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El Ministerio Público (MP) no tiene facultades para anular los resultados electorales, por lo que al intentarlo habrían incurrido en delitos. Los abogados que obtuvieron el amparo provisional para proteger el proceso presentarán una solicitud para que se ejecute la protección constitucional.

Por Rony Ríos

Tras el anuncio realizado por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) sobre la declaración de nulidad sobre las actas con los resultados electorales, varios abogados han catalogado estas acciones como ilegítimas o ilegales.

La primera en alzar la voz públicamente fue la exfiscal general Claudia Paz y Paz, quien señaló que el Ministerio Público (MP) o los fiscales generales no tenían la facultad para declarar “nulas de pleno derecho” las actas electorales.

Esta declaración, la dio Paz y Paz tras la conferencia de la fiscal de la FECI, Leonor Morales Lazo, quien en más de una ocasión calificó las actas como nulas por el supuesto hallazgo de diversas irregularidades identificadas.

A esta declaratoria se sumó el abogado constitucionalista Edgar Ortiz, quien recordó que el MP no tiene competencia en el ámbito electoral. Además, Ortiz indicó que “el MP tampoco tiene facultades para pedirle al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que anule las elecciones”.

“Mañana a las 9:00 horas vamos a pedir una asistencia para la debida ejecución del amparo porque a nosotros nos concedieron un amparo provisional el 7 de octubre, cuando la Corte de Constitucionalidad (CC) dijo que instaba a todos los órganos a respetar la alternancia en el poder y los resultados electorales”, informó Ortiz.

El abogado constitucionalista señaló que con la interposición de esa acción legal van a solicitar a la CC que ponga un freno a las acciones del MP.

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Posible comisión de delitos

El exjefe de la FECI, Juan Francisco Sandoval, además de recalcar que el MP no tiene la facultad para decidir sobre temas electorales pudo haber incurrido en algunos ilícitos al intentar hacerlo.

Sandoval especificó que solamente el TSE puede convalidar o anular un proceso, así como el Tribunal no puede iniciar una persecución penal; “cada órgano tiene sus propias facultades”, enfatizó el exfiscal.

El exjefe de la FECI dijo que al menos, los fiscales de la FECI podrían haber incurrido en abuso de autoridad porque estarían utilizando su cargo para beneficio propio o de un tercero.

Asimismo, habría que analizar si también incurrirían en usurpación de funciones, por arrogarse facultades que solamente competen al TSE o violando la Constitución Política de la República de Guatemala, por la presunta alteración del orden constitucional.

Además, el exfiscal señaló que es necesario analizar los actos que realice el MP porque, aunque la FECI “solamente” haya declarado la nulidad de las actas en una conferencia de prensa, es necesario ver los actos y determinar si la comisión del delito se queda como una tentativa o son actos preparatorios para la consumación del acto delictivo.

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