CC rechaza otro amparo pedido por el ministro de Finanzas contra el MP 

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Créditos: Archivo Minfin
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La Corte de Constitucionalidad confirmó la negativa de amparo al ministro de Finanzas, Jonathan Menkos, que denunció que el Ministerio Público violó su inmunidad al investigarlo sin antejuicio. El tribunal concluyó que no hubo vulneración de derechos y que el amparo no era la vía idónea para impugnar las diligencias realizadas por la fiscalía.

Por Alexander Valdéz 

Por mayoría, la Corte de Constitucionalidad (CC) confirmó la resolución que denegó el amparo solicitado por el ministro de Finanzas Públicas, Jonathan Menkos, contra el Ministerio Público (MP), entidad a la que señaló de investigarlo sin agotar el trámite del antejuicio en la Corte Suprema de Justicia (CSJ). 

En su fallo, la CC reafirmó que el amparo no es la vía idónea para cuestionar las diligencias de investigación realizadas por el MP, ya que estas deben ser revisadas por los jueces contralores de los procesos penales. Según la resolución, el ministro debe acudir al juzgado que autorizó las diligencias. 

Menkos presentó el amparo argumentando que la fiscalía violó su derecho de antejuicio al realizar diligencias e investigaciones sin que existiera una solicitud previa para retirarle la inmunidad, correspondiente al cargo. Según su planteamiento, las actuaciones del MP constituyeron una persecución arbitraria y abusiva, acompañada de publicaciones oficiales que insinuaban su implicación en delitos de cohecho activo y abuso de autoridad. 

“La fiscal general y jefe del Ministerio Público, al ser la autoridad superior de esa institución, avaló todas las acciones llevadas en su contra. Asimismo, indicó que actualmente existen cuatro carpetas de investigación orientadas hacia él, existiendo con ello una persecución arbitraria e ilegal dado que al ser Ministro del Organismo Ejecutivo, le asiste el derecho de antejuicio”, se lee en el reclamo de Menkos. 

La CC, sin embargo, consideró que el ministro no figura como investigado en las carpetas señaladas y que las acciones del MP se enmarcan dentro de sus atribuciones legales. El máximo tribunal constitucional reiteró que la prerrogativa del antejuicio no impide que el MP realice diligencias preliminares destinadas a recabar información y conservar evidencia, siempre que estas no constituyan una persecución penal encubierta. 

Ese criterio fue asumido por Leyla Lemus, Roberto Molina Barreto, Nester Vásquez, Héctor Hugo Pérez Aguilera y Walter Jiménez. El único que estuvo en contra fue el magistrado suplente Rony López, que emitió un voto razonado disidente. 

“Se violento la inmunidad del ministro”

El magistrado suplente Rony López fue el único que se opuso a la resolución que negó el amparo solicitado por el ministro. En su voto razonado disidente sostuvo que el fallo mayoritario no garantizó adecuadamente los derechos de defensa y el debido proceso.

Para el magistrado el Ministerio Público vulneró la prerrogativa de antejuicio del ministro Menkos al realizar diligencias que “pueden perturbar o intimidar la calidad con que actualmente ejerce sus funciones”, y que, por tanto, la fiscalía debía haber agotado primero el trámite de antejuicio antes de solicitar información o practicar investigaciones. 

¿Qué información pidió el MP?

El fallo de la Corte de Constitucionalidad detalla que el Ministerio Público abrió de oficio varias investigaciones relacionadas con presuntos pagos a constructoras durante la gestión de la exministra de Comunicaciones Jazmín de la Vega. En ese contexto, la Fiscalía contra la Corrupción remitió al ministro de Finanzas varios requerimientos de información vinculados con los procedimientos de control acordados por el presidente de la República y los ministros de Finanzas y Comunicaciones para autorizar esos pagos. 

El MP solicitó copia certificada de documentos que evidenciaran las instrucciones del mandatario, los pagos realizados y los montos cancelados fuera de lo ordenado por la Presidencia. Los requerimientos formaron parte de las carpetas de investigación MP001-2024-22274, MP001-2024-22397, MP001-2024-26550 y MP001-2024-21186. Según la resolución, en dichas carpetas no aparece el ministro como imputado, aunque sí fue requerido por la fiscalía para aportar información y documentación. Además, personal del Ministerio Público acudió en dos ocasiones a las instalaciones del Ministerio de Finanzas para solicitar copias certificadas de registros de visitas y grabaciones de cámaras de seguridad, diligencias que el funcionario consideró intimidatorias y arbitrarias.

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