La permanencia de Mynor Herrera en ese espacio clave han generado cuestionamientos sobre su idoneidad y posibles impedimentos legales. Herrera es presidente del Consejo Consultivo del RENAP y es ministro de culto.
Por Alexander Valdéz
Pese a los señalamientos por un posible impedimento legal al ser ministro de culto, Mynor Herrera se ha mantenido en el cargo y ha insistido en conservar ese espacio. Su elección como representante de los rectores ante la comisión postuladora del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y, de forma paralela, su presidencia del Consejo Consultivo del Registro Nacional de las Personas (RENAP) le han generado nuevas críticas.
Los cuestionamientos se han intensificado por los posibles conflictos de interés en la elección de los perfiles que buscan llegar al TSE. El Movimiento Pro Justicia advierte que esta doble función compromete principios de independencia y neutralidad, más aún en un contexto de desconfianza hacia los procesos de selección.
Amplían amparo contra designación del rector de la Upana en la Postuladora del TSE
— Prensa Comunitaria Km169 (@PrensaComunitar) January 22, 2026
El rector de la Universidad Panamericana podría tener dos limitantes para pertenecer a la postuladora: ser ministro de culto y formar parte del Consejo Consultivo del Renap pic.twitter.com/XHa1n4Ewd4
“Herrera recibe dietas por representar a los rectores en el RENAP. ¿Podría ser otro impedimento? El decano Aragón Solé declinó representar a sus colegas en la postuladora, pues es directivo del IDPP y él mismo lo consideró un posible impedimento. ¿Aplicará esto al rector Herrera?”, cuestionó la organización.
A esto se suma su actividad en una cuenta de la red social X, desde la cual compartía publicaciones de la Fundación contra el Terrorismo orientadas a desacreditar a distintos actores, además de afirmar que el actual gobierno fue electo mediante fraude. La cuenta fue eliminada luego de que Herrera fuera identificado, una acción que reforzó las dudas sobre su imparcialidad e idoneidad.



Un amparo está en curso
El diputado José Chic amplió un amparo presentado contra la designación de Herrera como integrante de la comisión postuladora al considerar que existen impedimentos legales que le imposibilitan ejercer ese cargo. En su acción constitucional, Chic expone que la condición de Herrera como ministro de culto es una de las prohibiciones establecidas en la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Además, el parlamentario dijo que la participación simultánea de Herrera como presidente del Consejo Consultivo del Registro Nacional de las Personas (RENAP) refuerza los riesgos de conflicto de interés.
Por ese amparo, el juzgado Décimo Quinto Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil fijó un plazo de 48 horas al Foro de Rectores de las Universidades Privadas de Guatemala para que emitan un informe circunstanciado, con antecedentes del caso, sobre la designación.
Al salir de esa reunión, Herrera fue enfático, ante las insistentes preguntas de la prensa, en indicar que no dejaría el cargo. Por aparte, el presidente protempore del foro de rectores, Mynor Cordón, indicó que en la sesión se conoció el amparo contra la designación de Herrera, pero únicamente dijo que la resolución fue enviada a la “representación legal”.
La primera sesión de trabajo
El pasado miércoles, la Comisión de Postulación celebró su primera sesión de trabajo en el Salón Mayor del Congreso de la República, dando inicio formal al proceso de selección de los aspirantes que integrarán la nómina de candidatos para el período 2026–2032.
La reunión estuvo marcada por la aprobación de la convocatoria pública, la conformación de las autoridades internas y un ambiente de tensión en torno a la figura de Walter Mazariegos, rector de facto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), quien preside la comisión por mandato legal.
La Comisión de Postulación tiene como objetivo integrar una nómina de 20 personas idóneas para optar a las magistraturas del TSE. Esta lista será remitida al Congreso de la República, que deberá elegir, con el voto favorable de las dos terceras partes de los diputados, a cinco magistrados titulares y cinco suplentes para el período 2026–2032. El proceso debe concluir antes de marzo de 2026, cuando vence el mandato de los actuales magistrados, a fin de garantizar la continuidad del máximo órgano electoral del país.
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