Corte IDH condena al Estado por autorizar operaciones mineras en propiedades de mayas Q’eqchi’

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Créditos: Prensa Comunitaria
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

La Corte IDH condenó a Guatemala por haber autorizado las operaciones mineras en terrenos que pertenecen a las comunidades mayas Q’eqchi’ en El Estor, Izabal.

Por Alexander Valdéz

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado de Guatemala por haber autorizado operaciones de la mina Fénix en propiedad privada de comunitarios mayas Q’eqchi’ en El Estor, Izabal. La máxima Corte internacional ordena al Estado titular las tierras y consultar a comunidades indígenas sobre proyecto minero.

En la demanda presentada la comunidad maya Q’eqchi’ se pidó reparar la violación de sus derechos por parte del Estado “frente a la política agraria y proyectos de industria extractiva en sus territorios”, así como la falta de medidas legislativas y administrativas por parte de Guatemala para asegurar sus derechos territoriales y de autogobierno.

En la audiencia ante la Corte, la comunidad de Agua Caliente Lote 9, ubicada en municipio de El Estor, expuso cómo se violentaron sus derechos a la tierra que habitan y que incluso compraron pero que el Estado se ha negado a escriturar.

La Corte IDH  concluyó que la consulta comunitaria no se realizó de manera adecuada, careciendo de respeto a las costumbres y formas de organización de las comunidades. Destacó la importancia de la sentencia de la Corte de Constitucionalidad de 2020.

“No obstante, entendió que las acciones posteriores de consulta, respecto de la Comunidad Agua Caliente, no resultaron adecuadas en las circunstancias propias del caso, por no ser amplias y participativas en modo suficiente. Por último, la Corte consideró que la falta de reconocimiento de la propiedad colectiva y la actividad minera impactaron la vida comunitaria y se vincularon a diversos actos de violencia y hostigamiento. Responsabilizó a Guatemala por la violación del derecho a la integridad moral de los miembros de la Comunidad”, indica la Corte.

Acá la resolución emitida:

Un pueblo en resistencia y lucha

En octubre de 2021, mientras la población Q’eqchi’ organizada mantenía resistencia pacífica en la entrada del municipio de El Estor, el gobernador, junto a elementos de la Policía Nacional Civil (PNC), llegaron al lugar y reprimió con bombas lacrimógenas y agresiones a quienes manifestaban.

Los pobladores se manifestaban pacíficamente en contra de la operación ilegal del proyecto Fénix, porque fueron excluidos por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) en una consulta ordenada por la Corte de Constitucionalidad (CC) en 2019.

El hecho ocurrió después de que las autoridades dieran la orden de desalojar a la resistencia y abrir el paso a las góndolas cargadas con carbón, que intentaban ingresar a la planta procesadora de níquel, ubicada en la región sur de El Estor.

Las comunidades de El Estor interpusieron un amparo por la falta de consulta previa, como reza el Convenio 169 de la OIT, y en 2020 la Corte de Constitucionalidad -CC- conminó a la empresa CGN a suspender actividades. Ésta no detuvo su accionar, y puso en marcha un proceso de pre-consulta en que se negó la participación de las organizaciones comunitarias que se oponen a la actividad minera, además de otras irregularidades.

Ante esta situación, en octubre de 2021 los cuatro Consejos Ancestrales Q’eqchi’s que representan a la población afectada, decidieron organizar un plantón que impidiera el paso de los vehículos de la empresa que entran y salen de la planta.

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