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Caso Molina Theissen: militares sentenciados pretenden quedar en libertad

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Créditos: Prensa Comunitaria
Tiempo de lectura: 6 minutos

Por: Stef Arreaga

El 19 de agosto a las 10:00 a.m. se tiene prevista una audiencia de revisión de medida de coerción para los militares Manuel Benedicto Lucas García, Manuel Antonio Callejas y Callejas y Francisco Luis Gordillo Martínez, sentenciados por delitos contra deberes de la humanidad, violación y desaparición forzada en el caso Molina Theissen.

La sala primera de mayor riesgo de la corte de apelaciones convocó a esta audiencia de revisión de medida de coerción de los generales Lucas García, Callejas y Callejas: y del coronel Gordillo Martínez. En el caso del exoficial de inteligencia Hugo Ramiro Zaldaña Rojas, no solicitó revisión pero podría unirse en la audiencia programada para el miércoles.

Según el abogado Héctor Reyes Chiquín, del Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos (Caldh), usualmente la sala convoca de oficio cada cierto tiempo para indicar a través de un memorial que las personas que han sido sentenciadas se mantienen en la misma situación de prisión. En este caso, según el abogado, la peculiaridad es que la propia sala convocó a audiencia de revisión de medida de coerción por el tema de la pandemia de la covid-19 y no los sindicados a través de sus abogados.

El abogado argumenta que en otros casos que Caldh acompaña no se había dado esta solicitud de oficio por parte de la sala, puesto que se trata de delitos de lesa humanidad, desapariciones forzadas, ejecución extrajudicial y violaciones, por lo que temen que las influencias de estos militares que ya han recibido sentencia les privilegie con arresto domiciliario o libertad bajo fianza. 

Sobre el tema, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), publicó en su sitio web que en este caso emblemático, si a los sentenciados se les otorga una medida sustitutiva existe una alta probabilidad que escapen de la acción de la justicia. Esta preocupación radica en la sentencia de supervisión de doce casos contra el Estado de Guatemala en los que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) identificó como un factor de impunidad: la no detención de funcionarios estatales, su fuga de los centros carcelarios y la alta dificultad de recapturarlos.  

Al respecto, el Código Procesal Penal en su artículo 277 menciona que el imputado puede pedir una medida y provocar que examinen cualquier medida de coerción que ha sido impuesta, siempre y cuando las circunstancias que dieron origen a su arresto hayan cambiado. Por su parte, la CIDH señala que es inadmisible cualquier disposición que pretenda excluir de responsabilidad o impedir la investigación y sanción a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.

Organizaciones sociales y de derechos humanos se pronuncian:

Ante esta situación, varias organizaciones sociales que han acompañado el caso penal anunciaron que este martes 18 de agosto, presentarán un recurso de Actividad Procesal Defectuosa ante la sala de apelaciones por convocar a la audiencia de revisión de medidas de coerción en la que los militares condenados buscan su excarcelación.

La sentencia

Foto: Prensa Comunitaria

El 22 de mayo de 2018, el tribunal C de Mayor Riesgo, presidido por el juez Pablo Xitumul de Paz consideró que los militares acusados participaron directamente diseñando el plan contrainsurgente y también ordenaron los operativos para capturar y torturar a Emma Molina Theissen, quien fue torturada y violada por soldados durante nueve días.  Cuando Emma pudo escapar, capturaron y desaparecieron a Marco Antonio, su hermano de tan solo 13 años. 

Por el delito de deberes contra la humanidad fueron condenados a 25 años inconmutables  Manuel Benedicto Lucas García, Manuel Antonio Callejas y Callejas, Francisco Luis Gordillo Martínez y Hugo Ramiro Zaldaña Rojas.

Además por los delitos de desaparición forzada de Marco Antonio Molina Theissen, fueron condenados a 25 años de prisión Hugo Ramiro Zaldaña Rojas, Manuel Benedicto Lucas García y Manuel Antonio Callejas y Callejas.

Y por el delito de violación fueron sentenciados a ocho años de prisión Hugo Ramiro Zaldaña Rojas, Manuel Benedicto Lucas García y Manuel Antonio Callejas y Callejas.

