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Por: Andrea Ixchíu Hernández

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó las peticiones realizadas por proveedores de materiales, trabajadores y terceros interesados, relacionadas con el proyecto minero San Rafael, que pretendían revocar el amparo otorgado por las Corte de Constitucionalidad (CC)el 5 de julio al Centro de Acción Legal y Ambiental (CALAS) que suspende provisionalmente las actividades de la mina por haber violado el derecho a la consulta de la población de San Rafael Las Flores, Santa Rosa y al pueblo xinca.

La mina debe permanecer cerrada mientras se resuelve el amparo provisional en la CC y mientras la CSJ resuelve las apelaciones puestas por la empresa minera y el Ministro de Energía y Minas al amparo provisional otorgado por la CC. Sin embargo la mina no ha acatado a orden de la Corte de Constitucionalidad y continúa operando.

CALAS ha emitido un comunicado aclaratorio, para desmentir serias acusaciones emitidas por proveedores de la mina San Rafael, que responsabilizan a la organización ambiental por la pérdida de empleos relacionados con la suspensión de actividades de la mina y aclara que la responsabilidad por la suspensión de la licencia de explotación minera es de la Mina San Rafael por no haber realizado la consulta de buena fe, previa, libre e informada en San Rafael Las Flores.

Información de Rafael Maldonado

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