Por Lourdes Álvarez Nájera
Carlos Antonio Rodas Mejía, exsecretario de Bienestar Social de la Presidencia durante el gobierno de Jimmy Morales, implicado en el proceso penal por el caso de las 56 niñas quemadas, de las cuales 41 murieron en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción en marzo de 2017, fue beneficiado con un amparo otorgado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el 11 de febrero, que le permitiría una nueva revisión de su caso para salir de la cárcel.
La CSJ declaró otorgar el amparo solicitado por Rodas Mejía contra la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, el 11 de febrero y el martes 16 le notificó a los abogados que representan a las familias de las niñas víctimas, bajo el argumento que se había vulnerado el derecho de defensa del exfuncionario, su presunción de inocencia y su derecho a la libre locomoción, por lo que dejó en suspenso la resolución que fue emitida el 9 de mayo de 2017.
En esa sentencia emitida en mayo, dos meses después de la tragedia donde murieron calcinadas las niñas y otras quedaron gravemente heridas, la Sala Cuarta de Apelaciones indicó que Rodas Mejía, junto a Anahí Keller, exsubsecretaria de Protección y Acogimiento de la Niñez, y Santos Torres, exdirector del Hogar Seguro Virgen de la Asunción, debían permanecer en prisión preventiva mientras duraba el proceso para evitar que entorpecieran u obstaculizaran las investigaciones por parte del Ministerio Público (MP).
No obstante, desde diciembre del 2020, las maniobras legales de los abogados defensores de los exfuncionarios surtieron efecto, debido a que presentaron una solicitud para que Keller y Torres fueran beneficiados con prisión domiciliar, argumentando que llevaban varios años en la cárcel y que ese no era el espíritu de la medida.
Además, los abogados agregaron que no existía razón para pedir que los acusados permanecieran en la cárcel debido a que existían otras formas para garantizar que se mantuvieran ligados al proceso sin permanecer en prisión y además no consideraban que pudieran obstaculizar en el proceso de investigación.
En una nota de Andrea Rodríguez de Revista Ruda se citaron los argumentos de la jueza Rosa María López, que aceptó y señaló que había otras formas de garantizar que no se fugaran ni intervinieran en el proceso de esclarecimiento de la verdad, que benefició a Keller y a Torres con la medida de prisión domiciliar. Al escuchar esa resolución Keller se arrodilló y comenzó a orar.
En ese momento la defensa de Rodas Mejía no se sumó a la acción para pedir prisión domiciliar y en otra maniobra legal presentó el amparo que fue otorgado por la CSJ.
Abogado de las víctimas: “la justicia es ágil en estos casos y en otros no”
Édgar Pérez, del Bufete de Derechos Humanos y abogado de 14 familias de las víctimas del Hogar Seguro Virgen de la Asunción, confirmó que la resolución de amparo que otorgó la CSJ a Rodas Mejía les fue notificada el martes 16 de febrero, tan solo cinco días después de ser emitida.
“Es una resolución cuestionable y por esa razón inmediatamente nosotros planteamos una apelación que debe conocer y responder la Corte de Constitucionalidad”, indicó el abogado.
Según Pérez, ese proceso de apelación ante la CC se tardaría entre uno o dos meses, por lo que ahora deben esperar, pero indicó que llama la atención que el exfuncionario Rodas Mejía que ha solicitado la revisión de las medidas que se le impusieron en reiteradas ocasiones -la última en diciembre del 2020- a última hora decidiera que no iba a participar en la audiencia, donde “desafortunadamente para él” se autorizó la prisión domiciliar para Keller y Torres, indicó Pérez.
“Unos días antes, él mismo renunció a esa revisión y no compareció, pero es contradictorio que ahora se quiera revisar y se ordene que se dicte una nueva resolución para que, básicamente, se le otorgue una medida sustitutiva”, aseguró el abogado.
En ese sentido, la estrategia de los abogados de Rodas Mejía sería utilizar el recurso de amparo para revisar lo que se ha realizado dentro del proceso penal, un extremo que no es permitido porque no puede ser usado como una instancia adicional para revisar lo que ya se hizo en el proceso regular.
“El amparo no se puede constituir en algo que revisa lo actuado en el proceso. El amparo no sirve para estar dando órdenes, porque se estaría convirtiendo en una acción de revisión. Es parte de lo que estamos tratando de luchar, incluidas un montón de injusticias que se han dado en este caso”, enfatizó el abogado.
Pérez lamentó que en este caso el amparo que otorgó la CSJ fue rápido, “vemos como en algunos casos la justicia es ágil y en otros no. Por ejemplo, en contraposición a esta acción, hasta hoy no han resuelto darle trámite a la casación en el caso del defensor de los ríos Bernardo Caal, que fue presentado el 29 de septiembre del 2020”.
Al momento serían cinco meses sin que se le haya dado trámite a ese recurso presentado a favor de Caal, “no le ha dado trámite y mucho menos nos ha notificado nada”, lamentó Pérez, quien añadió que existe agilidad y una “diferencia abismal” para algunos casos que el sistema de justicia guatemalteco brinda, como pasa con Rodas y Caal. “Es una diferencia abismal, dependiendo de quién se trate”, aseguró.
De momento, en lo que se resuelve ante la CC el recurso presentado por la defensa de las víctimas del Hogar Seguro y se programa una nueva audiencia donde se decidirá el futuro de Rodas Mejía, él se encuentra guardando prisión.