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Créditos: Edwin Bercian.
Tiempo de lectura: 4 minutos

 

Lunes 30 de noviembre de 2020.- En el día de las y los periodistas en Guatemala, ARTICLE 19 desea manifestar su preocupación por un conjunto de acciones que desde distintos niveles de Gobierno en Guatemala se han emprendido, configurando un ambiente poco propicio para el ejercicio libre y seguro del periodismo crítico e independiente.

El presidente Alejandro Giamattei al tomar protesta como presidente de Guatemala en enero de este año, asumió un compromiso por la libertad de expresión que a lo largo de este año no se ha visto concretado en acciones para garantizar el ejercicio de dicho derecho y por el contrario, encontramos expresiones que mantienen la lógica de censura y represión de administraciones anteriores. Algunos de los puntos de preocupación son los siguientes:

  • El uso del aparato estatal para atacar periodistas sigue siendo una forma de amedrentamiento constante, provocando un efecto inhibidor del ejercicio periodístico. Aunque no hay estudios que lo evidencien, se percibe que actualmente los índices de impunidad de los crímenes contra periodistas en Guatemala son muy elevados y hasta ahora los indicios señalan que dicha impunidad se mantiene.
  • En el ámbito de prevención, no se han registrado avances en la construcción de un mecanismo de prevención y protección para personas periodistas y defensoras de derechos humanos, cuyo compromiso asumió el Estado de Guatemala desde 2012.
  • La prevalencia de campañas de difamación y la difusión de narrativas falsas o el uso de cuentas falsas en las redes sociales, desacreditando el trabajo de periodistas e intimidándoles, forman parte de la intolerancia hacia la prensa.
  • La criminalización y persecución judicial de periodistas parece ser una herencia que se transmite de administración en administración, lo cual ha generado un efecto inhibidor que ha trascendido a generaciones de periodistas y medios hasta el día de hoy. Las amenazas legales buscan intimidar y silenciar voces discordantes o críticas, con el fin de que abandonen su posición. Un ejemplo de ello fue la denuncia penal que interpuso el director del Centro e Gobierno contra periodistas de Plaza Pública.
  • En las agresiones contra mujeres periodistas persisten patrones sexistas que las ubican aún en roles estereotipados y el propio hecho de ser periodista es interpretado en algunos espacios como una situación que rompe con lo asignado y que, por tanto, debe ser castigado. El impacto de las prácticas discriminatorias y prejuicios contras las mujeres afecta el ejercicio de la libertad de expresión, de tal manera que ellas se encuentran en doble riesgo, por su condición de género y por su labor periodística.
  • La labor de los comunicadores sociales es riesgosa porque se vuelven pilares en la defensa de los derechos humanos en el ámbito comunitario, donde la información juega un papel importantísimo en la organización y la defensa de la tierra y el territorio. Las/los periodistas comunitarios luchan todos los días porque la información llegue a la gente, más aún cuando sus pueblos y comunidades están sujetas a la explotación de recursos naturales sin ningún beneficio social.
  • La subvaloración de las radios comunitarias en Guatemala permanece, así como las prácticas que criminalizan y judicializan a las/los comunicadores y operadores de las radios, desarrollando operativos para desmantelar y decomisar sus medios de producción radial, como fue el caso de Anastacia Mejía, directora de la radio Xol Abaj Radio y de Xol Abaj TV, acusada por los delitos de “sedición”, “atentado con agravaciones específicas”, “incendio agravado” y “robo agravado”.
  • En medio de la emergencia sanitaria por COVID-19, el presidente Alejandro Giammattei declaró el “estado de Calamidad Pública”, restringiendo los derechos de libertad de acción, libertad de locomoción, derecho de reunión y manifestación, así como el derecho de huelgas.
  • Si bien en el decreto no hubo una limitación expresa a restringir la libertad de prensa y de acceso a la información con el objetivo de evitar la propagación de la epidemia, el gobierno de Guatemala legitimó una serie de actos en contra de quienes, por medio del ejercicio de la libertad de expresión, cuestionaron las medidas adoptadas frente al Covid-19, incluyendo, el uso recurrente del estado de calamidad como pretexto para el abuso de autoridad y violaciones a la libertad de prensa, de información y asociación o protesta. Así como la falta de transparencia en el destino real de los recursos del Estado dirigidos a atender la crisis, cuya respuesta han sido intimidación, descalificación de medios y periodistas hasta la censura abierta.

Recomendaciones al Estado

  1. Es urgente que desde el gobierno de Guatemala se emita un mensaje claro y contundente a favor de las libertades de prensa y de expresión, reconociendo la legitimidad y el aporte de la labor periodística y, por ende, abstenerse de emitir cualquier declaración pública que criminalice o estigmatice a las y los periodistas.
  2. Desarrollar una política pública de prevención y protección a personas defensoras de los derechos humanos, periodistas y comunicadoras y velar por que, en efecto, esté contemplado un programa de protección a ellas, con el objetivo de prevenir agresiones y brindar amparo cuando se hayan dado o sean inminentes, con perspectiva de género, interseccional y de derechos humanos.
  3. Implementar procesos de capacitación de servidores públicos, personal del Ministerio Público y jueces que están a cargo de la atención de asuntos relacionados con periodistas en el ámbito de su labor, para que adquieran los conocimientos y capacidades necesarias para desempeñar su función en el marco de las obligaciones de garantía, respeto, protección y promoción de los derechos a la libertad de expresión y de acceso a la información, con perspectiva de género e interseccionalidad.
  4. Fortalecer con recursos humanos, financieros, legales y administrativos la Fiscalía de Delitos contra Periodistas, a fin de que investigar de forma completa, efectiva e imparcial los crímenes en contra de periodistas y comunicadores.
  5. Fortalecer un sistema de justicia independiente e imparcial que dirima y analice, con apego a derecho y al marco internacional de derechos humanos, los procedimientos interpuestos en contra de periodistas con motivo de su labor.
  6. Promover acciones entre las instancias y dependencias que forman el sistema de justicia guatemalteco para acabar con la impunidad en materia de delitos contra periodistas y comunicadores sociales.
  7. Derogar los delitos contra el honor, calumnia, difamación e injurias, tipificados en el Código Penal, pues inhiben la libertad de prensa.
  8. Reformar la Ley de Telecomunicaciones para dar cabida, en condiciones de igualdad, a la operación de radios comunitarias a cargo de comunidades rurales o indígenas, como lo establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, retomado en la iniciativa de ley 4087, titulada Ley de Medios de Comunicación Comunitaria.
  9. La Ley de Orden Público debe reformarse a fin de ajustarla a los principios internacionales de legitimidad, proporcionalidad y estricta necesidad en el uso de la fuerza.
  10. Para una mejor aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública, deberá promulgarse una ley general de archivos que estandarice los criterios de resguardo y acomodo de la información que genera cada dependencia de gobierno y, posteriormente, capacitar a las personas encargadas de su implementación.
  11. Impulsar una política de transparencia proactiva y promoción del acceso a la información que reconozca las brechas existentes para las poblaciones más vulnerables.

Nota publicada originalmente en:

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