Créditos: Gobierno de Guatemala
Tiempo de lectura: 3 minutos

El presidente de la República, Alejandro Giammattei, mediante el acuerdo gubernativo 320-2023 autorizó que los ministros y secretarios de su gobierno cuenten con hasta tres vehículos y 10 agentes al dejar el cargo.

Por Alexander Valdéz

El Organismo Ejecutivo que dirige Alejandro Giammattei, autorizó que los sus ministros y secretarios del gobierno, cuenten con hasta tres vehículos y 10 agentes al dejar el cargo. Dicha autorización se dio mediante el acuerdo gubernativo 320-2023 publicado hoy en el Diario Oficial y que cobrará vigencia a partir de mañana.

El acuerdo garantiza medidas de protección para todos los ministros de Estado y sus secretarios, incluido el secretario de Comunicación Social de la Presidencia, Kevin López Oliva.

Las medidas de protección para ministros y secretarios se aplicarán por un tiempo similar al que tardaron en el cargo, es decir que en el caso del ministro de Trabajo Rafael Rodríguez Pellecer las medidas se aplicarán por cuatro años, mientras que en el de Finanzas Públicas, Edwin Martínez Camero, lo hará por una año y tres meses.

Si bien esta no es una nueva disposición, ya que anteriormente se ha mantenido la seguridad para los funcionarios de Gobernación, el acuerdo de ahora permite que estas medidas de seguridad se amplíen a otros funcionarios del gobierno saliente.

En el acuerdo sobre la seguridad para exfuncionarios y exservidores públicos del Ministerio de Gobernación, las medidas de protección se implementarán conforme a las categorías siguientes

a) Categoría Uno: Por un periodo de cinco años los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de ministro de Gobernación.

b) Categoría Dos: Por un período de cinco años los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de Primer viceministro de Gobernación.
 
c) Categoría Tres: Por un periodo de cuatro años las personas que hayan desempeñado el cargo de: Quinto viceministro de Gobernación: director General de la Policía Nacional Civil; director General de Inteligencia Civil; director General de Investigación Criminal; director General del Sistema Penitenciario: y director General Adjunto de la Policía Nacional Civil.

d) Categoría Cuatro: Por un periodo de tres años las personas que hayan desempeñado el cargo de: Inspector General del Ministerio de Gobernación: subdirector General del Diario de Centro América, la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil; subdirector General de la Subdirección General de Operaciones de la Policía Nacional Civil: subdirector General de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil.

e) Categoría Cinco: Por un período de dos años las personas que hayan desempeñado el cargo de: Segundo viceministro de Gobernación; Tercer viceministro de Gobernación; Cuarto viceministro de Gobernación; jefe de la División Especializada en Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil: y jefe de Inspectoría General de la Policía Nacional Civil.

f) Categoría Seis: Por un periodo de un año cualquier otra persona que haya desempeñado un cargo dentro del Ministerio de Gobernación, quien previa solicitud y conforme el correspondiente informe de análisis de riesgo que realice la unidad que designe la Dirección General de la Policía Nacional Civil, se establezca la necesidad de brindarle protección y seguridad.

Policías y vehículos 

La seguridad para los exfuncionarios que dejen los cargos estará a cargo de la Dirección General de la Policía Nacional Civil y de cualquier otra dependencia del Ministerio de Gobernación, que el ministro de Gobernación designe para el efecto. Se les ordena asignar tanto el personal, vehículo y equipo de seguridad necesario de la siguiente forma:

a) Categoría Uno: Se le asignará tres vehículos y un máximo de diez personas de seguridad por turno, por cada uno de ellos.

b) Categoría Dos: Se le asignará dos vehículos y un máximo de ocho personas de seguridad por turno, por cada uno de ellos.
c) Categoría Tres: Se le asignará dos vehículos y un máximo de seis personas de seguridad por turno, por cada uno de ellos.
d) Categoría Cuatro: Se le asignará un vehículo y un máximo de tres personas de seguridad por turno, por cada uno de ellos.
e) Categoría Cinco: Se asignará un vehículo y un máximo de dos personas de seguridad por turno, por cada uno de ellos.
f) Categoría seis: Se le asignará un vehículo y un máximo de dos personas de seguridad por turno.

COMPARTE