Durante el periodo de sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se revisó la implementación de la sentencia al Estado de Guatemala a favor de cuatro radios comunitarias. Las y los afectados dijeron que su cumplimiento ha sido parcial y que continua pendiente la reparación a las violaciones a libertad de expresión de los pueblos indígenas.
Por Simón Antonio Ramón
Durante el 176 Periodo Ordinario de Sesiones, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) evaluó la sentencia a favor de las radios comunitarias conocida como “Pueblo Maya Kaqchikel de Sumpango y otros contra Guatemala”, emitida el 21 de octubre de 2021, en donde se demandó al Estado por la situación legal del acceso a frecuencias de las radios comunitarias a los pueblos indígenas.
Entre el entre 19 y 23 de mayo en la capital guatemalteca, la Corte-IDH atendió audiencias públicas, actividades académicas y supervisión de sentencias impuestas a los Estados que la integran. Además, la delegación sostuvo diálogos con autoridades del gobierno de Bernardo Arévalo y con la magistrada presidenta Leyla Lemus y el magistrado Roberto Molina Barreto, de la Corte de Constitucionalidad (CC).
La demanda contra el Estado fue promovida, en 2014, por cuatro emisoras radiales de los pueblos indígenas de Sacatepéquez, Baja Verapaz, Huehuetenango y Quetzaltenango, por violar los derechos a la libertad de expresión, igualdad ante la ley e identidad cultural por la falta de reconocimiento legal de las radios comunitarias y por discriminación al acceso del espectro radioeléctrico y la criminalización de sus integrantes y comunicadores.
Cumplimiento parcial
Anselmo Xunic, fundador de la radio Ixchel de Sumpango, Sacatepéquez, una de las denunciantes ante la Corte-IDH, dijo que el Estado de Guatemala ha cumplido parcialmente la sentencia.
“Lo que se ha cumplido son las cosas más sencillos y fáciles de cumplir, por ejemplo, la publicación de la sentencia en el diario oficial; su publicación en un diario de mayor circulación; la traducción en los tres idiomas maternos y la reparación económica, esa parte fue superada”, dijo Xunic.
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Los pendientes del Estado
Para Xunic, al mencionar los casos de criminalización, dijo que son varios, pero por temor a ser perseguidos, las personas no se sumaron a la demanda, por lo que únicamente hay dos casos. El primero, “la sentencia condenatoria por el delito de hurto a partir de la explotación ilegal de frecuencias radioeléctrica de Bryan Cristhofer Espinoza lxpata, arrestado el 8 de mayo de 2012, cuando se allanó la radio Uqul Tinamit “La Voz del Pueblo”, de San Miguel Chicaj, Baja Verapaz”.
Y el segundo, el caso de Anselmo Xunic, quien fue citado en el juzgado de Primera Instancia Penal de Sacatepéquez, acusado por el delito de hurto de fluido, el 20 de agosto de 2007, aunque el juez le declaró falta de mérito, porque la fiscalía no presentó pruebas suficientes para ser perseguido penalmente.
En el tema de la criminalización, la responsabilidad cae sobre el Ministerio Público (MP) y el Organismo Judicial (OJ), que hasta la fecha no mostrado grandes avances, según el abogado Cristian Otzín, de la Asociación de Abogados Mayas de Guatemala.
“No hay ninguna normativa interna del Ministerio Público para que los fiscales dejen de perseguir a las radios comunitarias, la sentencia tiene un planteamiento al Ministerio Público directamente en prohibirle allanar a una radio comunitaria en tanto no haya una ley que democratice el espectro radioeléctrico”, señaló.
Sin embargo, hay aspectos sustanciales que aún faltan dijo. “Lo más esencial de la violación del derecho a la libertad de expresión todavía está pendiente, falta la eliminación de los casos abiertos en contra de comunicadoras y comunicadores, eso no se ha cumplido”, aseguró.
Según Otzín, en el Congreso de la República se encuentra en discusión la iniciativa 4085, Ley de Medios Comunitarios, que ha avanzado en dos lecturas. “Habría que adecuarla a través de enmiendas para hacerla compatible con la sentencia de la Corte-IDH porque fue ingresada antes de la sentencia”, señaló el abogado.
