La exasistente del exministro Alejandro Sinibaldi busca a través de un amparo que se deje sin efecto la resolución que anuló su convenio de colaboración eficaz, y que sirvió para identificar la manera en la que habría operado una presunta estructura criminal en el Ministerio de Comunicaciones.
Por Alexander Valdéz
Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) declararon con lugar una apelación presentada por la exasistente de Alejandro Sinibaldi y excolaboradora eficaz del caso de “Construcción y Corrupción”, Anelisse Herrera, y ordenaron a la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), tramitar y conocer un amparo que ella presentó contra la resolución de la Sala Segunda de Mayor Riesgo, que en 2023, anuló el acuerdo de colaboración eficaz, beneficiando al exministro y a otros acusados.
Herrera, quien estuvo encarcelada y que optó por el proceso de aceptación de cargos, se opone a que su declaración quede sin validez; señala que Alejandro Sinibaldi no podía accionar ni alegar desconocimiento del acuerdo, ya que su defensa se encontraba presente en la audiencia donde ella declaró y aportó información.
“Resultaría grave para el sistema jurídico guatemalteco que no se tomen en consideración los aportes que hizo –la accionante– al Ministerio Público, los que se constituyen como medios de convicción en contra de Alejandro Jorge Sinibaldi Aparicio, los cuales deben ser valorados por el órgano jurisdiccional correspondiente; vi) la autoridad cuestionada varió las formas del proceso, en virtud que no fundamentó debidamente la decisión que emitió, pues más del setenta y cinco por ciento de la misma es una transcripción o relación de hechos de lo argumentado por el apelante, sin indicar por qué consideraba que debía dejarse sin efecto el acuerdo relacionado”, expresó la defensa de Herrera.
Su impugnación llegó hasta la CC porque la anterior magistratura de la CSJ había decidido no conocer el amparo por considerarlo extemporáneo, sin embargo, la máxima corte determinó que debe ser analizada la petición de Herrera. Es decir, los nuevos magistrados deben estudiar el fallo que anuló el convenio de colaboración y que benefició a Sinibaldi para poder librar a la justicia en ese expediente de presunta corrupción.
“Es dable propiciar que el asunto sea resuelto en pronunciamiento de sentencia, en la que se analicen los alegatos expuestos por las partes, las pruebas aportadas al proceso y todo aquello que formal, real y objetivamente resulte pertinente para resolver el asunto de mérito”, concluyó la CC.
El alto costo de aportar información
Como ocurrió en otros casos, los acuerdos de colaboración que se firmaron con personas acusadas de corrupción, quienes no solo aceptaron su responsabilidad en los hechos, sino que aportaron información relevante para las investigaciones, fueron anulados. Analisse Herrera, fue enviada a prisión el 12 de marzo de este año. Meses después, optó por una aceptación de cargos.
En junio, la titular del Juzgado de Mayor Riesgo “D”, Abelina Cruz, la condenó a tres años de prisión conmutables, luego de haber aceptado su culpabilidad en hechos de corrupción que fueron investigados por el Ministerio Público (MP) y la extinta Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), en el caso conocido como Construcción y Corrupción, develado en 2017.
Herrera reconoció a la jueza que tuvo participación en los hechos de corrupción y que únicamente atendía las instrucciones que le encomendaba Sinibaldi. “Todo lo que se realizaba era por instrucciones y dirección de Alejandro Sinibaldi”, expresó el día de la audiencia.
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Hechos en impunidad
El 14 de agosto de 2017, el Ministerio Público y la CICIG presentaron el caso Construcción y Corrupción, que estableció la existencia de una estructura de alto nivel liderada por Alejandro Sinibaldi, exministro de Comunicaciones, dedicada al cobro de sobornos a los contratistas del Estado a cambio de que dicho ministerio les efectuara los pagos, ya sea por proyectos en vigencia o cancelación de deuda.
En la fase II se identificaron otras modalidades de pagos que se realizaban en el extranjero (empresas off shore) con simulación de contratos de asesorías o préstamos; pagos por contratación de asesorías; pagos de sobornos destinados al financiamiento electoral ilícito, y adquisición de bienes.
Pese a que la extrabajadora de Sinibaldi aceptó los hechos, su declaración no puede ser utilizada contra el exministro, quien fue el más beneficiado con la resolución de la Sala que dejó sin efecto las declaraciones en calidad de anticipo de prueba.
De hecho, tanto el testimonio de Herrera como el de Juan Arturo Jegerlehner no pudieron utilizarse para la etapa intermedia de Sinibaldi, quien fue favorecido con el cierre del caso en ese mismo expediente.
Sinibaldi estuvo prófugo de la justicia guatemalteca, desde 2016, y fue detenido, el 24 de agosto de 2020, tras ingresar a Guatemala por la frontera de Tapachula, México, proveniente de Florencia, Italia.
Fue aspirante a la Presidencia por el Partido Patriota (PP) pero renunció a su candidatura días después de que el Ministerio Público y la CICIG develaron el caso “La Línea”, por el cual el expresidente Otto Pérez y la exvicepresidenta Roxana Baldetti fueron condenados.
Ha logrado librarse de los casos Cooptación del Estado, Transurbano, Construcción y Corrupción y Bantrab-Arca.
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