Créditos: Emmanuel Andrés. En la CC, el MLP exige la inscripción de su binomio presidencial.
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El MLP recurre a la CC para la inscripción de su binomio. Con la denegatoria del TSE y la CSJ, se han violado derechos en tres dimensiones, el de los precandidatos, el del pueblo que los eligió y el de la ciudadanía, señalaron los abogados.

Por Regina Pérez

En una vista pública virtual en la Corte de Constitucionalidad (CC), último tribunal que puede ordenar la inscripción del binomio presidencial del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), los abogados y el secretario general del partido exigieron a los magistrados inscribir a Thelma Cabrera y Jordán Rodas.

La participación del MLP fue bloqueada desde un principio por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y luego por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que el pasado 13 de abril denegó en definitiva un amparo para inscribir al binomio.

El argumento que utilizó el TSE para no inscribir a Cabrera y Rodas fue que, en seguimiento a una circular emitida por el Tribunal al Registro de Ciudadanos se revisó el portal web de la Contraloría General de Cuentas (CGC), entidad encargada de extender la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos o finiquito, y que el documento no tenía validez puesto que aparecía con cargos jurídicos y una denuncia.

“Hoy soy la voz de los pueblos indignados, a quienes se les ha vedado el derecho de participación de elección, de ser electos y el derecho al voto”, dijo Cirilo Pérez, secretario general del partido a los magistrados de la CC.

“A 96 días de la convocatoria de las elecciones generales, el MLP sigue excluido y de esta contienda electoral, ¿dónde queda la democracia de la que tanto se habla, donde está el derecho de igualdad, de participación?”, manifestó.

El abogado Cástulo Gómez indicó que en su sentencia la CSJ consideró que los agravios denunciados por el MLP no tienen sustento, debido a que el Tribunal actuó de conformidad con sus funciones legales.

Gómez señaló que con una circular el TSE contrarió lo dispuesto en la Constitución Política. “El TSE basó su decisión en una circular que ellos mismos emitieron, hicieron de legisladores, jueces e investigadores porque fueron a investigar a la Contraloría el registro de Jordán Rodas, en donde aparecen unas anotaciones”, indicó.

Además, presentó el finiquito de Rodas el cual señaló es auténtico, legítimo y está vigente porque la ley estipula que ese documento tiene seis meses de vigencia.

El 23 de enero, el Procurador de Derechos Humanos (PDH), José Córdova, sucesor de Rodas en esa institución, presentó una denuncia en su contra, porque supuestamente hubo anomalías en los expedientes que presentó el precandidato en una solicitud para ser indemnizado. Hasta la fecha el MP no ha presentado el caso de Rodas en Tribunales.

El abogado Gustavo Maldonado expresó que en ningún momento se ha establecido que exista responsabilidad administrativa o penal de Rodas cuando no existe una sentencia que diga que ha sido declarado culpable, sin embargo, desde ya es tratado como que fuera culpable. Con esto, señaló que se viola el principio de la presunción de inocencia.

Al denegar la inscripción del binomio se violan tres derechos, el de Cabrera y Rodas, el de los pueblos que los postularon en asamblea y se limita el espectro de las candidaturas, de decisión y elección, violando el derecho de la ciudadanía de tener esa riqueza electoral y una propuesta política representativa, prosiguió Maldonado.

El abogado finalizó diciendo que el TSE se extralimitó con su resolución y la CSJ la confirmó. Solicitamos que si quieren restituir un poco de la legitimidad perdida de este proceso electoral resuelvan dentro del plazo establecido ordenando la inscripción inmediata del binomio presidencial conformado por Thelma Cabrera y Jordán Rodas, concluyó.

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Rodas señaló en un video publicado en su cuenta de Twitter que él no tiene ningún impedimento para participar pues tiene finiquito. “Lo que estamos pidiendo es que sea declarada con lugar (la apelación) y se ordene nuestra inmediata inscripción”.

Se espera que la CC resuelva en un plazo de cinco días a partir de la vista pública.

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