En sus observaciones preliminares, la CIDH urgió a la Corte Suprema de Justicia y a la Corte de Constitucionalidad a cumplir con su obligación y función de ejercer un control de constitucionalidad para limitar “el ejercicio del poder punitivo del Estado” ante el patrón de criminalización observado en su visita.
Por Regina Pérez
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó sus observaciones y recomendaciones preliminares de su visita in loco a Guatemala que se dio entre el 22 y 26 de julio cuando se pudieron reunir con diversos grupos de la sociedad civil y constatar los impactos del debilitamiento de la institucionalidad democrática y la independencia judicial del país, a partir de su última visita en 2017.
El contenido de las observaciones fue una ampliación de lo que se abordó en la conferencia de prensa del 26 de julio, cuando los comisionados manifestaron su alarma por la cantidad de casos penales en contra de operadores de justicia, periodistas y defensores de derechos humanos y del territorio, una práctica que calificó como criminalización y que el Ministerio Público (MP) negó en una reunión con la Comisión.
En el caso de la instrumentalización de la justicia, uno de los tres aspectos abordados en las observaciones, la CIDH señaló que en los últimos siete años ha constatado un progresivo deterioro del Estado de Derecho y la institucionalidad democrática en Guatemala, debido a la instrumentalización del sistema penal en contra de quienes han formado parte de la lucha contra la corrupción y la impunidad.
A decir de la Comisión, la criminalización consiste en el uso indebido del sistema penal a través de la manipulación del poder punitivo del Estado por parte de actores estatales y no estatales con el fin de obstaculizar en sus labores a periodistas, defensores de derechos humanos y operadores de justicia independientes.
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Los comisionados fueron informados de que el uso abusivo del derecho penal se intensificó a partir de la salida de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en 2019, en particular en contra de personas operadoras de justicia que pasaron a ser investigadas e imputadas por supuestos delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Muchos formaron parte de la CICIG y la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI).
De acuerdo con la información, al menos 50 personas operadoras de justicia están en el exilio debido a la persecución penal en su contra, 20 más estuvieron en prisión mientras que el exfiscal anticorrupción Estuardo Campo permanece detenido.
Según las organizaciones y personas con las que la CIDH se reunió, la criminalización es motivada por un ánimo de represalia por parte de determinados grupos y estructuras de poder debido a las investigaciones y judicializaciones de hechos de corrupción y graves violaciones a los derechos humanos realizados en el pasado reciente por la FECI, el MP y Tribunales de Mayor Riesgo con apoyo de la CICIG.
Esta práctica se ha extendido a abogadas y abogados que actuaron como querellantes en causas de corrupción contra funcionarios estatales y/o que actualmente se ocupan de la defensa de las personas operadoras de justicia criminalizadas.
Esto se ha empleado en contra de distintos grupos como legisladores, periodistas, estudiantes, profesores, integrantes de partidos políticos, funcionarios públicos, el exprocurador de derechos humanos y hasta en contra del propio presidente y la vicepresidenta.
Por su parte, el Ministerio Público negó la existencia de una práctica de criminalización con el argumento de que tiene el mandato legal de investigar todas las denuncias que recibe.
Patrones de la instrumentalización del derecho penal
La CIDH identificó cinco patrones específicos que ponen en evidencia la instrumentalización del derecho penal y la falta de independencia del sistema de justicia, siendo estos: la interposición de un alto número de denuncias contra una sola persona; la presentación y tramitación de denuncias anónimas; el uso de tipos penales abiertos, ambiguos o inadmisibles para los hechos denunciados; el uso abusivo de la prisión preventiva y las afectaciones al debido proceso y al derecho de defensa a través del uso de prácticas dilatorias de los procesos penales o de la denegación del acceso a los expedientes.
Ante el patrón de criminalización observado, la CIDH urgió a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y a la Corte de Constitucionalidad (CC) a cumplir con su obligación de ejercer un control de constitucionalidad y convencionalidad para limitar el ejercicio del poder punitivo del Estado, evitando las arbitrariedades y represalias.
“Mientras no cese la criminalización de quienes ejercen sus derechos humanos y se continúe instrumentalizando la justicia con fines espurios, Guatemala no podrá superar los problemas estructurales que afectan su institucionalidad democrática”, señaló la Comisión.
Algunas recomendaciones
Algunas de las recomendaciones emitidas por la CIDH en el sistema de justicia fue cesar el uso indebido del sistema penal a través de la manipulación del poder punitivo del Estado por parte de actores estatales y no estatales, contra personas operadoras de justicia, legisladores, periodistas, estudiantes, integrantes de partidos políticos e integrantes de organizaciones indígenas, campesinas y sindicales.
También realizar un examen independiente del funcionamiento del Ministerio Público y su impacto en los derechos humanos y que tome en cuenta las alegaciones de falta de objetividad.
Garantizar las condiciones necesarias para el funcionamiento de las Comisiones de Postulación para integrar la nomina de aspirantes a la CSJ y Salas de Apelaciones, para que se pueda realizar el proceso de selección con el tiempo suficiente para cumplir con el plazo legalmente establecido y conforme a los estándares interamericanos bajo criterios en base al mérito y a las capacidades profesionales y libre de injerencias indebidas de cualquier tipo.