Corte Suprema de Estados Unidos frena el intento de Trump de limitar la ciudadanía por nacimiento

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Créditos: AP

La Corte bloqueó el intento del presidente Donald Trump de eliminar la ciudadanía por nacimiento para hijos de inmigrantes indocumentados y de personas con visas temporales. El fallo protege a más de 300 mil niños al año que quedarían excluidos de ese reconocimiento constitucional.

Por Rony Ríos 

La Corte Suprema de Estados Unidos declaró inconstitucional la orden ejecutiva con la que el presidente Donald Trump pretendía negar la ciudadanía estadounidense a los hijos de inmigrantes indocumentados y de personas con visas temporales nacidos en territorio estadounidense.  

La decisión confirma el principio que ha permanecido vigente durante más de 150 años en EE. UU. en el que se establece que toda persona nacida dentro del territorio es ciudadana estadounidense, salvo contadas excepciones como los hijos de diplomáticos extranjeros o de fuerzas militares enemigas que ocupen el territorio.  

El fallo supone una derrota para uno de los principales ejes del programa migratorio de Trump y pone fin a un intento de modificar mediante una orden ejecutiva una interpretación constitucional consolidada desde finales del siglo XIX.

La orden buscaba cambiar la interpretación de la Constitución

El conflicto comenzó el 20 de enero de 2025, cuando Trump firmó la Orden Ejecutiva 14160, denominada Protecting the Meaning and Value of American Citizenship (Protegiendo el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense). La medida establecía que los niños nacidos en Estados Unidos dejarían de obtener automáticamente la ciudadanía si ninguno de sus padres era ciudadano estadounidense o residente permanente legal. 

Además, la restricción alcanzaba a hijos de personas con visas de trabajo, estudio o turismo.  

La administración de Trump argumentó que la frase “sujetas a su jurisdicción”, contenida en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, debía interpretarse de forma más restrictiva, sosteniendo que únicamente quienes tuvieran una vinculación permanente con Estados Unidos podían transmitir la ciudadanía a sus hijos nacidos en el país.  

Sin embargo, esa interpretación fue rechazada por tribunales federales desde el inicio y finalmente por la Corte Suprema.

La Decimocuarta Enmienda

La mayoría de magistrados concluyó que la ciudadanía por nacimiento está protegida directamente por la Decimocuarta Enmienda, aprobada en 1868 tras la Guerra Civil estadounidense para revertir la decisión del caso Dred Scott, que había negado la ciudadanía a las personas afroamericanas.

Además, el tribunal recordó el precedente establecido en el caso de Estados Unidos contra Wong Kim Ark (1898) que se resolvió hace más de un siglo e indicó que un niño nacido en EE. UU. de padres extranjeros también es ciudadano estadounidense. 

Esa decisión ha servido desde entonces como fundamento jurídico del principio conocido como jus soli (“derecho del suelo”). De acuerdo con la resolución de este lunes, la decisión fue aprobada por seis votos contra tres.

El presidente del tribunal, John Roberts, redactó la opinión mayoritaria, respaldado por los jueces Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Ketanji Brown Jackson y Amy Coney Barrett. Brett Kavanaugh coincidió con el resultado aunque expresó diferencias respecto a parte del razonamiento jurídico utilizado por la mayoría. Los magistrados Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch votaron en contra.  

Más de 300 mil niños habrían resultado afectados

Varios estudios presentados durante el litigio estiman que la orden ejecutiva habría afectado a más de 300 mil niños nacidos cada año en Estados Unidos, quienes podrían haber quedado sin ciudadanía estadounidense pese a haber nacido en territorio nacional.  

Organizaciones de derechos civiles advirtieron que la medida habría generado miles de casos de apatridia, dificultades para acceder a educación, servicios médicos, programas sociales y mayores riesgos de deportación para familias completas.  

El argumento de Trump

Desde su campaña presidencial, Trump sostuvo que la ciudadanía automática incentivaba la inmigración irregular y el llamado “turismo de nacimiento”, práctica mediante la cual algunas mujeres embarazadas viajan a Estados Unidos para que sus hijos obtengan la ciudadanía.

Su administración insistió ante la Corte en que la Constitución nunca tuvo la intención de beneficiar a personas que permanecieran ilegalmente en el país o únicamente de forma temporal.  

No obstante, los magistrados concluyeron que ese cambio no podía realizarse mediante una orden ejecutiva y que contradecía el texto constitucional y más de un siglo de jurisprudencia.

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