Search
Close this search box.
Créditos: Prensa Comunitaria
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

El TSE solicitó un amparo provisional ante el acoso y vulneración que corre la segunda vuelta electoral por las acciones emprendidas por el MP y el juez Fredy Orellana, que mantienen la persecución contra el Registro de Ciudadanos y el Movimiento Semilla.

Por Shirlie Rodríguez

Desde las 10 de la mañana de este sábado 22 de julio, el pleno de magistrados se reunió de forma extraordinaria para conocer un amparo que solicitó el Tribunal Supremo Electoral (TSE), para que exigiera a funcionarios denunciados se abstuvieran de acciones que limiten el avance del proceso electoral.

El pleno de magistrados se integró con Héctor Hugo Pérez Aguilera, Nester Mauricio Vásquez Pimentel, Roberto Molina Barreto, Leyla Susana Lemus Arriaga, Dina Josefina Ochoa Escriba y Angelica Yolanda Vásquez Girón, en una audiencias que les tomó 7 horas aproximadamente.

Los magistrados de la CC resolvieron negar el amparo provisional porque no ven necesario dar nuevamente este amparo que otorgó al partido Semilla, el 13 de julio, en el que dijo que la autoridad electoral, o sea el TSE, debía proceder conforme el Acuerdo 1328- 2023 en el que se convoca a segunda vuelta electoral con los partidos Movimiento Semilla y Unidad Nacional de la Esperanza UNE.

En esta nueva resolución de la CC, mencionó que ese amparo vigente no puede ser afectado por un órgano jurisdiccional de naturaleza ordinaria. “De esa cuenta, esta Corte estima que en el presente caso debe aludirse a tal pronunciamiento por ello, se dispuso la denegatoria del amparo provisional requerido en esta acción”, dice el comunicado de la CC.

Manfredo Marroquín, de Acción Ciudadana y Mirador Electoral, expresó que con esta resolución, la CC remarca que las diligencias que ordenó el juez séptimo Fredy Orellana, para suspender al partido Semilla, son ilegales por ser un órgano jurisdiccional de naturaleza ordinaria.

También plantea que un juez no puede emitir resoluciones ilegales que vulneren el amparo provisional, ni la Constitución en contra de la segunda vuelta o de evitar que sea el partido Semilla, al quien iniciaron la persecución judicial.

Para el abogado constitucionalista, Edgar Ortiz, pese a que deniega el amparo provisional, recuerda lo resuelto en el auto del 13 de julio (amparo provisional a favor de Semilla), donde reafirmaba que no podía suspender al partido Semilla. “Por tanto no puede perseguir al personal del Registro de Ciudadanos por supuesta desobediencia”, dijo.

La CC recordó la resolución emitida el pasado 13 de julio, en la que suspendió la resolución del juez séptimo Fredy Orellana, quien por petición de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), ordenó suspender la personalidad jurídica del partido.

Entérese más aquí:

CC reitera que el partido Semilla no puede ser suspendido por el TSE

El abogado Oswaldo Samayoa en su cuenta de Twitter escribió que esta resolución deja abierta la puerta “a que los efectos derivados no se detengan y siga el MP y el juez haciendo lo que quieran contra la organización política”.

¿Qué pedía el TSE?

El amparo que presentó el TSE fue en contra de ocho actores por la amenaza que existía de vulnerar el Estado de derecho y las Elecciones Generales que aún están en proceso, porque aún falta la celebración de la segunda vuelta, el próximo 20 de junio.

Los actores señalados fueron los ministros de Finanzas, de la Defensa y de Gobernación, también en contra de la presidenta del Organismo Judicial, la fiscal general del MP, el Procurador General de la Nación y el director de la Policía Nacional Civil.

En el amparo, el TSE describió que las autoridades denunciadas podrían vulnerar o impedirles como entidad ejercer sus funciones en un ambiente de libertad y la vigencia de sus derechos.

Los magistrados pidieron que estos funcionarios a través de las instituciones se abstengan de tomar acciones o decisiones que puedan poner en riesgo la validación de los resultados electorales y así obstaculizar la realización de la segunda vuelta entre Semilla y UNE.

Hasta ahora entonces se mantiene vigente la fecha establecida por el TSE para la realización de la segunda vuelta electoral para el 20 de agosto y a consecuencia del amparo otorgado a Semilla, actualmente no se puede cancelar o suspender ningún partido político como pretende el MP, porque está establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

TSE acciona ante la CC por amenazas contra el proceso electoral

Parte de la resolución de la CC de esta tarde:

COMPARTE