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CIJ concluye la observación de las elecciones para magistrados de salas y de la Corte Suprema de Justicia

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Créditos: Ramón Cadena. Foto: aquiahora.com.gt
Tiempo de lectura: 5 minutos

Por CIJ

15 de julio del 2019

La Comisión Internacional de Juristas concluye Misión Internacional para la Observación de las Elecciones de Magistrados de Salas y de Corte Suprema de Justicia, haciendo un llamado a los tres sectores que integrarán las Comisiones de Postulación, a respetar rigurosamente principios éticos y jurídicos.

Después de cinco días de trabajo, la Comisión Internacional de Juristas concluyó su misión al país, reconociendo el papel de las y los jueces, que con sus resoluciones imparciales e independientes, han venido a rescatar durante los últimos años, el Estado de Derecho en Guatemala. Por ello, estos funcionarios públicos han sido objeto de presiones, campañas de difamación y hasta amenazas. El Presidente de la República Jimmy Morales incluso, con total falta de respeto hacia ellos, los calificó como “terroristas judiciales”. Esta calificación es un ejemplo de intromisión indebida del Poder Ejecutivo, en el Poder Judicial.

Por el contrario, ha quedado evidenciado que el comportamiento indebido de una o un juez, causa un grave daño a la sociedad y a la justicia en general, genera responsabilidad individual, pone en entredicho a la Administración de Justicia y provoca un grave riesgo de que una cultura de la impunidad se arraigue en la sociedad y se cometan más violaciones a los derechos humanos, distanciando aún más a la población en general, de las autoridades judiciales. Es un hecho que la sociedad guatemalteca ha perdido la confianza en la capacidad de la judicatura, para cumplir con sus funciones de manera independiente e imparcial.

Las presentes elecciones de magistrados de altas cortes, se lleva a cabo en el país en un clima de violencia e inseguridad, cuando los índices de impunidad van nuevamente en aumento. Paradójicamente, el Presidente Jimmy Morales anunció que el Mecanismo Internacional contra la Impunidad, que ha venido apoyando al Estado de Guatemala por medio de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), no sería prorrogado. Esta decisión del Presidente de la República es entonces incomprensible e inaceptable, ya que el Estado de Guatemala tiene la obligación de adoptar medidas eficaces para luchar contra la impunidad y la CICIG ha demostrado ser un mecanismo internacional eficaz contra la impunidad.

En este sentido, la Misión de la Comisión Internacional de Juristas insta nuevamente a las y los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, a que resuelvan cuanto antes, los casos relativos al mandato de la CICIG que se encuentran pendientes, siguiendo la tendencia jurisprudencial que dicha Corte ha aprobado anteriormente, en torno a la CICIG y la lucha contra la impunidad.

La Comisión Internacional de Juristas considera que dos de los casos que la CICIG ha investigado con éxito y que se relacionan con las Comisiones de Postulación, son el de “Comisiones Paralelas” y el llamado “Bufete de la Impunidad”. Estos casos han demostrado cómo opera en las Comisiones de Postulación y posteriormente, en el Congreso de la República, el tráfico de influencias, para lograr al final, la selección de magistrados por motivos indebidos, que actuarán parcializados y sin independencia.

La CIJ considera que es importante recordar estos casos, ahora que se inicia el trabajo de las Comisiones de Postulación, para no permitir que se repitan. En tal sentido, la CIJ hace un llamado al Sector Académico, al Sector Profesional y al Sector Justicia que integran dichas Comisiones de Postulación, para que apliquen los criterios éticos y jurídicos más rigurosos, al aprobar salvaguardas que garanticen que se llevará a cabo un proceso transparente, que devuelvan a la ciudadanía la credibilidad en la justicia.

La CIJ considera que no se debe permitir, bajo ninguna circunstancia, que participen como candidatos o candidatas a magistrados de las altas cortes, (a) las personas que se encuentren integrando las Comisiones de Postulación, en representación de alguno de los tres sectores ya mencionados; y (b) quienes estén ocupando puestos públicos relevantes en la administración pública. Por otro lado, según la Constitución Política de la República de Guatemala (artículo 215), las y los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, deberían elegir a sus representantes, para integrar la comisión encargada de postular magistrados de salas y no nombrarse a sí mismos para integrar dicha comisión.

Estas prohibiciones tienen su fundamento en la ética y en el derecho humano a la igualdad, ya que no se debe permitir la participación de personas, que estén en situación de ventaja, por el hecho de tener un puesto en la administración pública, que les permita influenciar a su favor o a favor de determinada persona, la decisión de las Comisiones de Postulación o posteriormente, la del Congreso de la República. De esta forma, se estarán estableciendo salvaguardas para evitar nombramientos indebidos, tal y como lo manda el Principio 10. de los Principios Básicos de las Naciones Unidas, sobre la independencia de la judicatura.

Otros aspectos que las Comisiones de Postulación deberán definir muy cuidadosamente son: (a) perfil de los candidatos; y (b) tabla de gradación, ya que se debe garantizar que el perfil del juez o magistrado que quiere la sociedad guatemalteca, esté de acuerdo con las necesidades del país y evitar que la tabla de gradación se convierta en un “traje a la medida” para elegir a personas que no llenen los requisitos de idoneidad, méritos y honestidad.

En lo que respecta a la próxima elección de magistrados, la aplicación de los artículos 76 y 77 de la Ley de la Carrera Judicial vigente, serán de vital importancia para garantizar la “preferencia” de jueces y juezas de carrera, en las salas de apelaciones y la “equidad” en la Corte Suprema de Justicia, entre juezas y jueces de carrera, con quienes hayan ejercido la judicatura, quienes hayan ejercido la magistratura y con abogados que se postulen y que reúnan los requisitos constitucionales y legales para el cargo. Dicha ley constituye un nuevo y novedoso marco, para la tarea que ambas Comisiones de Postulación deberán realizar, al definir las listas que presentarán al Congreso de la República. Para tal efecto, el Consejo de la Carrera Judicial debería emitir su Reglamento y así cumplir con la decisión de la Corte de Constitucionalidad dentro del expediente 3281-2018 of. 1.

Finalmente, la CIJ se permite hacer las siguientes recomendaciones: (a) El Colegio de Abogados debería orientar el proceso de elección de magistrados, ejerciendo la tutela de principios éticos y jurídicos en torno a dicha elección y aclarando el significado y contenido de conceptos fundamentales, tales como el perfil del Juez que necesita Guatemala y las categorías de la tabla de gradación y su evaluación, entre otros; y (b) En lo que respecta al Sector Académico, no debería únicamente limitarse a elegir en las Comisiones de Postulación a las personas más idóneas y honestas a ocupar cargos en las altas cortes, sino que también evaluar y revisar sus planes de estudio en las carreras de Ciencias Jurídicas y Sociales, para poner mayor énfasis en la formación de futuros profesionales, en su calidad de jueces, o de abogados litigantes o de fiscales.

Ramón Cadena, Director de la Comisión Internacional de Juristas para Centroamérica afirmó: “Sería muy positivo para Guatemala promover un debate social sobre el futuro de la justicia, para tratar de alcanzar consensos en temas relevantes relacionados con la Administración de Justicia. Los medios de comunicación han jugado un papel muy importante para que la sociedad comprenda con más claridad, en qué consiste la lucha contra la corrupción y la impunidad. Tanto los medios de comunicación, como la sociedad civil, juegan un papel fundamental para alcanzar un consenso en el campo de la justicia y así seguir avanzando en las reformas que ésta necesita.”

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