El racismo y la violación del derecho internacional que permitió el genocidio en Guatemala

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Créditos: Simón Antonio.
Tiempo de lectura: 3 minutos

Texto y fotografías: Simón Antonio

El viernes 26 de mayo en el Tribunal de Mayor Riesgo B se presentaron dos peritajes en la continuación del juicio por genocidio y delitos de deberes de la humanidad contra el exjefe de Inteligencia Militar G2, José Mauricio Rodríguez Sánchez, general de brigada en situación de retiro, por las masacres al pueblo Ixil durante el gobierno de facto de Efraín Ríos Montt en los años 1982 y 1983.

El primer peritaje presentado sobre racismo y genocidio fue presentado por la antropóloga guatemalteca Marta Elena Casaús Arzú y posteriormente del abogado Ramón Cadena declaró sobre el derecho humanitario internacional.

La ideología del racismo que permitió el genocidio

La antropóloga Casaús indicó que el delito de genocidio que se cometió contra de la población Ixil se puede constar en los múltiples testimonios recogidos en el informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH) y el proyecto diocesano de la Recuperación de la Memoria Histórica – REMHI “Guatemala nunca más”.

“Con el fin de deshumanizar a las mujeres indígenas y niños, utilizando la tipificación de animales, insectos como cucarachas, ratas, coches o chocolates. Podemos afirmar de manera clave y contundente que en Guatemala se ha cometido genocidio y etnocidio en contra de la población indígena en Guatemala, y ese etnocidio tiene un claro componente  racial por racista y además ese racismo operó dentro del Estado como una estrategia clara para desactivar a varios grupos étnicos de la población que supuestamente participaron en el conflicto armado”.

Marta Elena Casaús confirmó que el racismo en el país contribuyó en la comisión del genocidio por parte del ejército.

La violación del derecho humanitario internacional

El perito Ramón Cadena  indicó que Guatemala firmó en 1949 la Convención de Ginebra sobre Derecho Humanitario Internacional, que establece el conjunto de normas en tiempo de conflicto armado para proteger a las personas que no participan, o han dejado de participar, y limitar los métodos y medios de hacer la guerra. “Guatemala  no ha respetado el derecho internacional humanitario, lo que lo convierte en un país que irrespetó el derecho humanitario que había asumido 30 años antes del genocidio contra la población Ixil por parte del ejército guatemalteco”.

Cadena señaló que la Convención establece tres parámetros en un conflicto armado: distinción, proporcionalidad y prohibición de males superfluos o innecesarios. Los tres parámetros son las principales guías de trabajo del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). “Cuando el CICR intentó realizar misiones a Guatemala, el gobierno lo rechazó” aseguró el perito.

“El ejército elaboró una tesis contraria el derecho internacional” aseguró Cadena al enumerar las distintas acciones del ejercitó: multiplicar el terror con la desaparición forzada, la creación de una doctrina militar, establecer el sistema de impunidad por medio de tribunales de fuero especial, la negación del conflicto armado, el desarrollo del concepto del enemigo interno, el uso de métodos de guerra prohibida por el derechos humanitario, convertir el ejército un elemento contundente para el poder local.

Uno de los planes militares que condenó a la población sin auxilio según el perito, fue el Plan Firmeza 83 que establece el control físico y psicológico de la población.

Al finalizar la audiencia, la abogada  de José Mauricio Rodríguez Sánchez, acusado del delito de genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, pidió que el peritaje de Ramón Cadena no sea tomado en cuenta porque en el 2003, este fue candidato a la alcaldía municipal de Guatemala por la Unidad Revolucionario Nacional Guatemalteca (URNG), aunque el perito explicó que fue propuesto por la sociedad civil y no por las filas de las cuatro organizaciones guerrilleras que se aglutinaron en la URNG en el años de 1980 y 1990.

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