Parroquia de Nebaj busca desalojar a las Cofradías y Autoridades Ixiles

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Créditos: Estuardo de Paz

Iximulew, 5 Noj

Los conflictos entre curas y las cofradías/autoridades ancestrales no son nuevos en la región ixil y en otras zonas del país. Por ejemplo, en 1789 se produjo un levantamiento en Nebaj en contra de las violentas medidas sanitarias impuestas por el cura y la administración municipal para contrarrestar la epidemia de tifus, que incluían acciones como quemar casas, practicar sangrías y aislar violentamente a los enfermos.

Por Me’k Matom, Miguel de León Ceto

El tiempo ha pasado y muchos problemas que se creían superados vuelven a agitar las relaciones sociales en el territorio ixil. Presentamos un análisis general del conflicto entre la parroquia y las cofradías, a través de las cartas que ambas partes se han enviado, el memorial de las autoridades ancestrales y entrevistas con miembros de las cofradías, rezadores, contadores del tiempo y abogados. No hemos podido hablar con los miembros de la parroquia de Nebaj, lo cual esperamos hacer más adelante para conocer su postura.

De prohibir candelas a intentar desalojar  

El año pasado, varias personas me contaron que el cura de Nebaj había prohibido encender candelas dentro de la iglesia, una práctica milenaria, pues la iglesia de Nebaj se construyó sobre un antiguo cementerio y lugar sagrado ixil.

Txutx meertoma/cofrades de la cofradía de La Cruz, candelas y pino en una de las cruces de Nebaj. Foto: Leonel Morales.

Esta prohibición resultó ser parte de un conflicto más profundo entre el cura Juan de Jesús Nájera Reyes y las cofradías y autoridades ixiles, al punto de pedir el desalojo de las cofradías y los sacristanes y, por ende, otras autoridades ixiles que convergen en estos espacios.

En la carta del 28 de febrero, firmada por el cura, el vicario Juan Damián López y los consejeros, el Consejo Parroquial le pide a los sacristanes y cofrades de unificarse a la parroquia en todas las actividades que realiza, y ante la aparente negativa solicitan “desocupar las instalaciones parroquiales que están utilizando; que se lleven todo lo que les pertenece como cofradía … el lugar tiene que estar desocupado el 28 de marzo, sino no ha sucedido, la Parroquia de Santa María Nebaj lo hará con los requerimientos legales que le competen”.

Las y los cofrades, aaq’ii (contadores del tiempo/expertos del calendario maya) y autoridades ixiles respondieron la carta, mencionando los siguientes aspectos. Primero, que las cofradías ocupan “un espacio en la memoria del Pueblo Ixil y su resguardo es un derecho ancestral”. Segundo, hacen un llamado al diálogo y piden la mediación del nuncio y del obispo de la Diócesis de Quiché. Tercero, piden evitar la confrontación hacia las tradiciones milenarias de Nebaj. Finalmente, señalan que en respeto a las y los abuelos, las cofradías mantendrán su digna permanencia.

Recorrido de la cofradía de Santa María acompañado de músicos, tambor y chirimilla. Tanto la virgen como las y los cofrades portan vestidos ancestrales. Foto: Miguel de León Ceto.

La réplica de la iglesia no se hizo esperar, en otra carta firmada únicamente por el cura y el vicario señalan que la “propuesta de ordenamiento territorial y desocupación de dicho lugar propiedad de la parroquia” se enmarca en el hecho que “las cofradías surgieron durante el periodo colonial como medio de evangelización”. Por lo cual, la parroquia de Nebaj y la Diócesis de Quiché “como legitima propietaria del Bien Inmueble… en ningún momento ha prestado, ni ha otorgado permiso temporal o administrativo de dicho lugar a la cofradía”. Piden desocupar ágilmente las instalaciones y señalan una rebeldía de las cofradías.

