Juez de Cobán absuelve a Bernardo Caal en segundo caso en su contra

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Créditos: Juan Calles
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

El dirigente maya Q’eqchi’ de Cahabón, Alta Verapaz, denunció que este caso fue fabricado por el MP para dañar la resistencia comunitaria en ese departamento. 

Por Gilberto Cucul e Isela Espinoza

“Quedó comprobada la inocencia de Bernardo en relación con los hechos que el Ministerio Público fabricó”, dijo Hugo Archila, uno de los abogados defensores de Bernardo Caal Xol, defensor maya Q’eqchi’ del agua en Cahabón, Alta Verapaz.

Este miércoles, 19 de abril, el juez José Alfredo Quiñónez Lemus que preside el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de Cobán, Alta Verapaz, absolvió y declaró libre de los delitos de apropiación y retención indebida a Caal Xol.

En 2017 fue denunciado por el Ministerio de Educación (MINEDUC), supuestamente por abandono de labores, mientras ejercía la docencia en una escuela primaria de la aldea Sibicte de Chisec. Durante las audiencias, la defensa del profesor argumentó que el proceso en su contra era de carácter administrativo. Sin embargo, el Ministerio Público (MP) buscaba una sentencia en su contra por el delito de retenciones ilegales.

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Los hechos de los que se le señalaba al profesor, originario de Santa María Cahabón, ocurrieron en 2013. Sin embargo, la denuncia fue presentada por el exdirector departamental de Educación, Álvaro Xoy, hasta 2017, cuatro años después de la destitución de Bernardo Caal.

Durante la lectura de la resolución, el juez afirmó que las pruebas presentadas por parte del MP no fortalecieron la acusación.

Entre 2012 y 2013, mientras ejercía la docencia, Bernardo Caal también fue secretario adjunto del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), según consta en algunos documentos presentados ante el juez.

“El acusado por dedicarse a la actividad sindical, para lo cual estaba debidamente autorizado, se ausentó de sus labores como docente y a cambio le fueron cancelados por el Estado de Guatemala salarios que le correspondían como docente. El acusado estaba obligado a devolver un dinero que recibía como salario por su trabajo. En todo caso cuando se recibe más allá de lo que le corresponde, el empleado público está obligado a reintegrarlos. Sin embargo, este reintegro se debe hacer en la vía económica coactiva que es la indicada, lo cual no se siguió en el caso del acusado”, enfatizó el juez José Alfredo Quiñónez Lemus.

Según los abogados defensores está previsto que la resolución sea entregada el próximo 26 de abril.

“Proceso penal fabricado”

Luego de conocer la sentencia, Caal Xol dio sus primeras declaraciones sobre la criminalización a la que ha sido expuesto desde 2015 cuando se abrió el primer caso en su contra por denunciar que la hidroeléctrica violentó los derechos del pueblo maya Q’eqchi’, en Santa María Cahabón, porque la construcción la de la misma era de manera inconsulta.

“Más de 10 mil maestros en asamblea general me dieron un cargo que ejercí. Sin embargo, me tuvieron varios años con esta amenaza de encarcelarme por ejercer el cargo sindical”, comentó.

Además, recordó que fueron tres jueces que tuvieron este segundo caso “fabricado solo para dañar al pueblo maya Q’eqchi’, a mi persona, a la resistencia y en este caso a todos los maestros y maestras de Alta Verapaz”, concluyó.

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