Rareza institucional
Tiempo de lectura: 2 minutosPor: Francisco Rodas La sentencia de la Corte de Constitucionalidad (CC) sobre la junta directiva del Congreso, fue de esas excepcionalidades que un organismo se da el lujo de tomar sabiendo que son inapelables. Lo de la diputada Alejandra Carrillo es irrefutable, pero tanto a ella como a los otros tres les viene a su talla el Artículo 205 Ter. de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) que dice: “Se entenderá por trasfuguismo el acto por el cual un diputado, renuncia a un