría y romper con la posibilidad de igualdad.

Están reviviendo las prohibiciones

A decir de Samayoa, la Constitución vigente, del año 85, nunca fue desarrollada en sus preceptos constitucionales, quedando atada al código civil del 1963 y lo que hicieron fue revivirlo, sabiendo que aquel código ya no representa la realidad moral del país, que admite abiertamente la diversidad sexual.

Esto no es algo ajeno a lo que ya se conoce en Guatemala, “es decir, están reviviendo las prohibiciones, porque lo que legislaron era innecesario de legislar”, destacó Samayoa.

Foto: Juan Rosales.

“La mujer que decide hacer un ejercicio de maternidad, adoptando sin necesidad de una pareja hombre, con esta ley a queda vetada ese derecho”, agregó.

El decreto sujeta a las mujeres a un rol social determinado

Samayoa refiere que el decreto tiene una afectación directa sobre los derechos de las mujeres, es la posibilidad de sujetarlas a un rol social determinado, como lo es su obligación de reproducción de la especie, por lo tanto la criminalizan con mayor pena si llegar abortar.

Asimismo, el decreto define que la familia nuclear solo se puede componer de madres y padres, y su implicación que dentro de esta definición designan un rol especifico “que la mujer es para la procreación y para las tareas de la casa” y una tercera implicación es que ellas no pueden elegir ser madres si no tienen sin pareja, es decir una mamá adoptiva por ejemplo, porque el articulo 14 de la ley dice que el núcleo familiar adoptante tiene que estar compuesto por mamá y papá, entonces para la mujer que decide hacer un ejercicio de maternidad, adoptando sin necesidad de una pareja hombre, ha quedado vetado ese derecho.

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