El fallo obliga al Juzgado Segundo Penal a que revoque el beneficio otorgado a Baldizón, que le permitía movilizarse por todo el territorio nacional. En el caso Transurbano no solo obtuvo libertad, sino que se le decretó falta de mérito por varios delitos.
Por Alexander Valdéz
La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó una apelación solicitada por el Ministerio Público (MP) y revocó un beneficio concedido por el Juzgado Segundo de Instancia Penal a favor del excandidato presidencial Manuel Baldizón en el caso Transurbano, y que le permitía movilizarse por todo el territorio nacional.
Con el nuevo fallo, la CC obliga al juzgado a que modifique las medidas sustitutivas y únicamente le permita movilizarse en el departamento de Guatemala. Incluso ese beneficio ya había sido confirmado por la Sala, sin embargo, ahora se revoca.
“La Sala denunciada concedió una medida a favor del procesado sin que se diera el contradictorio correspondiente, por lo que varió las formas del proceso y dejó al Ministerio Público en completo estado de indefensión, vulnerando así, sus derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva que le asisten”, se cuestiona.
Los magistrados de la CC dieron la razón a la fiscalía y otorgaron la apelación. A su criterio, sí se daban las circunstancias denunciadas por la fiscalía para dejar sin efecto ese beneficio para Baldizón.
El caso Transurbano
En octubre de 2022, Manuel Baldizón, excandidato a la Presidencia por el extinto partido LIDER, fue ligado a proceso penal en el caso Transurbano, aunque fue beneficiado con la falta de mérito por los delitos de lavado de dinero, falsedad ideológica con agregación electoral, y asociación ilícita. En esa audiencia únicamente se le ligó por financiamiento electoral ilícito.
La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), cuando era dirigida por Juan Francisco Sandoval y la extinta Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), revelaron que Baldizón desvió Q80 millones del Transurbano para financiar su campaña electoral.
La investigación estableció que Baldizón utilizó “un entramado de empresas” con las que captó fondos de terceros que después llevó al partido Libertad Democrática Renovada (LIDER) que lo impulsó a la presidencia.
La FECI indicó que las empresas utilizadas fueron Telesky, S.A.; Televida, S.A.; Empresa Regional de Autobuses, Regional TV, Televisión Interactiva, Nacional S.A.; Compañía Aeroterrestres de Guatemala, Empresa de Transporte Moderno Intermunicipal, operadas por Reina Gómez González, Marce Gabriela Lossi Hernández, Carlos Paz Reynoso, Roselía Diaz Ortiz, Marvin Aldana Azurdia, Carlos Martínez y Héctor Aldana Castillo.
Después de los cambios en la FECI, el caso no ha avanzado. Lo más reciente fue la liberación de Gustavo Alejos, quien estuvo acusado en este mismo proceso.
Otro hecho en impunidad
En julio de este año, la jueza Abelina Cruz, del Juzgado de Mayor Riesgo “D”, cerró el proceso penal contra el excandidato presidencial por el caso Odebrecht, en el que era señalado de haber utilizado dinero de sobornos para financiar su campaña electoral en 2015.
Este caso se deriva del expediente conocido como “Construcción y Corrupción”. Una investigación que reveló una estructura criminal liderada por Alejandro Jorge Sinibaldi Aparicio, exministro de Comunicaciones.
Sinibaldi presuntamente gestionaba cobros ilegales a contratistas, exigiendo porcentajes que oscilaban entre el 5% y el 15% a cambio de realizar desembolsos. Entre las entidades involucradas se encontraba la constructora brasileña Norberto Odebrecht S.A.
El argumento de la jueza Cruz, para cerrar el proceso en contra de Baldizón, fue que al no ser funcionario no podía recibir sobornos para favorecer a alguna empresa.
Acá otra nota que puede leer:
El informe financiero que la jueza Abelina Cruz ignoró para beneficiar a Manuel Baldizón