Créditos: Gobierno de Guatemala
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El mandatario Bernardo Arévalo anunció que fue anulado el acuerdo que favorecía a múltiples exintegrantes del Ejecutivo.

Por Alexander Valdéz

“La seguridad debe estar al servicio de la ciudadanía, no de unos pocos. He derogado el acuerdo con el que se pretendía brindar seguridad del Estado a un gran número de exfuncionarios”, expresó el presidente en sus redes sociales.

En el acuerdo de la recién finalizada administración gubernamental, se autorizaba que los ministros y secretarios contaran con hasta tres vehículos y diez agentes policiales al dejar el cargo. Tales privilegios fueron autorizados por medio del Acuerdo Gubernativo 320-2023.

Las medidas de protección se aplicaban por un tiempo similar al que estuvieron en el puesto. Es decir, que en el caso del exministro de Trabajo, Rafael Rodríguez Pellecer, la seguridad le aplicaba para cuatro años; mientras que en el extitular de la cartera de Finanzas, Edwin Martínez, lo haría por una año y tres meses.

Sin embargo, Arévalo sí autorizó, a través de un nuevo acuerdo, que algunos funcionarios gocen de protección cuando ya no estén en el puesto, la cual no podrá exceder los cinco años. El propósito es resguardar su vida e integridad ante riesgos o amenazas derivadas del cumplimiento de sus trabajos.

El gobernante estableció que quienes se beneficiarán con esa disposición son el Ministro de Gobernación, Viceministros de Gobernación, Director General del Sistema Penitenciario, Director General de Inteligencia Civil, Director General de la Policía Nacional Civil, Director General Adjunto de la Policía Nacional Civil y Subdirectores Generales de Operaciones, de Investigación Criminal, y de Análisis de Información Antinarcótica.

“En ningún caso, la asignación de medidas de seguridad personal superará los seis elementos policiales por turno, así como un máximo de dos vehículos, asignados para el efecto, salvo que, del análisis de riesgo, se determine la necesidad del aumento de elementos policiales. Ningún elemento de la Policía Nacional Civil deberá realizar acciones a petición de los beneficiarios que no estén relacionadas estrictamente con sus funciones”, añade el documento.

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En el acuerdo sobre la seguridad para exfuncionarios y exempleados públicos del pasado gobierno, las medidas de protección se implementaban conforme a las categorías siguientes:

a) Categoría uno: Por un período de cinco años los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de ministro de Gobernación.

b) Categoría dos: Por un período de cinco años los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de Primer Viceministro de Gobernación.

c) Categoría tres: Por un período de cuatro años las personas que hayan desempeñado el cargo de: Quinto Viceministro de Gobernación: Director General de la Policía Nacional Civil, Director General de Inteligencia Civil, Director General de Investigación Criminal, Director General del Sistema Penitenciario y Director General Adjunto de la Policía Nacional Civil.

d) Categoría cuatro: Por un período de tres años las personas que hayan desempeñado el cargo de: Inspector General del Ministerio de Gobernación, Subdirector General del Diario de Centro América, Subdirector General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil, Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones de la Policía Nacional Civil, Subdirector General de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil.

e) Categoría cinco: Por un período de dos años las personas que hayan desempeñado el cargo de: Segundo Viceministro de Gobernación, Tercer Viceministro de Gobernación, Cuarto Viceministro de Gobernación, Jefe de la División Especializada en Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil y jefe de Inspectoría General de la Policía Nacional Civil.

f) Categoría seis: Por un periodo de un año cualquier otra persona que haya desempeñado un cargo dentro del Ministerio de Gobernación, quien previa solicitud y conforme el correspondiente informe de análisis de riesgo que realice la unidad que designe la Dirección General de la Policía Nacional Civil, se establezca la necesidad de brindarle protección y seguridad.

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