Visita al nuncio y entrega de memorial

Por su parte, una delegación de cofrades, aaq’ii y autoridades indígenas viajaron a la ciudad capital para reunirse con el nuncio y entregarle un memorial y solicitud de intervención urgente. De acuerdo con una autoridad ancestral, el nuncio señaló que, debido a la jerarquía católica, la delegación ixil debía reunirse con el obispo de la Diócesis de Quiché, monseñor Juan Manuel Cuá Ajacum. Entre los aspectos más relevantes del memorial, están los siguientes:

  1. Motivo de la queja: Las acciones del cura y la junta directiva de la parroquia de Nebaj provocan una fractura social y espiritual en el territorio ixil. 
  1. Hechos denunciados: 1) el cura ha dicho en el púlpito que las cofradías son una “cultura ajena”, 2) prohibición del lenguaje ritual, principalmente el uso de las candelas, siendo “una profanación de la forma de hablar con Dios”, 3) calificar de brujería y pecado a la espiritualidad ixil, base de la identidad y resistencia de dicho pueblo, 4) abuso de poder, pues el cura señala que tiene el respaldo del Ministerio de Cultura y Deportes y miembros de la junta directiva.
  1. Fundamentos legales: La petición señala el artículo 58 y 66 de la Constitución, los cuales señalan que el Estado reconoce y protege los derechos de los Pueblos Indígenas y sus formas de organización social. Asimismo, se señala el Convenio 169 de la OIT y el Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, los cuales garantizan los derechos culturales y espirituales.
  1. Peticiones: 1) la intervención de nuncio y del obispo de Quiché, 2) Mediación o remoción del cura, a quien declaran non grato en el territorio, 3) Cese de los discursos de odio, 4) volver a permitir el uso de candelas dentro de la iglesia, 5) restituir las alcancías de las cofradías y eliminar las barreras que limitar la expresión de culto y fe del pueblo ixil. 

Las aristas del conflicto 


Desde una perspectiva histórica, no es nuevo este actuar dentro de la iglesia católica. En el pasado los conflictos llegaron a producir levantamientos. Severo Martínez señala que el abuso de los curas y misioneros fue la cuarta causa de los motines indígenas, y aparecían entre los principales represores de las rebeliones.

Con relación a la tierra y territorio, las y los ixiles viven en la región desde antes de la llegada de la iglesia católica. El Convenio 169 de OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración Americana sobre derechos de los Pueblos Indígenas, reconocen abiertamente el derecho a la autonomía, el autogobierno, la autodeterminación y los derechos preexistentes de los pueblos indígenas, pues surgieron antes que los Estados modernos.  

Por su parte, el ejido municipal está a nombre de la municipalidad y vecinos de Santa María de Nebaj, gracias a la lucha librada por las autoridades ancestrales que lo registraron. Es decir, la iglesia está construida en tierras comunales ixiles, por lo cual no puede desalojar ni quitarles el espacio a las cofradías. 

Ahora bien, las hermandades, fraternidades o sociedades son una forma de organización social muy antigua. Surgieron antes de las grandes religiones monoteístas. En España, la iglesia católica no aceptaba las cofradías, pero con el tiempo se convirtieron en un instrumento idóneo para evangelizar, como lo señala el cura y el vicario de Nebaj.

La llegada de los conquistadores españoles estuvo dominada por los reyes católicos, un Estado religioso, dogmático e intolerante. A cada concentración indígena se le impuso el nombre de un santo o una virgen.

Con el intento de desalojo, el cura y los miembros de la junta directiva de la iglesia de Nebaj muestran una postura intransigente contra prácticas religiosas, espirituales y culturales del pueblo ixil. 

Violación de derechos culturales y sociales

De acuerdo con los abogados consultados, la acción del cura y la junta directiva atenta contra las autoridades ancestrales ixiles y constituye en acto de discriminación contra las propias formas de organización de los Pueblos Indígenas.

Los pueblos indígenas aprendieron a convivir con las instituciones de origen católico, adquiriendo nuevas modalidades en todo el continente latinoamericano. En el caso de los ixiles, en el seno de las cofradías convergen otras figuras y autoridades ancestrales, como lo comenta un miembro de las cofradías: k’uyintxa‘ y loq’olne’ (comadrona y partero respectivamente), meertoma (cofrades mujeres y hombres), b’aalmeertoma y txutx meertoma (cofrade principal mujer y hombre respectivamente), b’aalvatz tiixh, contador/a del tiempo y conocedor del calendario maya ixil, entre otros. 