Entre las medidas de reparación que emitió la Corte-IDH estableció que el Estado debe adoptar medidas de reparación para las radios comunitarias demandantes de las comunidades indígenas.
“La resolución dice que en el plazo de un año las estaciones de radios víctimas deberían contar con una frecuencia funcionando, eso no lo hemos logrado, ningún avance en ese sentido, eso es lo más preocupante y lo otro es la iniciativa de ley, el punto de legislación no avanza en nada”, señaló Xunic.
El caso ante la Corte-IDH
La demanda contra el Estado de Guatemala fue promovida por cuatro emisoras radiales: Ixchel, de Sumpango, Sacatepéquez, del pueblo maya Kaqchikel; Uqul Tinamit “La Voz del Pueblo” de San Miguel Chicaj, Baja Verapaz; Xob’il Yol Qman Txum, de Todos Santos Cuchumatán, Huehuetenango; y La X Musical, de Cajolá, Quetzaltenango.
Las emisoras demandantes señalaron al Estado de violar los derechos a la libertad de expresión, igualdad ante la ley e identidad cultural debido a la falta de reconocimiento legal de las radios comunitarias y por discriminación que impiden el acceso al espectro radioeléctrico y criminalizan el desarrollo de sus propios medios de comunicación con la incautación de sus equipos y miembros de comunicadores.
La Corte-IDH determinó que el Estado de Guatemala violó la Convención Americana de Derechos Humanos al criminalizar los comunicadores de las radios Ixchel, allanada el 7 de julio de 2006; y la Uqul Tinamit, allanada el 8 de marzo de 2012.
En la presentación del caso ante la Corte por la CIDH, el 3 de abril de 2020, se presentó una bitácora de 12 de casos contra las radios comunitarias entre 2006 a 2015 a nivel nacional por diferentes actores del Estado en donde las emisoras fueron censuradas.
También estableció la modificación de la legislación que impide a los pueblos indígenas tener una frecuencia de radio; el Estado debe detener la persecución judicial contra comunicadores y la anulación de las condenas. De igual manera ordenó la publicación de la sentencia en un plazo de seis meses y la traducción en los idiomas Kaqchikel, Achi’ y Mam.
Las otras audiencias
Adicionalmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos realizó tres audiencias públicas: el caso Salango contra Ecuador, en donde se conocieron los argumentos de las partes sobre la privatización de tierras comunales desde el año 2021 a partir de un silencio administrativo del Estado Ecuatoriano.
En el segundo día del 176 Período Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se realiza la audiencia del caso Comunidad de Salango vs Ecuador, por privatización de tierras comunales en 2001.
📸 Simón Antonio pic.twitter.com/fokyHwwDcy
— Prensa Comunitaria Km169 (@PrensaComunitar) May 20, 2025
También se realizó la audiencia del caso Comunidad Garífuna de Cayos Cochinos y sus miembros contra Honduras. En este caso se demandó al Estado de Honduras por la falta de reconocimiento de los derechos colectivos sobre las tierras ancestrales de la comunidad Garífuna y por los efectos provocados por concesiones estatales y restricciones a su forma de vida tradicional.
Asimismo, se llevó se revisó el caso Ramos Durand y otros contra Perú, que se refiere a la muerte de Celia Edith Ramos Durand, ocurrida en 1997, tras ser sometida a una alegada esterilización forzada en ese mismo año.
La Corte-IDH informó sobre la supervisión de otras cuatro sentencias para Guatemala. El caso Rodríguez Revolorio y otros; Chinchilla Sandoval y otros; caso Extrabajadores del Organismo Judicial; Cuscul Pivaral y otros; y caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y otros.
El organismo interamericano reanudó el 176 Periodo Ordinario de Sesiones de manera virtual este 26 de mayo, para deliberar sobre los diferentes casos que ya que se conocieron y en los días posteriores se darán a conocer las sentencias correspondientes y los seguimientos a casos que ya cuenta con una sentencia.