Créditos: Nelton Rivera.
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Este 14 de diciembre se llevó a cabo una vista púbica en donde abogados querellantes solicitaron a un tribunal de magistrados de la Sala de Apelaciones del juzgado de Femicidio, que ordene a la jueza de mayor riesgo A,  Claudette Domínguez, que incluya el delito de violencia sexual en contra de los militares acusados en el caso de la Zona Militar No. 21 (CREOMPAZ), ya que la juez omitió ligarlos a proceso por este delito cuando la fiscalía de Derechos Humanos había señalado que los militares abusar de forma sistemática a varias mujeres, adolescentes y niñas.

El abogado Santiago Choc, abogado director por parte de Famdegua, intervino en la vista pública argumentando por qué los delitos sexuales no deben excluirse del caso:

En el año 2016 se desarrollaron las primeras declaraciones de ciertos oficiales del Ejército de Guatemala. 11 fueron ligados a proceso. Después de la discusión y el acto conclusivo, finalmente ocho fueron enviados a juicio oral y público por los delitos de desaparición forzada y delitos contra los deberes de humanidad.  De estos ocho oficiales que van a enfrentar juicio, a cuatro de ellos, de los hechos que el Ministerio Público les acusó, la juez Domínguez omitió resolver con relación a muchas de las víctimas.  Hubo una tergiversación por parte de la juez, y si ella resolvió deliberadamente, podríamos proceder en contra de la juez.

Algo que hizo estremecer a la sala fue un audio que el abogado Choc presentó como una prueba que el Ministerio Público le imputó al acusado Juan Ovalle Salazar de delito de violencia sexual en contra de muchas mujeres víctimas.  En este audio se escucha a la fiscal del Ministerio Público:

 

(…) muchas mujeres fueron violadas de forma pública y colectiva, entre ellas a una niña de 11 años de edad a quien dos soldados del Ejército de Guatemala la tomaron de pies y brazos, la llevaron a una letrina donde habían otros dos soldados quienes estaban parados, le dijeron: ¡qué bueno que la trajeron! Procedieron a romperle la ropa con un cuchillo, le rompieron el güipil y el corte. Luego se bajaron el pantalón, mostrando sus genitales, le decían “esto es para vos”.  Procedieron a violarla sexualmente uno por uno (…)  El dolor que le causaban hizo que se desmayara y fue lanzada desnuda en un matorral (…).   También se dio el caso de una señora —que al igual que las niñas, se resguarda su identidad— que tenía 8 meses de gestación, a quien un soldado la tomó del cabello, le subió el corte y procedió a violarla frente a sus hijos menores de edad y demás mujeres que estaban ahí. Por el dolor que le causó se desmayó, a las demás mujeres las amenazaron con matarlas si decían algo.

Posteriormente se reprodujo otro audio en donde Domínguez resuelve omitiendo el delito de violencia sexual. Esto como prueba que señala la falta de la juez Domínguez.

El abogado Esteban Celada, representante de las víctimas del despojo de la finca de la aldea Chicoyogüito—donde se instaló esta base militar— dijo:  

No es casualidad que la jueza Claudette Domínguez, jueza contralora del proceso, haya hecho esta omisión o tergiversación de estos actos procesales. Da cuenta de esta desigualdad estructural y de no tener una perspectiva de género para entender los hechos que a ella se le están poniendo a consideración.  Es importante por eso el enfoque interseccional —que aborda múltiples discriminaciones— porque entran también los prejuicios y el racismo, cuando están presentándose casos en donde se evidencia que hay desprecio a la humanidad y a la vida de las personas de las cuales se está pidiendo justicia. 565 osamentas se han mencionado reiteradamente, el análisis osteológico de ellos, al menos 92 de las osamentas corresponde a menores de edad.  Las osamentas dan cuenta de violencia, de tortura, de disparos, de violencia sexual. Incluso hay dos fosas especiales en donde se encontraron osamentas de niños y de mujeres. Los hechos del pasado no pueden quedar en impunidad”.

Lea más sobre la aldea Chicoyogüito aquí

https://prensacomunitaria.org/chicoyoguito-cincuenta-anos-despues2/

También se pronunciaron los abogados de los militares. En resumen, dijeron que no eran válidos los argumentos de los abogados de las víctimas. Respaldaron las decisiones de la juez Domínguez, la cual —según ellos—,  actuó conforme la ley y pidieron al tribunal se desestime dicho amparo.

Después que todas las partes procesales se pronunciaron en relación a este amparo interpuesto por Famdegua, la sala decidió finalizar dicha audiencia. En donde especificaron que resolverán y notificarán a las partes en los próximos días.

De resolver favorablemente, la juez  deberá ligar a proceso a los acusados también por el delito de violencia sexual. Ellos son: 

  1. Manuel Benedicto Lucas García
  2. Carlos Augusto Garavito Morán
  3. José Antonio Vásquez García
  4. Cesar Augusto Cabrera Mejía
  5. Byron Humberto Barrientos Díaz
  6. César Augusto Ruiz Morales
  7. Juan Ovalle Salazar
  8. Raúl Dehesa Oliva
  9. Edgar Rolando Hernández
  10. Pablo Roberto Saucedo  Mérida
  11. Carlos Humberto Rodas López
Fotografía Nelton Rivera.

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