La organización ancestral es legítima, no terrorista

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Créditos: Prensa Comunitaria

Por Juan José Hurtado Paz y Paz

La decisión judicial emitida por el juez Mynor Moto que otorgó arresto domiciliario a Luis Pacheco y Héctor Chaclán no representa un acto de justicia. Después de un año y tres meses de prisión preventiva, ambos continúan sometidos a un proceso profundamente arbitrario: deberán permanecer en arresto domiciliario, pagar una fianza de Q320,000 y continuar enfrentando una acusación de asociación ilícita incorporada al proceso por orden de la Sala Cuarta de Apelaciones.

¿Quién responderá por el daño causado? Más de 15 meses de encarcelamiento injusto no se borran con una medida sustitutiva. Nadie devolverá el tiempo arrebatado, los proyectos interrumpidos, el desgaste físico y emocional, ni la angustia vivida por sus familias. Lidia, esposa de Luis, al igual que sus hijas e hijos y el resto de sus seres queridos, cargó cada día con el miedo, la incertidumbre y la impotencia de no saber hasta cuándo se prolongaría una injusticia evidente. Ese sufrimiento también es una forma de violencia. Cuando el Estado utiliza el sistema de justicia para perseguir a personas inocentes, tiene la obligación ética y jurídica de reparar integralmente el daño ocasionado. Lo mínimo que corresponde es exigir el resarcimiento a las víctimas de esta persecución judicial y que quienes provocaron ese daño asuman la responsabilidad por sus actos.

Además, acusar a Luis Pacheco y Héctor Chaclán de “asociación ilícita” es sumamente grave y peligroso. No se trata únicamente de un proceso penal contra dos personas, sino contra la organización comunitaria. ¿Por qué los poderosos le temen tanto a la organización de los pueblos?

Lo que está en juego es la criminalización de las formas propias de organización de los pueblos indígenas. Al presentar como sospechosa la organización ancestral, se pretende sembrar la idea de que quienes se organizan para defender derechos, ejercer autoridad comunitaria o proteger sus territorios constituyen una amenaza para el Estado.

Ese mensaje resulta inaceptable.

Las Autoridades Ancestrales no son estructuras clandestinas ni organizaciones criminales o terroristas. Son instituciones históricas que existen desde mucho antes de la creación del Estado guatemalteco. Su legitimidad nace de las comunidades, de los sistemas normativos propios de los pueblos indígenas y del ejercicio del servicio comunitario. Lejos de promover la violencia, han sido fundamentales para la resolución de conflictos, la búsqueda de consensos, la defensa del territorio y la preservación de la convivencia.

Pretender convertir esa forma de organización en una “asociación ilícita” constituye una expresión de racismo institucional. No es casualidad que este tipo de acusaciones recaiga sobre autoridades indígenas que ejercen liderazgo colectivo. Difícilmente se utilizaría el mismo razonamiento para calificar como ilícitas las juntas directivas de asociaciones empresariales, los colegios profesionales o cualquier otra forma de organización reconocida por los sectores de poder.

La resolución establece, además, un precedente profundamente peligroso. Si organizarse para defender derechos puede interpretarse como un delito, entonces cualquier comunidad que nombre autoridades, convoque asambleas, realice consultas comunitarias o exija el cumplimiento de la ley podría ser perseguida penalmente.

Esta práctica ya la conocemos. Durante la guerra interna, los sectores dominantes y los aparatos de seguridad del Estado construyeron la idea de que toda organización popular era enemiga. Se persiguió a sindicalistas, organizaciones campesinas, autoridades indígenas, líderes comunitarios, estudiantes, catequistas, cooperativistas y toda expresión organizada que reivindicaba derechos. La simple capacidad de organizarse fue presentada como subversiva para justificar la persecución. Las consecuencias fueron devastadoras: asesinatos selectivos, secuestros, desapariciones forzadas, torturas, masacres y la política de tierra arrasada que destruyó cientos de comunidades, mayoritariamente indígenas. Persiste la misma lógica de convertir la organización social en una amenaza para justificar su persecución.

Si no se permite ejercer libremente el derecho a la organización, no hay democracia.

El delito de asociación ilícita nació para perseguir estructuras criminales que buscan cometer delitos. Utilizar esa figura contra las Autoridades Ancestrales implica trasladar al imaginario colectivo la idea de que la organización indígena es, por sí misma, sospechosa de criminalidad. No solo se persigue a dos dirigentes; se coloca bajo sospecha una institución colectiva que ha sostenido la vida comunitaria de los pueblos mayas durante siglos. Ese es el verdadero alcance de esta resolución.

Por eso resulta tan preocupante que décadas después resurjan discursos y decisiones judiciales que vuelven a colocar bajo sospecha a quienes ejercen el derecho humano de organizarse. Es una demostración más de que el sistema de justicia ha sido cooptado para actuar como instrumento de represión y de persecución política contra quienes defienden los derechos de los pueblos.

Nadie está por encima de la ley, pero tampoco puede utilizarse la ley como instrumento para perseguir selectivamente a quienes incomodan al poder. La independencia judicial se demuestra aplicando el derecho con imparcialidad, no construyendo acusaciones que terminan debilitando derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, el Convenio 169 de la OIT y diversos instrumentos internacionales de derechos humanos.

Con anterioridad, el juez Mynor Moto ha sido objeto de fuertes cuestionamientos nacionales e internacionales por beneficiar con sus resoluciones a personas procesadas por corrupción y por debilitar investigaciones de alto impacto. Pero más allá de las personas involucradas, el patrón que se observa es profundamente preocupante: el derecho penal se utiliza para ejercer terror con el propósito de desalentar la participación ciudadana y proteger intereses de los poderosos.

Frente a ello, la respuesta no puede ser el miedo ni el aislamiento. Nuestra fuerza está en la organización; no la organización para el odio ni para la violencia, sino para el cuidado mutuo, la solidaridad, la defensa del territorio, la búsqueda del bien común y la construcción de una sociedad más justa.

Por eso hoy se hace necesario, más que nunca, defender la legitimidad de las Autoridades Ancestrales y el derecho de los pueblos a organizarse según sus propias formas de gobierno. Lo que está en juego no es únicamente la libertad de dos dirigentes indígenas, sino el derecho mismo de los pueblos a organizarse conforme a su historia, su cultura y sus propias formas de autoridad. Defender la organización no significa defender privilegios; significa defender uno de los pilares esenciales de toda democracia.

La organización de los diversos sectores y pueblos es sustento y fortaleza para una democracia verdadera. Quienes pretenden criminalizarla no solo atacan a las Autoridades Ancestrales; atacan el derecho de toda la sociedad a organizarse para defender sus derechos y construir Buen Vivir.

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