CC deja firme condena contra Marco Pappa por violencia contra la mujer

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Créditos: Alexander Valdéz
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

El pleno de la CC negó el amparo solicitado por el futbolista, quien buscaba reactivar un recurso legal para anular la resolución de una Sala que convirtió la pena por violencia contra la mujer en inconmutable.

Por Alexander Valdéz

Un fallo de la Corte de Constitucionalidad (CC) dejó firme la sentencia condenatoria dictada contra el futbolista Marco Pappa, por violencia contra la mujer. Proceso por el que Yubini Mérida, juez de femicidio de Quetzaltenango, lo condenó a cinco años de prisión.

La defensa de Pappa intentó anular una resolución de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que declaró sin lugar el recurso de casación, interpuesto por motivos de forma y de fondo contra la condena.

El equipo legal del futbolista alegó que la Cámara Penal emitió un fallo arbitrario, debido a que no contiene una clara y precisa fundamentación. “No expuso las razones fácticas, jurídicas, probatorias, claras y precisas que motivaron las conclusiones a las que arribó; además, no tomó en cuenta que la vía del procedimiento abreviado fue propuesta por el MP, quien manifestó su anuencia para que la pena impuesta fuera de carácter conmutable”, añadieron.

Así fue la condena en el primer caso

En febrero de 2022, el Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del departamento de Quetzaltenango, en procedimiento abreviado, emitió fallo condenatorio contra Pappa Ponce, por el delito de violencia contra la mujer en su manifestación física y le impuso la pena de cinco años de prisión, conmutables a razón de Q5 diarios.

Sin embargo, contra esa decisión, el Ministerio Público (MP) interpuso recurso de apelación, el que la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, declaró procedente la petición fiscal y modificó lo relacionado con la pena impuesta, convirtiendo la pena en inconmutable.

“La pena no podía ser conmutable”

Al resolver, la CC consideró que la Sala que ordenó que la pena fuera inconmutable actuó adecuadamente, debido a que Pappa al ser reincidente no podía ser beneficiado con esa reducción de la sanción.

“La Sala de la Corte de Apelaciones constató en autos que el procesado Marco Pablo Pappa Ponce -ahora accionante previamente había sido condenado por la comisión de otro delito de violencia contra la mujer en su manifestación física y dicha sentencia ya se encuentra ejecutoriada, por lo que, la pena de cinco años de prisión impuesta por el juez de femicidio no podía ser conmutable, derivado a que esta representa la segunda sentencia dictada en contra del mismo procesado, escenario fáctico que impide el otorgamiento de medidas de excarcelación”, resolvió.

Tres condenas por el mismo delito

El 26 de julio de 2020, Pappa fue capturado y presentado ante juez por escandalizar en la vía pública en estado de ebriedad durante el toque de queda.  Además, se le denunció por violencia contra la mujer.

No es el primer proceso que enfrentó por ese mismo tipo de delito. Un juzgado de femicidio en Guatemala lo condenó en julio de 2018 a cinco años de prisión conmutables. El 05 de octubre de 2022, recuperó su libertad.

La Sala Segunda de Apelaciones de Femicidio ordenó la inmediata liberación de Pappa, luego de que se le redujo una tercera parte la condena de cinco años de prisión, por violencia contra la mujer, a 60 días.

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