El Registro de las Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación rechazó la solicitud del periodista para cancelar la Fundación contra el Terrorismo, al considerar que no era su competencia. El periodista había señalado que la organización ha sido utilizada para perseguir a comunicadores y operadores de justicia.
Por Alexander Valdéz
El Registro de las Personas Jurídicas (Repeju) del Ministerio de Gobernación rechazó la solicitud presentada por el periodista y fundador del extinto diario elPeriódico, Jose Rubén Zamora, para cancelar la Fundación contra el Terrorismo (FCT), una organización que, según su planteamiento, ha sido utilizada como instrumento para perseguir a comunicadores, líderes comunitarios y operadores de justicia en Guatemala.
En su requerimiento, Zamora argumentó que la cancelación de una entidad era una medida legal procedente cuando esta es utilizada para fines contrarios al Estado de Derecho. Señaló que la FCT ha recurrido a la persecución penal para afectar reputaciones, patrimonios y entornos familiares de sus objetivos. Incluso, calificó el actuar de la organización como una forma de violencia sistemática, al considerar que sus acciones han tenido consecuencias profundas en la vida de quienes han sido señalados o procesados.
La Fundación contra el Terrorismo, creada en 2013 por Ricardo Méndez Ruiz, quien con vínculos militares, ha tenido un rol activo como querellante en diversos procesos penales, incluido el caso contra el propio Zamora. En conjunto con el Ministerio Público, la organización ha promovido acciones legales que, según equipos de defensa y sectores sociales, carecen de sustento fáctico y jurídico, y han sido utilizadas para obstaculizar procesos judiciales o prolongar detenciones, como en los casos de líderes comunitarios, periodistas y exoperadores de justicia.
Ante esa resolución el comunicador planteó un recurso legal para que se revise esa decisión y esta unidad reconsidere su primera decisión judicial.


FCT no será cancelada
De esa cuenta, tras un análisis administrativo esa unidad concluyó que la nueva Ley de Oenegés no era aplicable para cancelar a la Fundación contra el Terrorismo. Asimismo, el Repeju fundamenta su decisión en el respeto al derecho de libre asociación reconocido en la Constitución y en la normativa internacional, indicando que la cancelación de una entidad es una medida excepcional que requiere causales plenamente comprobadas.
En ese sentido, la unidad administrativa subraya que no tiene competencia para valorar supuestos abusos en procesos penales ni sustituir a órganos jurisdiccionales, por lo que cualquier señalamiento sobre actuaciones indebidas debe ventilarse en las instancias judiciales correspondientes y no a través de un procedimiento registral.
“Con base en lo expuesto, el Registro de las Personas Jurídicas concluye que la solicitud planteada en el memorial presentado resulta improcedente en el ámbito de competencia de esta dependencia, en tanto se fundamenta en normativa no aplicable como fuente de causales sustantivas de cancelación”, según indica el fallo al que tuvo acceso Prensa Comunitaria.
Es decir, se considera que la Fundación Contra el Terrorismo Guatemala es una fundación constituida bajo el Código Civil, no una ONG. Por ello, no le es aplicable la Ley de ONG ni su reglamento para efectos de cancelación.
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Zamora criminalizado
La acción de Zamora se produjo pocos días después de recuperar su libertad bajo arresto domiciliario, situación en la que permaneció más de tres años privado de libertad. Su solicitud también se enmarca en un contexto más amplio de cuestionamientos, donde organizaciones sociales e indígenas han denunciado prácticas de litigio malicioso y criminalización que han derivado en el exilio de actores clave en la lucha contra la corrupción.
La detención de Zamora se inició el 29 de julio de 2022, acusado de ocultar el origen de Q300 mil. El dinero fue incautado en efectivo, aunque el periodista presentó documentación que, según su defensa, acreditaba su procedencia en la venta de una obra de arte destinada al pago de salarios en el extinto diario elPeriódico.
Otra sentencia
En un segundo proceso que lo mantiene bajo prisión preventiva, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) atribuye a Zamora el delito de obstrucción a la justicia, al señalar que intentó influir en una investigación vinculada a un supuesto caso de lavado de dinero ocurrido en 2013. A este expediente se agregó una tercera acusación relacionada con la presunta falsificación de firmas en boletas de declaración jurada utilizadas para viajes al extranjero, provocando la solicitud de abrir un nuevo proceso por uso de documentos falsificados.
El 6 de octubre de 2025, la Cámara Penal aceptó parcialmente un recurso de casación presentado por la defensa de Jose Rubén Zamora y ordenó que se realizara un nuevo análisis de la sentencia dictada en 2023 en su contra por el delito de lavado de dinero.
La resolución implicó que el expediente regresara a la Sala Segunda de Apelaciones, la cual deberá revisar los argumentos planteados por la defensa, entre ellos, presuntas vulneraciones al derecho de defensa y la falta de garantías procesales durante el juicio.
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