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Créditos: foto (OJ)
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La jueza “B” del Juzgado Segundo Penal, Ruth Noemí Camey Equité, intentó detener su traslado ordenado por la CSJ, sin embargo, la CC no otorgó el amparo provisional, lo que mantiene vigente la decisión asumida por las autoridades del Organismo judicial (OJ).

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) no otorgó un amparo provisional solicitado por la aún jueza “B” del Juzgado Segundo Penal, Ruth Noemí Camey Equité, quien fue trasladada a otro juzgado y no había podido ser notificada porque se encontraba internada en un centro asistencial por problemas de salud.

La jueza indicó que se enteró del traslado ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en los medios de comunicación, y que se realizó sin que se le haya conferido audiencia o notificado legalmente de dicho traslado. Esta es la misma situación que han afrontado otros jueces que han denunciado traslados “arbitrarios” en el Organismo Judicial (OJ).

“Conforme a lo expuesto no existe una causa legítima, ni motivo justificado que viabilice el nombramiento con efectos de traslado, por lo que, se transgrede el principio de legalidad, garantías judiciales de inamovilidad y no remoción, derecho de audiencia y defensa y debido proceso que me asisten, siendo notoria la vulneración de mis derechos constitucionales”, concluyó la jueza.

Pese a los argumentos de la jueza, los magistrados, por mayoría, decidieron no conceder la protección provisional que buscaba detener la orden de la CSJ y evitar que fuera enviada a otra judicatura del OJ.

“Resolviendo la petición que al respecto formuló en el escrito originario la postulante del amparo, por razón de que, a juicio de esta Corte, las circunstancias no lo hacen aconsejable y porque no se dan los supuestos que prevé́ el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, se deniega el amparo provisional solicitado”, falló la CC.

Dicho traslado no se ha podido ejecutar debido a que la jueza, hasta el momento del anuncio del traslado, se encontraba suspendida de labores por los problemas de salud que padece. Por esa razón, el juez Marco Antonio Villeda, quien fue trasladado a ese juzgado, no ha podido tomar posesión.

Rony López: “Ningún juez puede ser trasladado sin causa justificada”

El único que emitió un voto razonado disidente fue el magistrado Rony López, quien consideró que sí había suficientes razones para conceder la protección provisional a la jueza Camey Equité. A criterio de López,  la inamovilidad o permanencia del juzgador en un determinado cargo, garantiza que no se pueda trasladar sin justa causa y sin que medie el proceso previsto en la ley.

“Existe doble agravio denunciado por la jueza, en primer lugar por lo ya expuesto y seguidamente porque no fue legalmente notificada del traslado que señala directamente como lesivo, pues de conformidad con el escrito inicial presentado, se evidencia que tuvo noticia del acto que señala como agraviante por medio de una publicación en un medio de comunicación escrito, en el que se anunció la disposición por la que se designó al juzgador que supuestamente ocupará su cargo, pero ella no fue notificada de esa decisión; por lo cual considero que, en el presente caso, se imponía la necesidad de otorgar la protección interina requerida”, concluyó.

CC avala traslado de jueces

El pasado 10 de mayo, el pleno de magistrados de la CC negó otro amparo provisional solicitado por la Asociación de Jueces y Magistrados que buscaba detener los traslados “arbitrarios” de jueces en el Organismo Judicial (OJ) y que han sido ordenados desde el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La decisión implicó que todo se mantenga igual y que la CSJ pueda continuar ejecutando el traslado de jueces. La resolución fue provisional y los magistrados de la CC deberán analizar de fondo el asunto y posteriormente dictar una sentencia definitiva.

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