El MP y la USAC intentaron que la CC ordenara al juez Víctor Cruz embargar cuentas bancarias de Eduardo Antonio Velásquez Carrera, así como de estudiantes y profesionales criminalizados. Su intención es garantizar un posible pago de reparación digna para esa casa de estudios.
Por Alexander Valdéz
La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó una apelación presentada por la Fiscalía de Delitos Contra el Patrimonio Cultural de la Nación y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) que buscaban que el juez décimo Víctor Cruz ordenara embargar cuentas bancarias de estudiantes y profesionales para así garantizar un posible “resarcimiento” por el supuesto daño provocado a las instalaciones de la USAC.
En la apelación, el Ministerio Público (MP) y el querellante reclamaron que únicamente se impuso el pago de Q10 mil como caución económica al profesional Eduardo Antonio Velásquez Carrera y al resto de implicados en ese expediente, además, reclamaron el levantamiento del embargo de cuentas del acusado.
“Dejó en estado de indefensión al levantar los embargos de cuentas bancarias del sindicado Eduardo Antonio Velásquez Carrera, ya que estos son necesarios para que sea atendido el deterioro de los bienes que fueron dañados, cuyo costo se estima que asciende en alrededor de Q90 millones, por lo que es necesario garantizar su derecho a una reparación digna, sin menospreciar la presunción de inocencia que le asiste al imputado referido”, se lee en la petición de la Fiscalía.
Por su parte, la CC rechazó la petición del ente investigador y la USAC, asegurando que por ahora las circunstancias no hacen aconsejable otorgar la apelación y el amparo provisional. Es decir, resuelve que la decisión del juez Cruz al levantar el embargo de cuentas fue legítima.
“Apreciados los hechos relatados por los postulantes, con base en el análisis efectuado a la copia de la pieza de amparo de primer grado y la resolución que se conoce en alzada, esta Corte advierte que, en el presente caso, no concurren las circunstancias que ameritan el otorgamiento de la protección interina requerida, ni se dan los supuestos regulados en el artículo 28 ibidem, por lo que debe confirmarse el numeral IV) de la disposición apelada, en cuanto deniega el amparo provisional solicitado”, señala la CC.
Cuando se levantó el embargo de las cuentas el juez consideró innecesario mantenerlo, debido a que se había impuesto el pago de una fianza y se debía resguardar la presunción de inocencia de los señalados.
Persigue al movimiento universitario
En el “Caso Toma USAC: Botín Político”, como lo nombró el Ministerio Público, se criminaliza a la comunidad universitaria por rechazar la “elección de rector” y considerarlo un acto ilegal. El caso es usado para implicar a varios diputados y al binomio presidencial electo, todos pertenecientes al partido Semilla.
Se han desarrollado audiencias de primera declaración contra estudiantes, profesionales y personal de la USAC. No todos han sido ligados a proceso penal, debido a que el juez no ha encontrado indicios para someterlos a una investigación penal.
El 16 de noviembre de 2023, el MP y la Policía Nacional Civil (PNC) allanaron las casas de varios profesores, estudiantes y personal administrativo y de servicios de la USAC. Se llevaron detenidos al decano de la Facultad de Veterinaria, Rodolfo Chang; al profesor e investigador, Eduardo Velásquez; al estudiante, en Física Aplicada, Javier de León Gómez; al profesor, Alfredo Beber; a la excandidata a diputada por el partido Movimiento Semilla, Marcela Blanco; y posteriormente, al sindicalista y trabajador de la Universidad, Martín Jorge Macario, entre otros.
Fueron 27 las personas con órdenes de aprehensión cuyas denuncias penales se promovieron desde la propia Universidad y firmadas por Walter Mazariegos. Los señalados fueron procesados en diferentes grupos, pudiendo salir de prisión con medidas sustitutivas.
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Piden al Gobierno garantizar el acceso a la justicia para 27 personas criminalizadas en el caso USAC