Créditos: Congreso de Guatemala
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Con estas reformas a la Ley Orgánica del Organismo Judicial se estarían ratificando las realizadas a la Ley de la Carrera Judicial, hechas en 2022, y que dejan en manos de los magistrados el poder de los cambios, traslados, ascensos, despidos de jueces y personal.

Por Rony Ríos

En el Congreso de la República avanzó en segunda lectura la iniciativa de Ley 6239 que propone las reformas a la Ley Orgánica del Organismo Judicial (LOOJ) y que es impulsada por la presidenta del Legislativo, Shirley Rivera.

La iniciativa pretende reformar dos artículos de la LOOJ sobre las atribuciones administrativas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del presidente del Organismo Judicial (OJ).

Según la organización Guatemala Visible, en esta iniciativa se proponen cambios relacionados a los ascensos, traslados, cambios, despidos de jueces y personal del Organismo Judicial.

Con las modificaciones a la Ley, los ascensos y traslados ya no estarían sujetos a la Ley de la Carrera Judicial si no quedarían a discreción únicamente del pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Guatemala Visible también resalta que una vez aprobada la normativa ya no podría ser modificada, según lo contenido en la iniciativa que ha avanzado sin discusión alguna en dos de los tres pasos necesarios para cobrar vida.

Carmen Aída Ibarra del Movimiento Pro-Justicia (MPJ) resaltó que las reformas que se discuten actualmente en el Congreso son una confirmación del retroceso en las normativas auspiciadas en gran medida por la Corte de Constitucionalidad (CC).

Ibarra explicó que, a través del Decreto 7-2022, emitido por el Congreso de la República, se reformó la Ley de la Carrera Judicial, transfiriendo todo el poder, nuevamente, a la CSJ y despojando a un ente autónomo como el Consejo de la Carrera Judicial de sus atribuciones en el tema de nombramientos, ascensos y traslados de jueces.

“Algunos elementos significan un retroceso hasta la primera Ley de la Carrera Judicial aprobada en 1999; el resto corresponden a regresar a la normativa vigente en 2016”, dijo Ibarra.

Además, la directora de Pro-Justicia indicó que con las reformas realizadas y, las que pretenden ejecutar próximamente, solo propician el ambiente para que los magistrados de la CSJ se vuelvan a sentir jefes y existan más casos como el del juez Carlos Ruano, donde son llamados a sus despachos para recibir instrucciones.

Ibarra indicó que este tipo de acciones no se deberían dar, porque tanto jueces como magistrados, son operadores de justicia con diferentes atribuciones, pero ambos con independencia. Sin embargo, al “restaurar el ego herido de los magistrados que fueron despojados de ese poder” hay más riesgo de que se repitan casos como el del juez Ruano, cuando fue llamado por la magistrada Blanca Stalling para procurar que su hijo fuera beneficiado con una medida sustitutiva por un caso de corrupción.

La CC avaló el retroceso

A través de la resolución de siete expedientes, la CC resolvió que las reformas de 2016 contenían inconstitucionalidades y resolvió que el poder debía ser restituido a la CSJ.

La CC resolvió los expedientes acumulados 6003-2016, 6004-2016, 6264-2016, 6456-2016 y los expedientes individuales 5815-2018, 6528-2019 y 5729-2021.

Al declarar inconstitucionales las reformas, la CC dio vía libre para que el Congreso a través del decreto 7-2022 reformara la Ley de la Carrera Judicial y ahora comenzara el trámite para hacerlo con la Ley del Organismo Judicial.

Según Pro-Justicia, con las reformas de 2022, el Congreso eliminó la independencia funcional del Consejo de la Carrera Judicial (CCJ), elimino puestos en el mismo -teniendo menos integrantes que en 1999-, redujo de 16 a 7 atribuciones del Consejo -igual que en 1999-, se eliminaron órganos disciplinarios y las evaluaciones de desempeño, entre otras.

Además, la presidencia del Consejo queda en manos del presidente del OJ y la CSJ y las suplencias en el Consejo de la Carrera Judicial son ocupadas por magistrados de la CSJ.

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