En una nueva apelación, la CC negó la protección provisional a los magistrados del TSE, quienes actualmente están suspendidos del cargo y procesados por el caso denominado TREP.
Por Alexander Valdéz
La Corte de Constitucionalidad (CC) conoció una nueva apelación solicitada por los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE): Ranulfo Rafael Rojas Cetina, Irma Elizabeth Palencia Orellana, y Gabriel Vladimir Aguilera Bolaños, quienes continúan buscando dejar sin efecto la resolución de la Sala Primera de Apelaciones que les modificó las medidas sustitutivas; aumentó la fianza, les prohibió ejercer el cargo y agregó un delito a Palencia.
Entre los argumentos de los magistrados están que el fallo les impide ejercer sus cargos y culminar el mandato constitucional de seis años, además, que la Sala revocó la falta de mérito decretada a favor de Palencia, sin considerar que el señalamiento del delito de abuso de autoridad, es un tipo penal subsidiario del delito de fraude.
“La Sala denunciada no podía aumentar la caución económica impuesta, en virtud que el Ministerio Público (MP) no lo argumentó ni solicitó en su escrito de apelación, actuar que evidencia que varió las formas del proceso; además, no emitió ningún razonamiento respecto a la proporcionalidad del aumento del monto de la caución decretada, limitándose a indicar que debía observarse la gravedad del hecho”, agregaron.
El fallo fue firmado por los magistrados Néster Vásquez, Roberto Molina Barreto, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Claudia Paniagua, Luis Rosales y Walter Jiménez.
Sin embargo, la CC decidió que no era viable aceptar la apelación, manteniendo vigente la decisión de la Sala. “Apreciados los hechos relatados por los postulantes, con base en el análisis efectuado a la copia de la pieza de amparo de primer grado y la resolución que se conoce en alzada, esta Corte advierte que en el presente caso no concurren las circunstancias que ameritan el otorgamiento de la protección constitucional, ni se dan los supuestos que para el efecto”, indicó.
El pasado 8 de julio la máxima corte analizó una primera apelación presentada contra la Sala y buscando anular su decisión. En esa oportunidad, los magistrados decidieron no entrar a conocer el recurso legal por considerar que fue presentado fuera de tiempo.
CSJ no otorgó amparo provisional
En mayo, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no otorgaron el amparo provisional solicitado por los magistrados del Tribunal Supremo Electoral, Irma Palencia, Mynor Franco, Gabriel Aguilera y Rafael Rojas, quienes fueron perseguidos por el Ministerio Público en del caso iniciado por la compra del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) en las elecciones generales de 2023.
El fallo avaló la resolución de la Sala Primera de Apelaciones, que el pasado 5 de abril, conoció de manera exprés una apelación presentada por el MP y, aunque confirmó la libertad condicional para los magistrados, aumentó el pago de la fianza y les prohibió acercarse al TSE y ejercer el puesto.
Esa resolución no fue definitiva, debido a que la acción legal seguirá su curso en la CSJ, hasta que se dicte un fallo final.
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CSJ avala fallo de Sala que prohíbe a magistrados del TSE ejercer sus cargos
Ligados a proceso
Este caso y otras acciones del MP contra las autoridades electorales, que avalaron los resultados de los comicios del 2023, han sido cuestionadas debido a que surgió después de que se oficializaron los resultados de las elecciones generales que llevaron a la presidencia a Bernardo Arévalo.
El MP señaló a las autoridades electorales de la posible comisión de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes y fraude. Según la investigación, abusaron de su autoridad e incumplieron su deber porque la supervisión del funcionamiento del TREP fue delegada al mismo proveedor del sistema: la empresa Datasys Guatemala.
Además, fueron señalados de fraude por autorizar la suscripción del contrato y la adjudicación de la compra del programa. Datasys habría presentado su oferta por Q148 millones, mientras que otra entidad lo hizo por Q113 millones, lo cual a consideración del MP evidencia una inconsistencia en la adquisición.