Las personas fueron acusadas desde el 2021 de usurpación agravada y agresión contra agentes de la PNC durante una manifestación pacífica, por el reclamo del despojo de parte del Ejército de Guatemala durante el conflicto armado interno.
Por Juan Calles
En el Tribunal Segundo de Sentencia de Cobán, Alta Verapaz, se llevó a cabo el debate oral y público contra 21 comunitarios criminalizados de Chicoyogüito, en el que después de acordar entre las partes medidas de criterio de oportunidad se cerró el caso a su favor.
La audiencia se desarrolló con normalidad, el juez Walter Chen después de escuchar a las partes resolvió que las personas criminalizadas se adhieran al criterio de oportunidad planteado por el Instituto de la Defensa Pública Penal.
El Criterio de Oportunidad es una facultad del Ministerio Público, (MP), de abstenerse de ejercer la acción penal o desistir de la misma si ya fue iniciada, en los casos que la ley de Guatemala lo permita. En él, las partes acuerdan que para no ir a juicio o prisión, las personas acusadas realicen acciones que ante la sociedad sean el pago de sus acciones calificadas como delito.
En el caso de los comunitarios de Chicoyogüito se planteó que realicen trabajo comunitario consistente en el chapeo de cuatro jornales y la elaboración de un comunicado en donde se informe sobre la aceptación del criterio de oportunidad, de los trabajaros que realizarán los 21 comunitarios y que en ningún momento se vulnere la presunción de inocencia de las personas señaladas.
Los Abogados del Centro de Acción Legal en Derechos Humanos, (CALDH), quienes representan la defensa de los comunitarios apoyaron la posibilidad de una medida de resolución a favor de los comunitarios que sean objetivas y acordes a la situación económica de cada uno de los acusados, según lo informado por Jovita Tzul, abogada de CALDH.
No se aceptará culpabilidad de ninguno de los señalados
Una de las medidas propuestas era que en mediante una conferencia de prensa las personas señaladas hicieran una disculpa pública y aceptaran la comisión del delito de usurpación agravada, sin embargo, los comunitarios y sus abogados se opusieron a la declaración pública de aceptación del delito, porque sus acciones fueron legítimas en defensa de su comunidad.
“Lo que se propuso fue realizar un comunicado objetivo y realista y que en ningún momento se acepte la culpabilidad de ninguno de los acusados porque en ningún momento se demostró culpabilidad, ellos no reconocen ninguna responsabilidad en algún hecho delictivo, se hará el comunicado, se les entregará a los querellantes y ellos decidirán como publicarlo”, informó la abogada Tzul.
Por su parte, abogados del Ministerio de Agricultura, de la Procuraduría General de la Nación (PGN) y la representante del MP se unieron a la disposición para lograr un acuerdo en el caso.
La defensa de los comunitarios propuso cuatro puntos para la elaboración del comunicado: 1. Presunción de inocencia, 2. Ellos fueron sindicados por los hechos el día de su detención 3. El otorgamiento del criterio de oportunidad, 4. Disculpa pública al Estado de Guatemala.
La regla de abstención consiste en el chapeo de las instalaciones de la Escuela de Formación Agrícola, es decir, trabajo de utilidad pública y la prohibición del ingreso a las instalaciones, sin autorización de autoridad competente.
La Defensa Pública solicitó dos meses para cumplir con estas medidas con lo cual quedaría cerrado el caso en contra de los 21 comunitarios acusados.
Los 21 comunitarios fueron detenidos el 9 de junio del 2021 mientras realizaban una manifestación en la que exigían la restitución de un terreno que les fue despojado a sus abuelos al final de la década de 1960, para la construcción de la Zona Militar No. 21, en donde hoy funciona el Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de Mantenimiento de Paz (Creompaz).
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