Por: Nelton Rivera.
“En primer lugar señora juez, en el día del nahual Oxlajuj Tz’ikin en mi calidad de autoridad ancestral del pueblo maya Q’anjoba’l del cual estoy de nuevo investido, con este símbolo sagrado que porto en este momento, inicio con decirle señora juez que lo imputado por los delitos que el Ministerio Público indica, me considero totalmente inocente… Nosotros como autoridades ancestrales en su conjunto en nuestros pueblos, somos respetuosos indistintamente que las leyes no fuimos nosotros quienes las hayamos hecho y hemos contribuído para que ésta justicia en el país sea de lo más democrática, más objetiva posible. Sin que el Ministerio Público hasta ahora haya escuchado en todo lo que va del proceso desde el año pasado hasta hoy estuvimos 14 meses en la cárcel injustamente, me sorprende que el Ministerio Público de nuevo nos está imputando delitos que ya se abordaron y ¿Por qué?”
La fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Publico –MP- está firme en continuar la persecución penal en contra de Rigoberto Juárez Mateo, una autoridad ancestral maya a quien criminalizan por su papel de mediación que le otorgó su pueblo.
El miércoles 17 de agosto Rigoberto Juárez se presentó de forma voluntaria ante el Juzgado de Mayor Riesgo A en la ciudad capital porque existía una nueva orden de aprehensión en su contra. Él junto a seis autoridades comunitarias del territorio norte de Huehuetenango, todos considerados presos políticos, estuvieron por más de 16 meses encarcelados de forma injusta y arbitraria desde el 2015. Recientemente enfrentaron un Debate Oral y Público en el mes de julio ante un Tribunal de Mayor Riesgo, todos fueron absueltos de los delitos menores por los que fueron acusados, finalmente regresaron a sus comunidades y fueron recibidos multitudinariamente a su regreso.
Pero la paz y tranquilidad no llega aun a sus comunidades, el MP y las empresas insisten en seguirlos criminalizando, nuevamente Rigoberto Juárez Mateo fue ligado a proceso por los delitos de “detenciones ilegales e incitación a delinquir” debe de enfrentar otro proceso penal por un hecho ya juzgado y para el año 2017 tiene pendiente un Debate Oral y Público por las acusaciones hechas por una hidroeléctrica en Santa Eulalia que forma parte de los negocios de la familia Leal uno de los principales grupos azucareros del país.
Todo esto a pesar que un Tribunal de Mayor Riesgo ratificó el rol y el papel de las autoridades ancestrales de los pueblos indígenas en Guatemala, su importancia y que el Estado debe de reconocer el papel que juegan especialmente en la defensa del territorio.
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Las autoridades ancestrales del pueblo Q’anjob’al viajaron este semana desde Santa Eulalia para participar en una reunión de alto nivel con funcionarios públicos del Organismo Judicial, del Ministerio Publico y otras instituciones en las mesas de discusión para la reforma del sistema de justicia en Guatemala como representantes de la nación Q’anjob’al, Chuj, Akateka y mestiza y en representación del Gobierno Ancestral Plurinacional de estas naciones.
Luego acompañaron a Rigoberto Juárez para presentarse de forma voluntaria ante el Juzgado de Mayor Riesgo A, porque existen 10 órdenes de aprensión contra distintas personas de ese municipio desde el 3 de abril del 2015 que el MP de mala fe solicitó ante el juzgado de turno de la ciudad de Guatemala.
En la lista nuevamente aparece el nombre de Rigoberto Juárez Mateo por un hecho que ya fue juzgado recientemente por el Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo A en el mes de julio 2016, el resultado del juicio fue la decisión por unanimidad de los tres jueces de absolver a las siete autoridades comunitarias de todos los delitos acusados como: Detenciones Ilegales e Instigación a Delinquir.
La jueza Yassmin Barrios presidenta de este tribunal hizo un fuerte llamado de atención al MP por considerar que desde esta fiscalía se está criminalizando el papel de las autoridades comunitarias.
Pero para Claudette Domínguez quien preside el Juzgado de Mayor Riesgo A, la resolución de un Tribunal de Mayor Riesgo no tienen por qué incidir en las decisiones que ella toma desde su juzgado, esto en abierta contradicción con los argumentos de los abogados de la defensa de Rigoberto Juárez, que afirmaron que este juzgado no debió realizar la Audiencia de Primera Declaración porque al hacerlo ella como juzgadora cometió una seria ilegalidad y violó el derecho de presunción de inocencia de la autoridad ancestral.
Una audiencia ilegal – Defecto Absoluto
La juzgadora realizó la audiencia de primera declaración a pesar que los abogados de la defensa presentaron varios recursos, Javier García uno de los abogados denunció y argumentó la existencia de Defecto Absoluto contra la acción del MP de solicitar el 3 de abril 2015 diez ordenes de aprensión en un juzgado de turno de la ciudad capital que no podía hacerlo, violentando el debido proceso del juez natural que conoció la causa penal en Santa Eulalia Huehuetenango en el año 2014.
