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Créditos: Moises Castillo
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

El MP intentó procesar al exdiputado por supuestamente haber agredido de forma verbal a un agente de la Policía Nacional Civil (PNC), durante una manifestación del 2020, situación por la cual aseguraban que Dávila había abusado de su autoridad.

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó definitivamente la solicitud que hizo el Ministerio Público (MP) para reactivar el caso y anular la resolución que concedió falta de mérito a favor del exdiputado Aldo Dávila, a quien en febrero del 2022 no se le comprobaron tres delitos.

La Fiscalía de Delitos Administrativos había planteado apelación insistiendo en que el parlamentario debía ser vinculado a proceso por supuestamente haber agredido de forma verbal a un agente de la Policía Nacional Civil (PNC), durante una manifestación, situación por la cual aseguraban que Dávila había abusado de su autoridad.

“No se cumplían los requisitos para resolver una falta de mérito pues la persecución penal realizada por el ente investigador se basó en elementos de investigación suficientes que demostraban que el comportamiento exhibido por el sindicado encuadraba en los delitos enunciados; y al resolverse lo referente a una falta de mérito se debe de aportar una decisión fundamentada”, dice el alegato del MP.

La supuesta agresión cometida por el entonces parlamentario, que originó la persecución del MP en ese año, sucedió durante una manifestación pacífica en los alrededores del Congreso de la República, el 4 de septiembre de 2020.

Sin embargo, la CC analizó los argumentos de la fiscalía y consideró que no era viable otorgar el recurso legal al MP. Ese fallo deja firme la decisión de la Sala Cuarta de Apelaciones que confirmó la falta de mérito para Dávila por los delitos de discriminación agravada, abuso de autoridad y atentado. Es decir, no podrá ser juzgado por esos delitos.

“La autoridad reprochada actuó en el correcto ejercicio de las facultades que legalmente le han sido conferidas, al confirmar la falta de mérito, a través del examen lógico jurídico de las normas jurídicas aplicables al caso concreto, las conductas delictuales, las acciones y los medios de investigación presentados por el ente fiscal ante el Juez “A” del Juzgado Noveno Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, los que estimó que no demostraban la participación del imputado en los delitos de Discriminación agravada, Abuso de autoridad y Atentado”, concluye la CC.

 

El fallo fue firmado por Néster Vázquez, Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Rony López y Walter Paulino Jiménez Texaj. El único que no estuvo a favor de mantener la falta de mérito para el exdiputado fue Juan José Samayoa Villatoro.

Un proceso y varias denuncias

Hasta ahora, esta es la única audiencia de primera declaración que Dávila enfrentó por diferentes denuncias que fueron tramitadas en su contra y que provocaron que en distintas ocasiones le fuera retirado el derecho de antejuicio.

En esa época el exfuncionario denunció que las acciones en su contra eran parte de la criminalización emprendida por el MP de Consuelo Porras y el gobierno de Alejandro Giammattei. “Pareciera que el mismo MP está solapando este tipo de persecución en contra de defensores y defensoras de los derechos humanos”, señaló durante una conferencia de prensa de octubre del 2021.

A partir de esas denuncias el exfuncionario no pudo participar en las elecciones generales del 2023. Actualmente Dávila continúa trabajando en el Congreso de la República como asesor en la Bancada del partido VOS, una agrupación integrada en su mayoría por disidentes de la UNE de Sandra Torres.

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