Créditos: Diego Oscal
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En la denuncia se hacía ver que el juez había emitido una resolución ilegal, porque negó la libertad condicional a Virginia Laparra únicamente por haber brindado declaraciones a los medios de comunicación.

Por Prensa Comunitaria 

El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió rechazar la solicitud de antejuicio que presentaron Joseline Nayareth Jácome sosa y Fernando Raúl Alarcón Perla, en contra del juez séptimo Sergio Mena, quien conoció el primer caso contra la exfiscal anticorrupción Virginia Laparra, a quien mantuvo en prisión preventiva hasta enviarla a juicio.

A criterio de los denunciantes, en la resolución del 7 de junio de 2022, emitida por una audiencia de etapa intermedia y solicitud de libertad condicional, el juez Mena Samayoa, “actuó de forma arbitraria toda vez que introdujo circunstancias que no se encuentran reguladas en el Código Procesal Penal, mantuvo la prisión preventiva bajo el argumento que la señora Lilian Virginia Laparra Rivas brindó declaraciones a distintos medios de comunicación y que esto agravó su situación porque hizo ver a la población / guatemalteca que la justicia estaba parcializada”.

Pero, los magistrados consideraron que las acciones del juez no encuadran en hechos que puedan originar una investigación y resolvieron rechazar, sin entrar a conocer, la petición de retiro de inmunidad del juzgador.

“Esta CSJ considera que la solicitud de antejuicio no cuenta con los requisitos básicos para su admisión a trámite y por lo tanto se considera que la misma fue promovida por razones ilegítimas, ya que los hechos que se relatan en la querella comprenden actos realizados por el juez en el respectivo ámbito jurisdiccional, lo cual esta CSJ no puede conocer en materia de antejuicio, toda vez que la normativa legal vigente, establece los diversos medios de impugnación, que le asisten a los sujetos procesales para hacer valer dentro del caso concreto y así dilucidar sus inconformidades”, concluyó.

Dicha resolución fue firmada por Nery Medina, Benicia Contreras, Nohemí Falla, Josué Felipe Baquiax, María de la Luz Gómez, Sergio Pineda, Nestor Guilebaldo de León, Harold Ortíz, Carlos Lucero, José Antonio Pineda Barales, Sonia Doradea Guerra y Manuel Duarte.

Laparra pide anular condena

Ayer, la Sala Segunda de Apelaciones escuchó los argumentos de los abogados defensores de Virginia Laparra, con los que busca anular su sentencia emitida por el Tribunal Octavo de Sentencia Penal.

Dicho Tribunal condenó a Laparra a cuatro años de prisión conmutables, luego de haber sido hallada culpable del delito de abuso de autoridad en forma continuada. El fallo fue emitido en diciembre de 2022.

Laparra también tiene pendiente de resolver su situación legal por otro caso que surgió de otra denuncia del exjuez Lesther Castellanos, a quien ella denunció por filtrar información al abogado Omar Barrios.

Lea más detalles acá:

Virginia Laparra: “Los hechos por los que fui condenada no son un delito”

Criterio distinto en otros casos de jueces 

La CSJ en el antejuicio contra el juez séptimo resolvió que no se puede conocer denuncias que surjan de resoluciones emitidas por un juzgador.  Sin embargo, el criterio de la CSJ en otros casos ha sido diferente. En los casos contra los exjueces Erika Aifán, Miguel Ángel Gálvez y recientemente Carlos Ruano, los antejuicios que se han planteado en un mismo sentido sí han sido tramitados y se ha designado un pesquisidor.

En el antejuicio que se tramitó contra la exjuez Erika Aifán se le cuestionó por haber autorizado la conexión de una investigación relacionada con el caso Comisiones Paralelas 2020, que pudo ser impugnada. Mientras que, con el exjuez Miguel Ángel Gálvez se le tramitó una denuncia por haber enviado a prisión a señalados en el caso Cooptación del Estado.

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