El argumento del abogado se basó en que la juez con esta audiencia está violentando las garantías constitucionales, el debido proceso, además se está cometiendo una doble persecución penal en contra de Rigoberto Juárez, el MP se negó a aceptar el Defecto Absoluto y la juzgadora a las 11:40 de la mañana rechazo también este recurso.
Resolviendo momentos despues ligar a proceso penal a la autoridad ancestral.
Recurso de Reposición
El abogado Santiago Choc también planteo un Recurso de Reposición en contra de la resolución de la juzgadora porque se generan varios agravios en contra de la autoridad ancestral, al validar las órdenes de aprensión emitidas por un juez sin competencia para hacerlo, siendo esta una resolución ilegal.
Nuevamente el MP y la juzgadora rechazaron el recurso de reposición argumentando que el juez de turno de Guatemala en abril del 2015 resolvió apegado al Acuerdo 44-2007 de la Corte Suprema de Justicia que le permite a los tribunales de turno en todo el país tener “Competencia” sobre otros juzgados a nivel nacional.
A criterio del abogado Santiago Choc las actuaciones del MP, especialmente de la fiscalía de Derechos Humanos se basan en actuaciones de mala fe en contra de esta autoridad ancestral que está defendiendo el territorio, en las acusaciones y la investigación hecha perdieron la objetividad y los principios rectores del MP violentando la unidad de éste al utilizar una misma causa penal y que ésta causa penal sea conocida por dos órganos jurisdiccionales distintos.
Ilegalidad de la acusación
Benito Morales Laynes también abogado defensor de Rigoberto Juárez, cuestionó seriamente las pruebas de convicción presentadas por el MP, porque son las mismas que se presentaron durante el Debate Oral y Público en el mes de julio 2016, mismas que el Tribunal de Mayor Riesgo A desestimó porque estas no fueron suficientemente coherentes para acreditar que las autoridades comunitarias hubieran cometido algun delito sindicado por el MP y que fueran por los que la juez Claudette Domínguez los ligó a proceso.
Benito Morales argumentó que varios de los testigos que el MP presentó como pruebas de convicción fueron contradictorias durante el juicio, hubieron testigos que no se presentaron a declarar, uno de los testigos se comprobó durante el juicio que no estuvo presente en el lugar de los hechos y que a pesar de eso mintió durante el juicio.
También argumentó que hay varios peritajes que fueron incorporados en el Debate Oral y cuantan ahora con sustento legal que acreditan el papel de mediación que realizó Rigoberto Juárez el día 23 de enero de 2014 y que sin su intervención el problema en el CAJ de Santa Eulalia ese día no se hubiera resuelto, trazando una ruta para dialogar y mediar el conflicto provocado por la mala administración de justicia de los trabajadores del CAJ; jueces, fiscales del MP, etc.
Actividad Procesal Defectuosa
El abogado Héctor Reyes Chiquín presentó un recurso de Actividad Procesal Defectuosa porque considera que la juzgadora comete un acto viciado al ordenar el auto procesamiento de Rigoberto Juárez Mateo por dos delitos como detenciones ilegales e incitación a delinquir, porque esa causa penal ya fue juzgada por un Tribunal de Sentencia en un debate oral y público con los mismos testigos, las mismas pruebas, la misma investigación y en ese mismo caso el MP no pudo comprobar que una sola de las autoridades comunitarias hubiera cometido un delito por los hechos ocurridos en el CAJ el día 23 de enero del 2014.
“No se puede ligar a proceso penal a una persona que ya fue juzgada en un debate oral y público por una misma causa penal, además que fue absuelta de todo delito.”
Finalmente la juzgadora a petición del MP ligó a proceso penal a Rigoberto Juárez Mateo por los delitos de detenciones ilegales e incitación a delinquir, por los hechos ocurridos en el CAJ de Santa Eulalia el 23 de enero del 2014, le otorgo una medida sustitutiva bajo arresto domiciliario sin custodia de la Policía Nacional Civil y con orden de arraigo para que no pueda salir del país, como únicas medidas de coerción.
También le dió un mes el MP para que termine la investigación y ordenó que la fecha para discusión del acto conclusivo sea el 5 de octubre 2016 a las 9:30 de la mañana en ese juzgado.
De esa manera se vuelve recriminalizar a una de las autoridades ancestrales de los pueblos indígenas, pocos días atrás fue detenido don Oscar Sánchez autoridad ancestral del pueblo Mam de San Marcos, hoy se abre otro proceso en contra de una autoridad maya Q’anjoba’l y detrás siguen estando las empresas nacionales y transnacionales que pretenden construir represas e hidroeléctricas de forma violenta en sus territorio.