Meertomas frente a la iglesia católica. Foto: Miguel de León Ceto

Las cofradías son un mosaico en el cual confluyen diferentes conocimientos, prácticas, bailes y rituales ancestrales, algo que la actual administración parroquial parece no entender o tolerar. Un contador del tiempo señala: “el cura actual es prepotente, con los sacerdotes anteriores era diferente, incluso participaban en las ceremonias, bailaban con nosotros, compartían nuestra comida”.

Esta opinión también fue compartida por un líder católico “el cura es una persona cerrada y radical, no tienen un enfoque sinodal”, es decir, no es un sacerdote que predique y practique el modelo eclesial propuesto por el Papa Francisco, de caminar juntos (laicos, religiosos y jerarquía), así como de participar, dialogar y discernir corresponsablemente el evangelio. Lo cual implica comunión, escucha activa y diálogo en la toma de decisiones  

Otro líder católico que sigue el caso indicó: “me da vergüenza ver este tipo de comportamientos, que dejen ser a los ixiles”

En efecto, Guatemala es un país pluricultural, por lo que intentar homogenizar, asimilar o desalojar a las organizaciones culturales y religiosas ancestrales, constituye un acto de discriminación y violación de derechos.

Como señala la Constitución y la Ley Marco de los Acuerdos de Paz, es “compromiso constitucional de Estado, de reconocer, respetar y promover estas formas de organización propias de las comunidades indígenas… constituidas de acuerdo a sus normas consuetudinarias, en el manejo de sus asuntos”. Así como “propiciar la participación de las comunidades indígenas en el proceso de toma de decisiones sobre todos los asuntos que les afecten”. Asimismo “se reitera que los pueblos maya, garífuna y xinca tienen derecho a la creación y dirección de sus propias instituciones”.

Ante el aparente desinterés de las autoridades eclesiales por abordar este conflicto, es importante la intervención de un actor externo y objetivo. Una decisión que queda en manos de las cofradías, meertomas y demás autoridades ancestrales. 

Lamentablemente, el caso de Nebaj no es el único en Quiché, las y los líderes católicos consultados señalaron que en Chichicastenango y Sacapulas existen conflictos similares, al punto que algunos curas han sido removidos de sus cargos. 

Por lo que hemos podido notar, no solamente se trata de disputas por instalaciones, sino también disputas por el espacio sagrado/religioso, por recursos económicos, por razones culturales y políticas. 

  1. Doctor ixil en sociología en la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales (EHESS, París. Francia). Con amplia experiencia en investigación social, en litigio estratégico, pueblos y resistencias indígenas, espiritualidad, religión, historia, migración y juventud. Ha publicado diferentes investigaciones y libros. Ha sido profesor en la Universidad Rafael Landívar y la Universidad Ixil (Guatemala). Asesor nacional e internacional en derechos humanos y el sistema de Naciones Unidas. Actualmente, es investigador asociado al ICESH/URL
  2. Miguel de León Ceto, Historia, memoria y resistencia Maya Ixil en Guatemala, México: Universidad Nacional Autónoma de México, Centro de Investigaciones Multidisciplinarias sobre Chiapas y la Frontera Sur; Guatemala : Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales en Guatemala; Maya’ Wuj, 2025, p. 70
  3.  https://prensacomunitaria.org/2025/12/la-corrida-del-nino-dios-en-nebaj-y-la-oposicion-del-parroco-local/ 
  4.  En la carta no aparecen los nombres de Junta Directiva y los consejeros, únicamente sus firmas. Por lo cual, es necesario seguir investigando qué papel juegan en el conflicto
  5.  Severo Martínez Peláez, Motines de indios (México: Ediciones en Marcha, 1991), pp. 33-55
  6.  Flavio Rojas Lima, La Cofradía reducto cultura indígena, Seminario de Integración Social, Guatemala, 1988, pp. 41-60.  
  7.  Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), firmado en Ciudad de México el 31 de marzo de 1995.


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