Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) volvieron a favorecer la continuidad del proyecto hidroeléctrico Palo Viejo al reiterar la suspensión del acuerdo que regulaba la consulta al pueblo maya Ixil. La decisión mantiene paralizado el proceso con el que el Estado buscaba reparar una omisión histórica.
Por Prensa Comunitaria
El pleno de la Corte de Constitucionalidad (CC) reiteró el fallo que suspendió provisionalmente el Acuerdo Ministerial 145-2026 del Ministerio de Energía y Minas (MEM), que establecía las reglas para realizar la consulta al pueblo maya Ixil de San Juan Cotzal, Quiché, sobre el proyecto hidroeléctrico Palo Viejo. La nueva resolución mantiene paralizado el único mecanismo creado por el Estado para cumplir una sentencia de la propia CC que ordenó reparar la omisión histórica de no consultar a las comunidades indígenas antes de autorizar el proyecto.
La resolución fue emitida dentro del expediente 4680-2026, promovido por la Asociación de Generadores con Energía Renovable. En ese amparo provisional, la CC ordenó remitir parte del proceso a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para continuar el trámite del amparo contra el Ministerio de Energía y Minas, pero reiteró expresamente el fallo otorgado en otro expediente y mantuvo suspendido el Acuerdo Ministerial 145-2026/SG que regulaba la consulta al pueblo maya Ixil.
Además, le ordenó a Bernardo Arévalo ejercer su función como superior jerárquico del Ministerio de Energía y Minas respecto de la creación de nuevas pautas para la consulta, señalando que el proyecto hidroeléctrico ya cuenta con autorizaciones firmes para operar.
Esta nueva resolución no fue unánime. Fue aprobado por Dina Ochoa, Julia Rivera, Astrid Lemus y Roberto Molina Barreto. Annabella Morfín firmó un voto razonado disidente, manifestando su desacuerdo con la decisión.
En este fallo hubo un cambio respecto de la resolución anterior, en la que la suspensión del Acuerdo Ministerial 145-2026 fue aprobada por Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa y Julia Maldonado, con los votos en contra de Astrid Lemus y Claudia Jocholá. En esta ocasión, Lemus cambió de posición y votó a favor de reiterar la suspensión, mientras que la presidenta Morfín, quien no integró el pleno anterior por haberse excusado, participó ahora y emitió un voto disidente.
La Corte de Constitucionalidad, a la opinión pública hace saber:
— CC Guatemala (@CC_Guatemala) July 17, 2026
En el siguiente enlace puede consultar las resoluciones y votos:https://t.co/S0ZXbeGmx7 pic.twitter.com/NNn2FjEBqY
Un fallo contradice a la pasada CC
La resolución vuelve a dejar sin efecto el instrumento con el que el Estado buscaba cumplir una obligación derivada del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Constitución y la propia jurisprudencia de la CC. El Acuerdo 145-2026 reconocía que el pueblo maya Ixil nunca fue consultado antes de autorizar el proyecto Palo Viejo y establecía un procedimiento para discutir medidas de reparación, compensación, mitigación de impactos y participación en los beneficios del proyecto.
Para las autoridades indígenas Ixiles, la suspensión representa un nuevo obstáculo para ejercer un derecho colectivo reconocido tanto por la normativa internacional como por la justicia constitucional guatemalteca. Aunque la hidroeléctrica opera desde hace varios años, la propia CC había establecido que la falta de consulta constituye una violación continuada que obliga al Estado a reparar esa omisión.
Con este nuevo fallo, el procedimiento administrativo vuelve a quedar detenido y se prolonga la incertidumbre sobre cuándo podrá realizarse la consulta al pueblo maya Ixil. Mientras tanto, el proyecto hidroeléctrico mantiene su operación y las comunidades continúan sin un mecanismo vigente para discutir los impactos de una obra autorizada sin haber sido consultadas previamente.
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