Lea:  Una luz en el camino: la sentencia histórica para la familia Molina Theissen

Este lunes 17 de agosto la familia Molina Theissen emitió un comunicado en relación a esta audiencia de revisión de medida de coerción:

COMUNICADO URGENTE DE LA FAMILIA MOLINA THEISSEN

Para el 19 de agosto a las 10:00 hrs la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Procesos de Mayor Riesgo y Extinción de Dominio, ha convocado a una audiencia. En esta se busca revisar la medida de coerción impuesta el 23 de mayo de 2018 por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Mayor Riesgo Grupo “C”, a los exmilitares Manuel Benedicto Lucas García, Manuel Antonio Callejas Callejas y Francisco Luis Gordillo Martínez, por desaparición forzada, delitos contra deberes de humanidad y violación con agravación de la pena, perpetrados en contra de Marco Antonio y Emma Molina Theissen. Ante ello, como familia,

EXPRESAMOS:

Que dicha condena es el fruto de una larga lucha que la familia libró durante casi 37, años desde el propio día de la desaparición forzada de nuestro amado niño, el 6 de octubre de 1981.
Que las sociedades humanas hemos establecido los sistemas de administración de justicia para reparar a las víctimas, no para revictimizarlas ni ahondar el sufrimiento ni los profundos daños infligidos por quienes estaban llamados a garantizar la vida, la seguridad, la integridad y la libertad de Marco Antonio y Emma. Los ahora condenados faltaron a su mandato constitucional y perpetraron crímenes de lesa humanidad en contra de Emma y Marco Antonio, así como de muchísimas personas más.

Nuestra total indignación y absoluto rechazo ante la posibilidad de que la medida de coerción les sea modificada a arresto domiciliario, lo que no solamente les garantizará impunidad, sino también elevará el riesgo de fuga de los convictos. Esto constituye una clara violación al ordenamiento legal del país y a nuestro derecho a la justicia, además de un irrespeto a los compromisos asumidos por el Estado guatemalteco ante el sistema interamericano de derechos humanos.

Una decisión eventualmente favorecedora de sus pretensiones de evadir el castigo que legalmente les fue impuesto, sería ilegal e injusta y buscaría sustentarse en la amenaza que les representa la pandemia por el covid-19. No obstante, cabe recordar que los solicitantes están recluidos en el Hospital Militar, lo que garantiza su derecho a la salud de manera privilegiada y muy distinta del resto de la población privada de libertad. Además, ello podría dar lugar a que sea beneficiado otro condenado, Hugo Ramiro Zaldaña Rojas; durante el debate oral y público él fue señalado por nuestra madre como el autor material del secuestro y posterior desaparición forzada de Marco Antonio; asimismo, Emma lo identificó como el individuo que la interrogaba bajo torturas y ordenaba las violaciones individuales y grupales que sufrió durante los nueve días de cautiverio en la base militar “Manuel Lisandro Barillas”, de Quetzaltenango.

En razón de lo anterior, llamamos:

  1. Al tribunal que integra la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Procesos de Mayor Riesgo y Extinción de Dominio a que garantice nuestro derecho a la justicia, el respeto a la legalidad del país y a las obligaciones internacionales del Estado guatemalteco ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y por lo tanto, no emita una decisión ilegal e injusta.
  2. A la comunidad internacional, a las instancias concernidas de la ONU, a las organizaciones de derechos humanos y a la sociedad civil guatemaltecas a seguir el desarrollo de esta audiencia y su resultado, así como a mantenerse atentas ante la continuidad del desmantelamiento del incipiente Estado de Derecho que posibilitó esta y otras condenas contra los hallados culpables de los crímenes cometidos durante el conflicto armado interno.
  3. A la sociedad guatemalteca le pedimos su apoyo solidario a una lucha de décadas encabezada por nuestra madre y nuestro padre, ya fallecido, que es la expresión de la vocación de justicia de los hombres y mujeres de buena voluntad que históricamente han luchado, y aun dado su vida, para que en nuestro país nunca más se desaparezca a un niño o una niña, que nunca más se viole a una mujer en un cuartel militar que nunca más se persiga a nadie por pensar diferente y por anhelar un país de paz, justicia y derechos humanos para todas y todos, en igualdad.

Otros militares que buscan salir de la cárcel

Otros militares que han querido recibir el beneficio de la medida sustitutiva son los sindicados en el caso conocido como Creompaz,  quienes solicitaron revisión de medida el pasado 19 de mayo, argumentando el peligro de contagio por la covid-19.  La Jueza Claudette Domínguez declinó esta solicitud a los exmilitares José Antonio Vásquez Martínez, Cesar Augusto Ruiz Morales, Bayron Humberto Barrientos Díaz, Cesar Augusto Vásquez García y Cesar Augusto Garavito Morán este último solicitó nuevamente dicha revisión de medida, por la cual la jueza pidió algunos informes al Hospital Militar y resolverá según ella considere.  Para esta resolución aún no hay una fecha programada de audiencia. 

Lea más: Jueza niega libertad condicional a militares en caso Creompaz

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