Por Mario Ramos
El jefe de pelotón gritó ¡Fuego! y el estruendo causó silencio. El tiempo se detuvo por unos instantes a las 6:01 de la madrugada de aquel viernes 13 de septiembre de 1996. El Estado guatemalteco acababa de matar a Pedro Castillo y Roberto Girón.
Las imágenes recorrieron el mundo y cientos de miles pudieron ver la brutal ejecución en una época en la que no existían las redes sociales. El juez a cargo del fusilamiento trató de impedir la entrada de periodistas. No quería testigos, no quería cámaras. Como si supiera la indignación que las imágenes iban a provocar. Pero un grupo de reporteros le forzaron a abrirles paso. Con un amparo.
Castillo y Girón habían sido condenados a muerte tres meses antes por violar y asesinar en 1993 a una niña de cuatro años, y era la tercera vez que se programaba la ejecución. Las dos anteriores fueron suspendidas por recursos de la defensa, pero esta vez no había margen para la prórroga. Trece años después de las últimas ejecuciones, ordenadas en 1983 durante la dictadura de Efraín Ríos Montt, Guatemala volvía a ejecutar una pena de muerte. En la Granja Modelo de Rehabilitación Canadá, en el sureño departamento de Escuintla, cerca de un centenar de periodistas nacionales e internacionales se habían apostado desde la tarde anterior en la oxidada talanquera exterior del penal, a casi un kilómetro del edificio central por una carretera de terracería.
Empezaba a anochecer cuando los soldados que controlaban la garita perimetral comunicaron que tenían orden de no dejar ingresar a ningún periodista. El juez de ejecución penal Gustavo Adolfo Gaytán Lara había dado la instrucción. Las presiones de los medios de comunicación en la capital, el ir y venir de llamadas, consiguió en las horas siguientes la promesa de que por la mañana entrarían reporteros, pero el juzgador estaba empecinado: nada de cámaras de foto o video, nada de grabadoras. Nada que dejara registro.

Ya era de noche cuando un grupo de periodistas, algunos de los que cubrían la llamada nota roja y otros que conocían los pasillos de las fuentes judiciales, creyeron dar con una alternativa: presentarían un recurso de amparo. Incluso en una Guatemala que, en medio de negociaciones entre el gobierno y la guerrilla, seguía en guerra civil, la Constitución protegía el derecho a informar. Varios buscaron asesoría legal en sus medios. Algunos directores y editores con conocimientos jurídicos hicieron recomendaciones desde la capital. Se estaba limitando el ejercicio periodístico.
Donald González, que era reportero de Emisoras Unidas, recuerda que hubo división entre los colegas. “Muchos se opusieron”, dice. “Creo que no dimensionaban el impacto que aquel fusilamiento podía tener en el público. El resto les explicamos lo sensible que era el caso y la importancia de velar por nuestro derecho”. Se decidió ir a buscar al juez de paz de Escuintla, a unos 15 kilómetros de distancia, para interponer un recurso.
“Eran como las ocho de la noche y viajamos a Escuintla unos 20 colegas”, cuenta Marco Tulio Trejo, entonces reportero del desaparecido matutino Siglo XXI. Cuando llegaron, el juez primero de paz, José Humberto Orellana Penado, ya no estaba en el juzgado. Se había retirado a su casa.
El tiempo apremiaba. La ejecución estaba programada a primera ahora de la mañana. Entre el grupo de reporteros emergió la voz de Reyes Reali, corresponsal en Escuintla de Emisoras Unidas. Sabía dónde vivía Orellana. Seguía la búsqueda. “Logramos dar con la casa y el señor nos pasó adelante”, cuenta Trejo. “Recuerdo que tenía una mesita y en ella una máquina de escribir. Con esa nos tomó la declaración bajo la figura del amparo verbal. En el documento instruía al juez Gaytán que, por derecho constitucional, nos tenía que dejar pasar. Nos fuimos volados de regreso”.
De nuevo en la talanquera, 23 periodistas firmaron la resolución que poco después entregarían al juez de ejecución. Algunos no quisieron hacerlo por temor a represalias de sus fuentes en tribunales. El texto era claro:
“El gremio de Reporteros, Redactores, Camarógrafos y Fotógrafos de los distintos medios de comunicación de Guatemala, ocurrieron ante este juzgado, a interponer un recurso de AMPARO en su contra, al haberles vedado el ingreso a la fuente de la noticia (…) coartando con ello el precepto constitucional de la libre emisión del pensamiento, contenido en el artículo 35 (…) por lo que como medida de providencia urgente, se les otorgó provisionalmente dicho amparo, agradeciéndole disponer de la revocatoria de tal disposición por ser contraria a las leyes de la materia”.
A las 4:15 horas del día 13, el juez Gaytán llegó al centro carcelario al timón de su Volvo, que parecía diminuto para la altura del juzgador. Los reporteros le pidieron conversar y él accedió a bajar del vehículo. Vestía su usual sombrero negro.
Trejo recuerda el momento: “Donald González le entregó la resolución. El juez se puso a leerlo, primero riendo, pero cuando llegó a la resolución hizo una cara, no de molestia, sino expresando que lo habíamos logrado pese a su decisión”. El juez llamó al militar al mando del contingente y le dijo que dejara pasar a los periodistas.





