Por: Miguel Ángel Sandoval
La noticia de un comisario de la Policía Nacional Civil (PNC) en Sololá, condenado a recibir unos cuantos azotes en público ha vuelto a plantear en las redes y algunos medios de comunicación la pertinencia del derecho indígena o dicho en otros términos, la necesidad de aprobar la jurisdicción indígena. Claro que antes de plantear la vigencia del derecho indígena, alguna gente lanza peroratas sin conocer de la misa la mitad. Con lo cual solo revelan dos cosas: el desconocimiento del derecho indígena y del problema en particular.
Se opina desde el más elemental de los racismos y se llega a la conclusión que los indígenas son salvajes porque azotan a la gente y llegan a decir pobrecito el policía. En este proceso hay quienes se envuelven en la bandera y hacen oraciones a la constitución como si la misma estuviera escrita en piedra y terminan por desconocer de manera total los derechos indígenas y sobre todo, el derecho a que una cultura, diferente, tenga su propia jurisdicción.
En otra perspectiva se dice con una mano en la cintura que los azotes son una violación a los derechos humanos y en ese tipo de argumentos se pasa por alto el hecho que se trata de una decisión colegiada de 72 alcaldes comunitarios que discuten el caso y aprueban la condena a los azotes y ello tiene lugar de manera pública con la aprobación de la ciudadanía ante el escarmiento a un subcomisario de la PNC acusado de un delito grave como es la extorsión.
Se pasa por alto que no solo el subcomisario sino que otros agentes se han dedicado a extorsionar a los pequeños emprendedores locales de la madera. Esto es, los aserradores de la comunidad que trabajan madera para construcción entre otras cosas de muebles. Hay denuncias anteriores de extorsión a una gasolinera por los valientes agentes de la PNC. O sea que no es algo extraordinario. Quizás el hecho notable, sea que no se tomen las medidas indispensables y que ahora incluso el ministro de gobernación salga en defensa de su subcomisario sin saber de qué se trata el tema.
En el caso presente, el subcomisario, de acuerdo con fuentes de la comunidad bien informadas, reconoció en la reunión con los alcaldes comunitarios, que efectivamente la cuenta a donde se iba a depositar la plata de la extorsión era de su propiedad. Asimismo, aceptó que había cometido un error y que devolvería el dinero extorsionado. En ese contexto, es cuando se habla de rectificar y el castigo en público, que tiene el efecto de buscar al compromiso moral con la comunidad de no reincidir, así como reparar el daño. Ese es el espíritu del derecho indígena, reparar y la no repetición.
Es en dos platos una vía no penal, de abordar y resolver, un asunto que contra toda lógica ha despertado los fantasmas racistas y ha evidenciado a las autoridades “nacionales” como ignorantes de la manera en que las autoridades indígenas abordan y resuelven los casos de faltas o delitos no tan graves, y que admitan la rectificación y la reparación, cometidas en el ámbito de su jurisdicción.
¿O hubieran preferido que al subcomisario se le condenara a unos 10 años a cumplirse en el infiernito, o en el boquerón?
Aunque en nuestro país, es probable que las autoridades hubieran optado por un ascenso o por hacer silencio, y acaso por una medida sustitutiva a petición de un buen y honorable juez. Creo entonces que estamos ante una discusión que apenas se inicia.